Autorización de cámaras de videovigilancia

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las policías locales de Catalunya que quieran utilizar cámaras para captar y grabar imágenes en lugares públicos, con la finalidad de garantizar la seguridad pública, han de sollicitar una autorización previa del director/a general de Administración de Seguridad. Si la finalidad de las cámaras es el control y la vigilancia del tráfico lo han de solicitar ante el alcalde. En ambos casos estas autorizaciones deben someterse al control de la Comisión de Control de Dispositivos de Videovigilancia de Cataluña (CCDVC), que actúa como órgano de control, para garantizar el respeto al derecho a la privacidad, intimidad y propia imagen de la ciudadanía.

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Todos los trámites relacionados con la autoritzación de cámaras de videovigilancia deben tramitarse obligatoriamente por la Extranet de las Administraciones Catalanas (EACAT).

A quién va dirigido

A los alcaldes de los municipios de Cataluña que cuentan con policía local.

Organismo responsable

Normativa

Autorizar la instalación de cámaras fijas

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Los alcaldes dirigirán la solicitud al director/a general de Administración de Seguridad, acompañada de la documentación que prevé la normativa, a través de EACAT.

Requisitos

Las instalaciones fijas de videovigilancia tendrán como objetivo asegurar la protección de los edificios y las instalaciones públicas y de sus accesos; salvaguardar las instalaciones útiles para la defensa nacional, detectar o constatar las infracciones en la seguridad pública, y prevenir la producción de daños a las personas y a los bienes.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

Antes de dictar resolución relativa a la autorización de cámaras fijas de seguridad ciudadana, el director/a general de Administración de Seguridad solicitará el informe preceptivo y vinculante de la Comisión de Control de Dispositivos de Videovigilància de Cataluña (CCDVC).

Por internet

Para acceder al formulario de solicitud hace falta entrar en la plataforma EACAT , autenticarse y seguir esta ruta: Trámites>Secretaría-INT-Cámaras de videovigilancia>Descarga de formularios.

Renovar la autorización de cámaras fijas

Plazos

Antes de que transcurra el período por el cual se autorizó (normalmente un año).

Documentación

Los alcaldes dirigirán la solicitud de renovación al director/a general de Administración de Seguridad, acompañada de la documentación que prevé la normativa, a través de EACAT.

Requisitos

Que persistan los motivos que originaron la autorización.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Por internet

Para acceder al formulario de solicitud hace falta entrar en la plataforma EACAT , autenticarse y seguir esta ruta: Trámites>Secretaría>INT-Cámaras de videovigilancia>Descarga de formularios.

Comunicar la instalación de cámaras de tráfico a la CCDVC

Plazos

Dictada la autorización de la instalación de cámaras de tráfico por parte del alcalde, esta autorización se tiene que comunicar a la Comisión de Control de Dispositivos de Videovigilancia de Cataluña (CCDVC).

Documentación

Los alcaldes comunicarán a la Comisión de Control de Dispositivos de Videovigilancia de Cataluña (CCDVC) , a través de EACAT , la resolución donde ordenen la instalación y uso de videocámaras, o cualquier otro medio de captación y reproducción de imágenes, para el control, la regulación, la vigilancia y la disciplina del tráfico en las vías públicas competencia del municipio.

Requisitos

En la resolución donde se ordene la instalación se hará constar:

  1. El órgano responsable de la operación de grabación.
  2. La identificación de las vías públicas o tramos de éstas.
  3. Las medidas que hay que adoptar con el fin de garantizar el respeto de las disposiciones legales vigentes.
  4. El órgano encargado de la custodia de las grabaciones y de la resolución de las peticiones de acceso y cancelación.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Por internet

Para acceder al formulario de solicitud hace falta entrar en la plataforma EACAT, autenticarse y seguir esta ruta: Trámites>Secretaría>INT-Cámaras de videovigilancia>Descarga de formularios.

Autoritzar el uso de cámaras móviles

Plazos

La autorización debe solicitarse con 15 días de antelación a una situación de desorden público o peligro concreto para la seguridad pública.

Documentación

Los alcaldes dirigirán la solicitud de autorización de uso de cámaras móviles al director/a general de Administración de Seguridad, acompañada de la documentación que prevé la normativa, y a través de EACAT.

Requisitos

Supuestos de desórdenes públicos y en general, de peligro concreto para la seguridad pública.

Tasas

No hay tasas asociadas a este tramite.

Otras informaciones

Las cámaras móviles en todo caso tienen que grabar conjuntamente imágenes y sonidos, y se fecharán las grabaciones, de tal forma que el día y la hora en que han sido realizadas queden incorporadas al apoyo original.

Por internet

Para acceder al formulario de solicitud hace falta entrar en la plataforma EACAT , autenticarse y seguir esta ruta: Trámites>Secretaría>INT-Cámaras de videovigilancia>Descarga de formularios.

Comunicar el uso de cámaras móviles a la CCDVC

Plazos

72 horas inmediatamente posteriores al uso de equipos móviles de grabación.

Requisitos

En supuestos de máxima urgencia y siempre que las circunstancias del caso impidan la obtención a tiempo de la autorización preceptiva para el uso de cámaras móviles, o bien cuando se trate de vías o lugares públicos donde se haya autorizado la instalación de videocámaras fijas, los alcaldes podrán ordenar el uso de equipos móviles de grabación de imágenes y sonidos, y lo comunicarán, de manera inmediata y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 72 horas a la CCDVC.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Por internet

Para acceder al formulario de solicitud hace falta entrar en la plataforma EACAT , autenticarse y seguir esta ruta: Trámites>Secretaría>INT-Cámaras de videovigilancia>Descarga de formularios.


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