## Resumen Esta convocatoria ofrece apoyo económico a organizaciones sin ánimo de lucro que trabajan con víctimas de accidentes de tráfico. El objetivo es impulsar actividades que prevengan accidentes y reduzcan sus consecuencias, especialmente entre adolescentes, jóvenes, personas mayores y usuarios vulnerables como niños peatones y ciclistas. ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** * Solicitud de subvención (Anexo I) * Memoria explicativa de la entidad (Anexo II) * Memoria para cada proyecto (Anexo III) * Documento acreditativo de la personalidad del representante legal o autorización para consulta de datos. * Poder para actuar en nombre de la persona jurídica. * Tarjeta de identificación fiscal. * Estatutos sociales inscritos. * Certificación de la composición actual de la junta directiva. * Currículum de los profesionales que desarrollarán los proyectos. * Documentación que acredite estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Declaración responsable del representante legal. * **Plazos:** El plazo de presentación de solicitudes fue de veinte días hábiles a partir del 22 de abril de 2021. El plazo de justificación es de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. * **Costes:** No hay costes asociados a la solicitud. ## Cómo hacerlo 1. **Presenta la solicitud online:** A través del Registro Electrónico de la DGT. 2. **Identifícate:** Completa los datos del interesado y selecciona "Jefatura Central de Tráfico" como organismo destinatario. 3. **Indica el asunto:** Incluye "Solicitud Subvención Victimas Tráfico 2021" seguido del nombre de tu organización. 4. **Adjunta los documentos:** Añade los documentos requeridos en la sección "Documentos anexos". Asegúrate de que sean legibles. 5. **Registra la solicitud:** Guarda el justificante. 6. **Recibe notificaciones:** Estate dado de alta en la Dirección Electrónica Vial - DEV para recibir notificaciones. ## Después de hacerlo * La DGT se comunicará contigo a través de la Dirección Electrónica Vial - DEV para cualquier notificación o comunicación relacionada con la subvención. ## Ayuda * **Teléfono:** Llama al 060 para más información. Si llamas desde el extranjero, marca el +34 902 887 060. * **Más información:** * Ayuda y configuración de la aplicación de Registro * Descarga de autofirma * Preguntas frecuentes del Registro Electrónico de la AGE * Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
## Resumen Este trámite permite a las entidades de víctimas de accidentes de tráfico solicitar subvenciones para llevar a cabo proyectos de apoyo y asistencia. ## Cómo hacerlo Para presentar una solicitud de subvención: 1. **Por internet:** A través del registro electrónico del punto de acceso general de la Administración con certificado digital. ## Después de hacerlo Una vez realizada la solicitud, las notificaciones y comunicaciones se realizarán a través de la Dirección Electrónica Vial - DEV. Es necesario estar dado de alta en esta plataforma. La documentación justificativa de los gastos subvencionados se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. ## Ayuda * Puedes llamar al 060 para más información. * Horario de atención automática: Ininterrumpido, 24 horas todos los días del año. * Horario de atención por un agente especializado: De lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas ininterrumpidamente, excepto festivos nacionales. * Si estás en el extranjero, puedes llamar al +34 902 887 060. ### Más información * Ayuda y configuración de la aplicación de Registro * Descarga de autofirma * Preguntas frecuentes del Registro Electrónico de la AGE * Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
## Resumen Esta convocatoria ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la atención, defensa o representación de víctimas de accidentes de tráfico. El objetivo es apoyar proyectos que prevengan accidentes o reduzcan sus consecuencias, especialmente entre adolescentes, jóvenes, mayores y usuarios vulnerables como niños peatones y ciclistas. ## Lo que necesitas * **Solicitud de subvención** (Anexo I). * **Memoria explicativa de la entidad** (Anexo II). * **Memoria para cada proyecto** (Anexo III). * Documento de identidad del representante legal. * Poder de representación. * Tarjeta de identificación fiscal. * Estatutos sociales. * Certificación de la junta directiva. * Currículos de los profesionales que desarrollarán los proyectos. * Documentación que acredite estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. * Declaración responsable. ## Cómo hacerlo 1. **Presenta la solicitud online:** A través del Registro Electrónico. 2. **Identifícate:** Completa los datos del interesado. 3. **Selecciona el organismo:** Elige "Jefatura Central de Tráfico". 4. **Indica el asunto:** Escribe "Solicitud Subvención Victimas Tráfico 2022", seguido del nombre de tu organización. 5. **Adjunta los documentos:** Añade los documentos requeridos en formato digital. 