20022647-Autorización de compatibilidad en puesto del sector público

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la autorización de compatibilidad de las actividades inherentes al puesto de trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias con otras actividades en el sector público.

Requisitos

  1. Informe favorable de la autoridad correspondiente al segundo puesto.

  2. La cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no superará la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director General, ni la correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria, incrementada en un 30% para los funcionarios del Grupo A o personal de nivel equivalente, un 35% para los del Grupo B o equivalentes, un 40% para los del Grupo C, un 45% para los del Grupo D y un 50% para los del Grupo E. La superación de estos límites, en cómputo anual, requiere en cada caso acuerdo expreso del Consejo de Gobierno.

Necesitas

1.

Certificado Digital o DNI electrónico

Te interesa saber

  1. EFECTOS

    • Los servicios prestados en el segundo puesto no se computarán a efectos de trienios, derechos pasivos, pudiendo suspenderse la cotización a este efecto, ni a efectos de pensiones de Seguridad Social en la medida en que puedan rebasarse las prestaciones correspondientes a cualquiera de los puestos compatibilizados, desempeñados en régimen de jornada ordinaria, pudiendo adecuarse la cotización en la forma que reglamentariamente se determine.
    • Las pagas extraordinarias, así como las prestaciones de carácter familiar, sólo podrán percibirse por uno de los puestos, cualquiera que sea su naturaleza.
    • Los que accedan a segundo puesto incompatible habrán de optar por uno de los puestos dentro del plazo de toma de posesión. A falta de opción en ese plazo se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en los que vinieran desempeñando.
    • El personal que en representación del Principado de Asturias pertenezca a Consejos de Administración u órganos de gobierno de entidades o empresas públicas o privadas, sólo podrá percibir las dietas o indemnizaciones que correspondan por su asistencia a los mismos, ajustándose en su cuantía al régimen general previsto. Las cantidades devengadas por cualquier otro concepto serán ingresadas directamente por la entidad o empresa en la Tesorería General.
    • No supondrá modificación de jornada y horario de los dos puestos.
  2. RECURSOS

    • Contra la Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recibo de notificación de la misma, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se interponga cualquier otro que los interesados estimen procedente.
    • Del mismo modo, el interesado podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del recibo de comunicación de la Resolución, si bien no se podrá interponer éste si se hubiera formulado recurso potestativo de reposición, hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes, en cuyo caso se dispondrá de un plazo de seis meses para la formulación del recurso contencioso-administrativo desde esta fecha.
    • El recurso contencioso-administrativo habrá de ser interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
  3. INCOMPATIBILIDAD

    No se podrá pertenecer a más de dos Consejos de Administración u órganos de gobierno de entidades o empresas públicas, salvo que excepcionalmente se autorice para supuestos concretos mediante acuerdo del Consejo de Gobierno.

  4. ACTIVIDADES COMPATIBLES

    • En la esfera docente como profesor universitario asociado, a tiempo parcial y contrato de duración determinada.
    • A los Catedráticos y Profesores titulares de Universidad, a los Catedráticos de Escuelas Universitarias, a los Profesores titulares de Escuelas Universitarias de Enfermería y a los Catedráticos y Profesores de Música que presten servicio en los Conservatorios Superiores y Profesionales de Música podrá autorizarse la compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público sanitario o de carácter exclusivamente investigador en Centros públicos de investigación, en el sector público sanitario o en el sector público cultural, respectivamente, dentro del área de especialidad de su Departamento universitario o del respectivo Conservatorio siempre que los dos puestos vengan reglamentariamente autorizados como de prestación a tiempo parcial.
    • Recíprocamente, a quienes desempeñen uno de los definidos como segundo puesto en el párrafo anterior, podrá autorizarse la compatibilidad para desempeñar uno de los puestos docentes universitarios a que se hace referencia. - Miembros de la Junta General del Principado de Asturias, salvo que perciban retribuciones periódicas por el desempeño de la función.
    • Miembros de las corporaciones locales, salvo que desempeñen en las mismas cargos retribuidos y de dedicación exclusiva.
    • Excepcionalmente, actividades de investigación, de carácter no permanente, o de asesoramiento en supuestos concretos, que no correspondan a las funciones del personal adscrito a las respectivas Administraciones Públicas.
    • Supuestos en los que, por razón de interés público, se determinen por el Consejo de Gobierno, mediante Decreto. En este caso la actividad sólo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial y con duración determinada.
  5. PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN

    Tres meses.

  6. EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Estimatorio.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Inspección General de Servicios

Tu solicitud será resuelta por

Consejería de Hacienda y Sector Público

Código: 20022647

Más información

Normativa relacionada con el servicio


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.