Aplicación de la medida de recuperación del importe de la paga extraordinaria del 2014
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la devolución del importe correspondiente a la paga extraordinaria del año 2014 que no se percibió en su momento por el personal del sector público de la Generalitat de Catalunya.
¿Quién puede solicitarlo?
Personal del sector público de la Generalitat de Catalunya, incluyendo altos cargos y directivos, que no percibieron la paga extraordinaria de 2014. En caso de fallecimiento, los herederos pueden solicitarlo.
Requisitos principales
- Haber dejado de percibir las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de 2014.
- Solicitar el abono según el procedimiento establecido.
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
Este trámite permite solicitar el abono del 100% del importe que no se percibió en 2014 debido a la reducción retributiva equivalente a una paga extraordinaria.
Resumen
Este trámite permite solicitar la devolución del importe correspondiente a la paga extraordinaria del año 2014 que no se percibió en su momento por el personal del sector público de la Generalitat de Catalunya.
¿Quién puede usar este servicio?
- Personal del sector público de la Generalitat de Catalunya, incluyendo altos cargos y directivos.
- Herederos de las personas que tenían derecho a la paga extraordinaria.
Antes de empezar
Es importante tener en cuenta que este trámite se puede realizar en cualquier momento.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- En caso de cambio de datos bancarios, es necesario comunicarlo mediante el modelo de solicitud de transferencia bancaria.
- En caso de fallecimiento, los herederos deben presentar la solicitud.
Requisitos previos
- Haber dejado de percibir las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de 2014.
- Solicitar el abono según el procedimiento establecido.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene coste.
- Se puede solicitar en cualquier momento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar el abono:
- Por internet: Necesitarás un certificado digital para presentar la solicitud a través de la Petición genérica (con firma). Deberás adjuntar el modelo de solicitud.
- Presencialmente: Puedes presentar el modelo de solicitud en cualquier registro de la Generalitat.
- Consultar el estado del trámite:
- En el 'Àrea privada' (con idCAT Móvil o certificado digital).
- En el 'Estat de les meves gestions' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (EID) del trámite y el DNI/NIF).
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, se tramitará el abono correspondiente.
Plazos de resolución
El plazo de resolución puede variar.
Siguiente pasos
Consultar el estado del trámite para verificar el estado de la solicitud.
Ayuda
Contacto
- Teléfono 012
Recursos adicionales
Normativa
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Cataluña Radio
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
En esta página
- Resumen
- ¿Quién puede usar este servicio?
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Normativa
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración