Autorización de sondaje de investigación de aguas minerales
Información Rápida
Objetivo
Obtener la autorización para realizar trabajos de perforación para la investigación de aguas minerales.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales que realicen trabajos de perforación para la investigación de aguas minerales.
Requisitos principales
- Ser una empresa o profesional que realice trabajos de perforación para abrir un pozo o sondeo para agua potable.
- Presentar un proyecto de perforación que cumpla con los requisitos técnicos y normativos.
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha producido la notificación, se entenderá que la solicitud se desestima, por silencio administrativo.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para realizar un sondaje de investigación de aguas minerales. Está dirigido a empresas y profesionales que realicen trabajos de perforación para abrir un pozo o sondeo para agua potable.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Proyecto de perforación: Debe incluir la información mínima requerida en la ITC 06.0.01 del RGNBSM, la localización en coordenadas UTM ETRS89, situación geográfica y geológica, características de la perforación, planificación del sondaje y tratamiento de residuos.
- Aceptación del nombramiento del director facultativo
Costes y plazos
- Coste: El importe de la tasa es variable, según el valor del presupuesto. Puedes calcular el importe aquí.
- Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar: Presentar la solicitud y la documentación requerida a través del formulario online.
- Consultar el estado del trámite: Puedes consultar el estado del trámite a través de Canal Empresa, el Estado de mis gestiones o llamando al 012.
- Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará electrónicamente a través de e-NOTUM.
Información sobre cada etapa
- Solicitar: El trámite solo se puede realizar por internet. Es necesario identificarse con idCATMóvil o un certificado digital. Accede al formulario.
- Consultar el estado del trámite: Se puede consultar el estado del trámite en Canal Empresa, en el Estado de mis gestiones o en el teléfono 012.
- Recibir la respuesta de la Administración: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses. Si transcurrido este plazo no se ha producido la notificación, se entenderá que la solicitud se desestima por silencio administrativo. La resolución se notificará electrónicamente y, en caso de no estar de acuerdo, se puede presentar un recurso de alzada.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez recibida la autorización, se pueden iniciar los trabajos de perforación siguiendo las condiciones establecidas en la misma.
Plazos de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses.
Siguiente pasos
Si se deniega la autorización, se puede presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes.
Ayuda
Contacto
Normativa
- Instrucción Técnica Complementaria 06.0.01 de Prescripciones Generales
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
- Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera