Transferencia de vehículos por cambio de tipo societario

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Realizar el cambio de titularidad de un vehículo cuando una empresa cambia su forma jurídica y esto implica un cambio en su CIF.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas jurídicas (empresas) o sus representantes.

Requisitos principales

  • El vehículo debe estar dado de alta y libre de cargas.
  • Tener pagado el Impuesto de Circulación del año anterior.
  • Haber pagado las posibles sanciones impuestas al vehículo.
  • No debe existir ninguna limitación de disposición (reserva de dominio), embargo o precinto sobre el vehículo, o bien, contar con la autorización del acreedor o el conocimiento del comprador.

Plazos

La solicitud debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde que se formaliza el cambio societario.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite cambiar la titularidad de un vehículo cuando una empresa cambia su forma jurídica (por ejemplo, de S.A. a S.L.) y esto implica un cambio en su CIF. La solicitud debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde que se formaliza el cambio societario.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas jurídicas (empresas) o sus representantes.

Importante: Si solo cambia el nombre de la empresa pero el CIF sigue siendo el mismo, no es necesario realizar una transferencia. En ese caso, se debe solicitar una renovación de la documentación del vehículo por cambio de razón social.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente.
  • Documento que acredite el cambio de denominación de la persona jurídica.

Requisitos previos:

  • El vehículo debe estar dado de alta y libre de cargas.
  • Tener pagado el Impuesto de Circulación del año anterior.
  • Haber pagado las posibles sanciones impuestas al vehículo.
  • No debe existir ninguna limitación de disposición (reserva de dominio), embargo o precinto sobre el vehículo, o bien, contar con la autorización del acreedor o el conocimiento del comprador.

Coste:

  • Tasa 1.5: 55,70 €

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Online: A través del Registro Electrónico de la DGT.
    • Rellena los datos de contacto y la información del vehículo (matrícula, CIF/NIF/NIE del vendedor y comprador, domicilio fiscal).
    • Paga la tasa o introduce el número de tasa si ya la has pagado.
    • Adjunta la documentación necesaria escaneada.
    • Si actúas como representante, debes estar dado de alta en el Registro de apoderamientos.
    • Registra la solicitud y guarda el justificante.

Consideraciones importantes:

  • La presentación de la solicitud no es automática. La DGT la tramitará lo antes posible.
  • Se tendrá en cuenta la fecha de presentación de la solicitud.
  • Asegúrate de que los documentos escaneados sean legibles.

Después de hacerlo

  • Una vez tramitada la solicitud, recibirás una notificación con la resolución.

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