2003139-Denuncias en materia de higiene alimentaria y sanidad ambiental

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Denunciar las infracciones derivadas de incumplir las obligaciones establecidas en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , en la Ley 17/2011. de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición y en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Requisitos

1.

Ser mayor de 18 años.

Necesitas

1.

Certificado Digital o DNI electrónico

Te interesa saber

  1. DENUNCIA DE UN ESTABLECIMIENTO

    Se deberán aportar todos los datos que se dispongan sobre el establecimiento denunciado (nombre, dirección, página web...) así como las causas que motivan la denuncia y, en su caso, cualquier documento relacionado con el asunto (facturas, hojas de reclamaciones, denuncia interpuestas a otros organismos...).

  2. DENUNCIA DE UN PRODUCTO

    Se identificará con el máximo detalle posible el producto denunciado (nombre, empresa elaboradora, lote de fabricación, fecha de caducidad o consumo preferente...) y la causa que motiva la denuncia, así como el establecimiento donde se ha adquirido. Se adjuntará igualmente toda la documentación que se disponga en relación al asunto (facturas, fotografías...).

  3. EN TODOS LOS CASOS

    • Las denuncias se presentarán siempre por escrito para que puedan ser tramitadas. Si de los hechos denunciados se pudiera inferir una situación de riesgo o un incumplimiento de la normativa sanitaria se procederá a su investigación por parte de los servicios de control oficial al objeto de su comprobación y, en su caso, se adoptarán las medidas correctoras o sancionadoras correspondientes.
    • La falta de algún documento o información esencial podría imposibilitar el inicio de estas actuaciones. Las denuncias anónimas no se tramitarán.
    • La realización de cualquier prueba analítica se llevará a cabo, si fuera necesario, a criterio del Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios, nunca a demanda de los denunciantes.
  4. DERECHOS PARTICULARES

    • La tramitación de las denuncias tiene como finalidad la protección de la salud pública no la defensa de intereses particulares. La solicitud de cualquier tipo de compensación por los perjuicios causados deberá realizarse siempre ante los órganos judiciales competentes.
    • Las personas que realicen una denuncia no son parte interesada en los expedientes sancionadores que se pudieran derivar de su tramitación, por lo que no tendrán acceso al expediente; no obstante, tienen derecho a que se les informe de su inicio y resolución.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

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Tu solicitud será tramitada por

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Código: 2003139

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