Actuaciones de Programas Integrales para personas mayores de 30 años desocupadas de larga duración
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para financiar programas integrales que mejoren la empleabilidad de personas mayores de 30 años desempleadas de larga duración.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, entes locales, organizaciones sindicales y patronales, y agrupaciones de estas entidades con centros de formación o empresas especializadas.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Base 14 del Anexo 1 de la Ordren TSF/318/2016.
- Experiencia demostrable en la ejecución de proyectos dirigidos al colectivo al que se dirige la convocatoria.
- En caso de agrupaciones, designar un representante único.
Plazos
Del 29 de diciembre de 2016 al 20 de enero de 2017 (fuera de plazo).
Duración del trámite
El plazo mínimo para emitir la resolución y notificarla será de 1 mes y medio a contar des del día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Información adicional
Las personas destinatarias de los programas son trabajadores en situación de desempleo de larga duración, de edad comprendida entre los 30 y 54 años, inscritos como demandantes de empleo un mínimo de 12 meses durante los 18 meses anteriores a la fecha de inicio de la atención.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para financiar programas integrales dirigidos a personas mayores de 30 años que se encuentran en situación de desempleo de larga duración. Estos programas buscan mejorar las oportunidades de inserción laboral a través de un acompañamiento personalizado.
Lo que necesitas
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Documentación:
- Documento de agrupación de entidad (G146NOP-215).
- Modelo de acuerdo por parte de las empresas (G146NOP216).
- Modelo de documento de cooperación de agentes (G146NOP-217).
- Herramienta cálculo presupuesto formación (G146NOP-218).
- Modelo acceptación, reformulación o desistimiento (G146NOP-219).
- Hoja de domiciliación bancaria (solo si hay cambios en los datos bancarios).
- Documento de nombramiento de la persona representante (en caso de agrupaciones sin personalidad jurídica).
- Certificación del acuerdo del órgano competente (si la entidad solicitante es una entidad local).
- Copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación (si no está inscrita en un registro público).
- Copia compulsada de la escritura pública o contrato de constitución (en el caso de SCP).
- Documentación acreditativa de prórroga, aplazamiento o condiciones especiales de deudas tributarias (si aplica).
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Requisitos: Cumplir con los requisitos establecidos en la Base 14 del Anexo 1 de la Ordren TSF/318/2016.
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Costes: El trámite no tiene coste.
Cómo hacerlo
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Solicitar:
- Por Internet: A través de EACAT (Extranet de las Administraciones Públicas Catalanas). Las entidades locales deben usar esta vía.
- Presencialmente: Dirigir la solicitud a la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) y presentarla en las oficinas indicadas.
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Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución (concesión, inadmisión, desestimiento o denegación) se notificará mediante publicación en el Tablón Electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html).
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: Mínimo de 1 mes y medio desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Recursos: Se puede presentar recurso de alzada ante el Secretario/a general de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.