Actos de las cooperativas inscribibles en el Registro General de Cooperativas
Información Rápida
Objetivo
Inscribir en el Registro General de Cooperativas los actos relevantes de las cooperativas, federaciones y confederaciones, según la legislación vigente.
¿Quién puede solicitarlo?
Cooperativas, federaciones y confederaciones de cooperativas de Cataluña.
Requisitos principales
- Ser una cooperativa inscrita en el Registro General de Cooperativas de Cataluña, una federación o confederación de cooperativas de Cataluña.
- Presentar la solicitud dentro de los seis meses siguientes a la aprobación del acto inscribible.
Plazos
La solicitud debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a la aprobación del acto inscribible.
Duración del trámite
Máximo 3 meses para resolución expresa.
Información adicional
Es obligatoria la inscripción de actos como cambio de domicilio, modificación de estatutos, nombramiento y cese de cargos, creación y baja de secciones de crédito, poderes generales, acuerdo de disolución, fusión, escisión, transformación, liquidación, depósito de cuentas anuales, creación, supresión, modificación y traslado de la web corporativa y reactivación.
Resumen
Este trámite permite inscribir actos de cooperativas en el Registro General de Cooperativas de Cataluña. Es un procedimiento obligatorio para garantizar la validez y publicidad de ciertos actos de la vida de la cooperativa.
Quién puede usar este servicio:
- Cooperativas inscritas en el Registro General de Cooperativas de Cataluña.
- Federaciones de cooperativas de Cataluña.
- Confederaciones de cooperativas de Cataluña.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Certificado del Consejo Rector (firmado por la persona secretaria y con el visto bueno del presidente).
- Escritura pública electrónica (copia autorizada) con el código de verificación seguro (CSV) del Colegio de Notarios.
Costes y plazos:
- El coste depende de la tasa a liquidar. Puedes calcular el importe en este enlace: Calcular el importe
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aprobado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar:
- Presentar la solicitud telemáticamente a través de este enlace: Iniciar. Es necesario identificarse con un certificado digital.
- Hacer el pago:
- Realizar el pago por Internet a través de la web de CaixaBank: https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es.html. Necesitarás la carta de pago que se te facilitará al presentar la solicitud.
- Consulta el estado del trámite:
- Puedes consultar el estado en el Área privada de Canal Empresa o en el Estado de mis gestiones.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- El Registro General de Cooperativas dictará resolución expresa en un plazo máximo de 3 meses. El silencio administrativo es positivo.
Después de hacerlo
Una vez inscrito el acto, la cooperativa deberá mantener la documentación actualizada y cumplir con las obligaciones legales correspondientes.
Ayuda
Contacto:
- Departament d'Empresa i Treball
- Secretaria de Treball
- Direcció General d'Economia Social i Solidària, el Tercer Sector i les Cooperatives
Recursos adicionales:
- Normativa de cooperativas
- Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas
- DECRETO 203/2003, de 1 de agosto, sobre la estructura y el funcionamiento del Registro General de Cooperativas de Cataluña