20022600-Cédula de habitabilidad de segunda y posteriores ocupaciones

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la cédula de habitabilidad de segunda ocupación (documento administrativo que reconoce y ampara la aptitud de una vivienda para ser destinada a residencia humana).

Requisitos

1.

Las condiciones de habitabilidad vendrán determinadas por la normativa vigente en el momento de la construcción de las viviendas objeto del correspondiente procedimiento en materia de habitabilidad.

Necesitas

  1. Declaración del transmitente (en caso de venta) o propietario (en caso de arrendamiento) en la que bajo su responsabilidad haga constar que no se han alterado las condiciones de habitabilidad que la vivienda poseía.

  2. Documento acreditativo del abono de la tasa legalmente establecida.

  3. Escritura pública, contrato de compraventa, de arrendamiento o documento referido a cualquier otro título que faculte para la ocupación.

  4. Si se hubieran realizado obras que no tuviesen el carácter de reparaciones menores, o hubieran afectado a las condiciones de habitabilidad, se presentará la correspondiente licencia de obras así como Certificado de final de las mismas o de que aquéllas cumplen con las normas de habitabilidad.

  5. Certificado Digital o DNI electrónico

Tasas

Modelo 046

Te interesa saber

  1. TASAS

    Importe 14,04 €

  2. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS DEL SILENCIO

    El plazo que tiene la Administración para resolver es de un mes. Transcurrido el plazo de un mes sin que recaiga resolución expresa. la Cédula de Habitabilidad se considerará otorgada por silencio administrativo, siempre que no haya mediado requerimiento de aportación de documentos al solicitante. En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo facultades en contra del Ordenamiento Jurídico.

  3. EXENCIONES

    • Viviendas de protección oficial promovidas por entes públicos sin ánimo de lucro y transmitidas o cedidas en régimen de arrendamiento por éstos.
    • Viviendas propiedad de los patronatos de casas de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o de funcionarios públicos que sean cedidas en régimen de arrendamiento.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

  1. Notificación personal
  2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
  3. Notificación telefónica : La Consejería avisará por teléfono a la persona interesada para que acuda a recoger su cédula.

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

Código: 20022600

Más información

Normativa relacionada con el servicio


Oficinas de la administración

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Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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