6. **Registra la solicitud:** Guarda el justificante. **Importante:** Asegúrate de que los documentos sean legibles. La DGT realizará las notificaciones a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), por lo que debes estar dado de alta. ## Información general de la convocatoria * **Tipo de financiación:** Subvención * **Estado de la convocatoria:** Cerrada * **Plazo de justificación:** Un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. * **Financiación:** 550.000 € ## Ayuda * Teléfono: 060 (atención 24 horas automática, atención personalizada de lunes a viernes de 9:00 a 18:00). * Desde el extranjero: +34 902 887 060. * Ayuda y configuración de la aplicación de Registro * Descarga de autofirma * Preguntas frecuentes del Registro Electrónico de la AGE * Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones ## Documentos de la convocatoria * Resolución definitiva del procedimiento 2023. * Acta de acuerdos de la comisión de valoración del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a programas a desarrollar por entidades u organizaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico correspondiente al año 2023. * Resolución provisional del procedimiento de adjudicación de subvenciones a programas presentados por entidades que tienen por objeto la atención y representación de las víctimas de accidentes de tráfico. * Diligencia para hacer constar la fecha de publicación de la Resolución provisional del procedimiento de adjudicación de subvenciones a programas presentados por entidades que tienen por objeto la atención y representación de las víctimas de accidentes de tráfico. * Extracto de la Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones. * Resolución de convocatoria de concesión de subvenciones. Ejercicio 2023. ## Dónde está regulado este trámite * **Orden INT/202/2018**, de 28 de febrero, se establecen las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de ayudas destinadas a programas a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico y de sus familiares. * Resolución de 03 de mayo de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a programas a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico.
## Resumen Esta convocatoria ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la atención y defensa de las víctimas de accidentes de tráfico. **Quién puede usar este servicio:** * Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro cuyo objetivo principal sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico y sus familiares. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y tener la documentación necesaria. * Ten en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes ya ha finalizado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de subvención (Anexo I). * Memoria explicativa de la entidad solicitante (Anexo II). * Memoria para cada proyecto o programa para el que se solicita ayuda (Anexo III). * Documento acreditativo de la personalidad del representante legal. * Poder bastante en derecho del representante legal. * Tarjeta de identificación fiscal. * Estatutos sociales. * Certificación de la composición actual de la junta directiva/patronato. * Currículum de los profesionales que desarrollarán los proyectos. * Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Declaración responsable del representante legal. **Plazos:** * El plazo de presentación de solicitudes fue de veinte días hábiles a partir del 5 de abril de 2024 (ya finalizado). * El plazo de justificación es de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. **Costes:** * No hay costes asociados a la solicitud de la subvención. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Prepara toda la documentación requerida. 2. Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática a través del Registro Electrónico. 3. Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario”: **Jefatura Central de Trafico**. 4. Incluye en el “Asunto”: Solicitud Subvención Victimas Tráfico 2022, seguido de la denominación de la organización o entidad que la solicita. 5. Adjunta los documentos en la sección de “Documentos anexos”. 6. Registra tu solicitud y conserva el justificante. **Información sobre cada etapa:** * Es importante que los documentos digitales sean legibles y de buena calidad. * Las notificaciones se realizarán a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * La valoración de las solicitudes la realiza una comisión nombrada por la Dirección General de Tráfico. * Se notificarán las resoluciones a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 060 (si llamas desde el extranjero: +34 902 887 060). **Recursos adicionales:** * Orden INT/202/2018, de 28 de febrero, bases reguladoras de las subvenciones. * Resolución de 02 de abril de 2024, convocatoria de subvenciones. * Ayuda y configuración de la aplicación de Registro * Descarga de autofirma * Preguntas frecuentes del Registro Electrónico de la AGE * Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones **Preguntas frecuentes:** * **¿Cómo puedo presentar una solicitud de subvención?** Por internet, a través del registro electrónico del punto de acceso general de la Administración con certificado digital. * **¿Cómo puedo saber el estado de mi expediente?** A través de la Dirección Electrónica Vial - DEV. * **¿Cuál es el ámbito territorial de los proyectos admisibles?** Pueden ser proyectos de ámbito regional o nacional. * **¿Cuál es el número máximo de programas a presentar?** Se establece en cinco el número máximo de programas a presentar por un mismo solicitante. * **¿Durante qué periodo puedo justificar gastos al proyecto?** La documentación justificativa se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. * **¿Cómo puedo justificar los gastos al proyecto?** La justificación de los gastos subvencionados se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y el Real Decreto 887/2006. Se deben presentar facturas originales y documentos de valor probatorio equivalente. * **¿Cómo se calculan las cuantías individualizadas que se asignan a cada proyecto subvencionado?** El importe máximo de previsión de gastos para cada programa presentado no podrá superar los 50.000 €. La cuantía máxima a otorgar a cada programa no podrá ser superior a 30.000 €. * **¿Quién realiza la evaluación de mi proyecto?** La valoración de las solicitudes se efectuará por una comisión de valoración, nombrada por la persona titular de la Dirección General de Tráfico.
