Aprobación de un proyecto de coproducción internacional
Información Rápida
Objetivo
Permite a las productoras catalanas que coproducen películas con empresas extranjeras obtener la aprobación del proyecto por parte del ICEC. Esta aprobación permite que la película sea considerada de nacionalidad española y pueda optar a ayudas.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas productoras inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña (REAC).
Requisitos principales
- Estar inscrito en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña (REAC).
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Duración del trámite
Hasta 4 meses para la resolución.
Información adicional
El formulario de solicitud se rellena desde la web (HTML).
Resumen
Este trámite permite a las empresas productoras catalanas que realizan películas en coproducción con empresas extranjeras solicitar la aprobación del proyecto al ICEC (Instituto Catalán de las Empresas Culturales).
Quién puede usar este servicio:
Empresas productoras inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña (REAC).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Documento acreditativo de la cesión de derechos del guion.
- Certificación de inscripción del guion en el Registro de la Propiedad Intelectual.
- Guion de la obra audiovisual y plan de rodaje.
- Contrato de coproducción con los acuerdos entre las partes.
- Relación del equipo artístico (impreso oficial).
- Relación del equipo técnico (impreso oficial).
- Plan de realización de la obra audiovisual (impreso oficial).
- Datos del proyecto de coproducción (porcentajes de participación y aportación económica).
- Presupuesto económico del proyecto (modelo oficial).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud a través del formulario disponible en línea: Iniciar
- Adjuntar documentación: Una vez enviada la solicitud, adjuntar la documentación requerida al expediente telemático a través de Trámites Gencat – Estado de mis gestiones.
- Recibir respuesta: La dirección del ICEC notificará la resolución en un plazo máximo de un mes.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
La resolución de la aprobación de la coproducción puede tardar hasta 4 meses.
Siguientes pasos:
En caso de no estar de acuerdo con la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante el titular del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña.
Ayuda
Contacto:
- Consultas sobre el contenido y tramitación: aplazam@gencat.cat - 93 567 35 57
- Consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
- Horario de atención telefónica: de 9 a 14 h, de lunes a viernes.
Recursos adicionales:
- LEY 20/2010, de 7 de julio, del cine
- DECRETO 267/1999, de 28 de septiembre, sobre régimen administrativo de la cinematografía y el audiovisual
- Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
- LLEI 55/2007, de 28 de desembre, del cinema.