Adjudicación de viviendas públicas vacías

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La Agencia de la Vivienda de Cataluña dispone de un parque público de viviendas. Se ofrecen en alquiler los que quedan libres. La duración del contrato de arrendamiento es de 5 años prorrogables siempre y cuando el titular acredite que se siguen cumpliendo los requisitos establecidos para la adjudicación.

En un primer momento la adjudicación de las viviendas se hace por convocatoria pública con los correspondientes plazos de solicitud y sorteo. Después de completarse el proceso de convocatoria, las viviendas que hayan quedado sin adjudicar pasan a adjudicación directa entre los inscritos en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial que se ajusten a las características y requisitos de cada vivienda.

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El Buscador de Viviendas (apartado de la web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña) permite identificar las viviendas públicas disponibles y ofrece el tipo de adjudicacion e información extensa (superficie, composición, requisitos, precios, imágenes, fechas ...).
Existen jornadas de puertas abiertas para visitar las viviendas.

A quién va dirigido

A las personas que quieran optar a viviendas de alquiler protegidas y cumplan los requisitos establecidos, entre ellos acreditar ingresos moderados y no ser titulares, salvo excepciones, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar vivienda en convocatoria abierta

Plazos

  • Los plazos para presentar las solicitudes son los propios de cada convocatoria, se mencionan en las bases. Suelen durar un mes.
  • El plazo para comparecer a la formalización del contrato no podrá ser superior a 2 meses desde el momento en que la persona adjudicataria es convocada. Si en este plazo la persona no comparece, se entenderá que desiste de la adjudicación perdiendo su condición de adjudicatario.
  • El plazo para ocupar la vivienda es de 3 meses desde que se formaliza el contrato de arrendamiento, salvo que exista una causa que lo impida.

Documentación

La documentación a presentar es la acreditativa del cumplimiento de los requisitos. Normalmente no es necesario presentar la que ya dispone el órgano que la recoge, por ejemplo el certificado de empadronamiento en un municipio, cuando es su ayuntamiento quien se encarga de recoger las solicitudes.

Generalmente se debe presentar:

  • Originales y fotocopias vigentes de los documentos de identidad de las personas que consten en la solicitud. En algunos casos también puede ser adecuada la presentación del libro de familia o sentencia de separación o divorcio y el convenio regulador.
  • Declaraciones responsables en modelo normalizado, sobre el destino de la vivienda adjudicada a domicilio habitual y permanente, la no titularidad de otras viviendas y el estado civil.
  • Documentación para acreditar los ingresos:
    • Original y fotocopia de la declaración de renta completa del ejercicio anterior de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentarla.
    • En caso de no haber presentado la declaración de renta del ejercicio anterior por no estar obligados de acuerdo con la normativa tributaria, se deben presentar los siguientes documentos originales y fotocopias:
      • Trabajadores: Certificado de altas y bajas en la Seguridad Social (Informe de vida laboral) y certificado/s de ingresos y retenciones a cuenta del IRPF del ejercicio anterior emitidos por la empresa/s donde se haya trabajado.
      • Pensionistas: Último certificado de la pensión percibida emitido por el organismo oficial correspondiente, con indicación de su importe.
      • Personas que han estado en paro: certificado del INEM, con indicación del período de desempleo y, en su caso, los importes percibidos durante el ejercicio fiscal anterior.
      • Para acreditar rendimientos del capital mobiliario, certificado de la entidad financiera correspondiente.
      • En todos los casos anteriores, declaración de responsabilidad de los ingresos totales percibidos el año anterior.

Opcionalmente los solicitantes pueden presentar una autorización, en formato normalizado, a fin de que la Agencia de la Vivienda de Cataluña pueda consultar sus datos fiscales.

Requisitos

El cumplimiento de los requisitos establecidos debe mantenerse desde la solicitud hasta el momento de la firma del contrato de alquiler.

Los solicitantes deben:

  • Ser personas físicas mayores de edad y con plena capacidad de obrar.
  • Tener nacionalidad española o permiso de residencia vigente.

Genéricamente también se requiere que:

  • Los ingresos ponderados de la unidad familiar o de convivencia del solicitante deben ser inferiores a 4,21 veces el IRSC (en algunos casos se puede establecer un umbral menor).