## Resumen El sistema de permiso por puntos busca reducir accidentes y mejorar la seguridad vial, incentivando la conducción prudente y el cumplimiento de las normas. ## ¿Cómo funciona el permiso por puntos? * Al obtener el permiso de conducir, se asigna un saldo inicial de puntos. * Generalmente, se empieza con 12 puntos. Los conductores noveles y aquellos que recuperan el permiso tras una retirada comienzan con 8 puntos. Puedes consultar tu saldo de puntos. * El saldo de puntos puede variar: * Conducir de forma segura y/o participar en cursos de sensibilización puede aumentar tus puntos. * Cometer infracciones resta puntos, hasta llegar a cero. Si esto ocurre, se perderá la validez del permiso, pero antes puedes recuperar puntos. Los puntos están vinculados al conductor, no a un permiso específico. Si pierdes todos los puntos, no podrás conducir ningún tipo de vehículo. ## ¿Puedo tener más de 15 puntos? Sí, el sistema premia a los buenos conductores, permitiendo acumular hasta 15 puntos: * Si no cometes infracciones que resten puntos durante 3 años, se añaden 2 puntos, llegando a 14. * Tras otros 3 años sin infracciones, se suma 1 punto más, alcanzando los 15. Los conductores noveles o que han recuperado el permiso comienzan con 8 puntos y obtienen 12 puntos después de 2 años sin infracciones. Luego, pueden optar a la bonificación hasta 15 puntos. ## ¿Cómo se pierden puntos? Se pierden puntos al ser sancionado por infracciones graves o muy graves. Se pueden perder 2, 3, 4 o 6 puntos por infracción, dependiendo de su gravedad. Consulta las infracciones que quitan puntos. Existen formas de recuperar puntos, e incluso recuperar el permiso si se ha perdido por falta de puntos. Las infracciones más comunes que causan la pérdida de puntos son: * Exceso de velocidad * No usar el cinturón de seguridad * Usar el teléfono móvil * Consumo de alcohol y drogas ## Infracciones muy graves Normalmente, no se pueden perder más de 8 puntos en un día, pero hay excepciones para infracciones muy graves. Podrías perder todos los puntos en un solo día si: * Conduces con niveles de alcohol no permitidos o con presencia de drogas. * Te niegas a realizar las pruebas de alcohol y drogas. * Superas en más del 50% la velocidad permitida. * Realizas una conducción temeraria. * Conduces con inhibidores de radares instalados. * Circulas en sentido contrario. * Participas en carreras no autorizadas. * Incumples en más del 50% los tiempos de conducción y descanso obligatorios (conductores profesionales). ## ¿Qué ocurre si conduces sin puntos? Conducir sin puntos tras haber sido notificado de la pérdida de vigencia del permiso es un delito penal, castigado con prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos comunitarios de 31 a 90 días. Tras agotar el saldo de puntos y estudiar las alegaciones, Tráfico notificará la resolución de pérdida de vigencia del permiso. La prohibición de conducir comienza al recibir esta notificación. ## Te puede interesar * Consulta y certificado de puntos * Recupera tus puntos * Información de tus permisos * Tipos de infracciones y sanciones