Plataforma de Intermediación de Datos

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las administraciones públicas acceder a datos de vehículos, conductores y sanciones de la DGT a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID). Es necesario solicitar autorización para cada tipo de consulta.

¿Quién puede solicitarlo?

Administración General del Estado, Administraciones Autonómicas, Entidades Locales y titulares de vías públicas (en casos específicos).

Requisitos principales

  • Estar dado de alta en la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
  • Obtener autorización previa para cada procedimiento de consulta específico.

Duración del trámite

Variable, depende del tiempo de revisión y autorización de la DGT.

Información adicional

La documentación necesaria varía según el organismo solicitante y el servicio de acceso a datos solicitado.

Resumen

La Plataforma de Intermediación de Datos (PID) de la DGT facilita el acceso a información sobre vehículos, conductores y sanciones a otras administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales).

Quién puede usar este servicio:

  • Administración General del Estado
  • Administraciones Autonómicas
  • Entidades Locales
  • Titulares de vías públicas (para casos de accidentes, deterioros, abandono de vehículos, etc.)

Importante: Para acceder a los servicios de la PID, es necesario obtener una autorización previa para cada procedimiento que se desee consultar.

Lo que necesitas

  • Requisitos previos:
    • Estar dado de alta en la Plataforma de Intermediación de Datos.
    • Obtener autorización para cada procedimiento de consulta.
  • Costes: El acceso a la PID es gratuito para las Administraciones Públicas.

Cómo hacerlo

  1. Darse de alta en la PID:
    • Contactar con el Centro de Atención a Integradores y Desarrolladores (CAID) a través del formulario web, seleccionando "Servicios de Intermediación" e indicando que se quiere dar de alta al organismo.
  2. Solicitar autorización para acceder a los servicios de la DGT:
    • Una vez dado de alta en la plataforma, rellenar el formulario web del CAID, seleccionando "Servicios de Intermediación" y adjuntando la documentación necesaria para la solicitud del acceso al procedimiento de consulta.
  3. Revisión de la solicitud por la DGT:
    • Si la solicitud es correcta, la DGT autorizará el acceso y el CAID informará al organismo.
    • Si hay algún problema, la DGT solicitará la subsanación a través del CAID.

Documentación necesaria:

La documentación varía según el organismo solicitante y el servicio de acceso a datos solicitado. Se diferencia entre procedimientos sancionadores y no sancionadores:

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