Ver tablas actualizadas del IRSC

  • Los ingresos de la unidad de convivencia deben llegar al mínimo que fija la norma particular de la convocatoria.
  • Los solicitantes no pueden ser titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, con algunas excepciones como en el caso de personas de más de 65 años o con movilidad reducida que no puedan adaptar su vivienda, siempre que la vivienda de la que sean propietarios sea ofrecida en la Red de Mediación para el Alquiler Social.
  • El número de miembros que figuran en la solicitud no puede superar la ratio máxima establecida para cada vivienda.

El municipio o comarca de residencia o lugar de trabajo de la persona pueden ser un requisito de la convocatoria o un requisito para pertenecer a una de las listas en las que se divide el sorteo de la convocatoria.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Altres informacions

Ingresos

Para el cómputo de los ingresos se tiene en cuenta los percibidos por los miembros de la solicitud y las respectivas unidades familiares que hayan de convertirse en adjudicados. El concepto de unidad familiar es el definido por las normas reguladoras del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las referencias a la unidad familiar a efectos de ingresos se hacen extensivas a las parejas de hecho. El estado civil y la situación de pareja de hecho se deberán especificar en la declaración de responsabilidad que se adjunta a la solicitud.

Para comprobar si la unidad familiar supera o no el límite de ingresos máximos permitidos:

  • En caso de presentar declaración de renta en el período anterior: El cálculo de los ingresos se hará de acuerdo con la suma de las cuantías que figuren en la base imponible general y la base imponible del ahorro previa a la deducción del mínimo personal y familiar.
  • En caso de presentar certificados de ingresos y retenciones a cuenta del IRPF: se tendrá en cuenta la cantidad que figure como importe íntegro satisfecho derivado de rendimiento del trabajo, restando la cantidad / es por gastos fiscalmente deducibles. No se considerarán las percepciones derivadas de dietas, gastos de viajes y premios.
  • En caso de pensiones y desempleo: se tendrán en cuenta los importes íntegros descontando las retenciones y / o deducciones.

Renta de alquiler
La renta mensual de alquiler se sitúa por debajo del precio de mercado. Es propia de cada convocatoria y de cada vivienda.

Esta renta no incluye los gastos de la comunidad de propietarios y la repercusión del IBI y la tasa de recogida de basuras. Asimismo, las personas arrendatarias se harán cargo de los gastos de las altas en los suministros.

Fianza

El importe de la fianza es el equivalente a un mes de alquiler.

Opción de compra

Algunas convocatorias adjudican las viviendas en alquiler con opción de compra, la cual puede ser ejercida sólo durante la vigencia del contrato de alquiler. La voluntad de la persona arrendataria para ejercer la opción de compra se notificará antes de tres meses de la finalización del contrato de alquiler.

En la opción de compra el precio de venta de la vivienda es el precio máximo de protección oficial nuevo calificado en el momento de la compra; ahora bien, de la cantidad a pagar se descuenta generalmente, con un límite del 20% del precio final de la vivienda, la suma de las cantidades abonadas en concepto de renta (no del importe total del recibo), si se compra en los cinco primeros años del contrato, o la mitad de éstas, si se compra en los cinco años siguientes. Los adquirentes se harán cargo de los gastos fiscales y de escrituración.

Diversos

  • El alquiler de algunas viviendas engloba tanto la vivienda como la plaza de aparcamiento. El adjudicatario no puede renunciar, dado que se trata de una única finca registral.
  • En caso de fallecimiento de los arrendatarios se aplicaría lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos en cuanto a las subrogaciones, es decir, se podrán subrogar el cónyuge, pareja de hecho, descendientes, etc.
  • Antes de realizar cualquier obra o modificación sobre la vivienda, se debe solicitar autorización a la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Los requisitos y la documentación vienen definidos en las normas particulares de cada convocatoria.

Las normas particulares de cada adjudicación determinan el lugar de presentación. También se informa en la ficha de cada convocatoria de la página web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Presencialmente

El formulario de solicitud de cada convocatoria de obtiene en el lugar de presentación.
El sitio para presentar la solicitud acostumbra a ser el Ayuntamiento del municipio donde se sitúa la promoción y/o, si existe, su Oficina municipal de vivienda.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

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Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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