Plataforma de Intermediación de Datos
Información Rápida
Objetivo
Permite a las administraciones públicas acceder a datos de vehículos, conductores y sanciones de la DGT a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID). Es necesario solicitar autorización para cada tipo de consulta.
¿Quién puede solicitarlo?
Administración General del Estado, Administraciones Autonómicas, Entidades Locales y titulares de vías públicas (en casos específicos).
Requisitos principales
- Estar dado de alta en la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
- Obtener autorización previa para cada procedimiento de consulta específico.
Duración del trámite
Variable, depende del tiempo de revisión y autorización de la DGT.
Información adicional
La documentación necesaria varía según el organismo solicitante y el servicio de acceso a datos solicitado.
Resumen
La Plataforma de Intermediación de Datos (PID) de la DGT facilita el acceso a información sobre vehículos, conductores y sanciones a otras administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales).
Quién puede usar este servicio:
- Administración General del Estado
- Administraciones Autonómicas
- Entidades Locales
- Titulares de vías públicas (para casos de accidentes, deterioros, abandono de vehículos, etc.)
Importante: Para acceder a los servicios de la PID, es necesario obtener una autorización previa para cada procedimiento que se desee consultar.
Lo que necesitas
- Requisitos previos:
- Estar dado de alta en la Plataforma de Intermediación de Datos.
- Obtener autorización para cada procedimiento de consulta.
- Costes: El acceso a la PID es gratuito para las Administraciones Públicas.
Cómo hacerlo
- Darse de alta en la PID:
- Contactar con el Centro de Atención a Integradores y Desarrolladores (CAID) a través del formulario web, seleccionando "Servicios de Intermediación" e indicando que se quiere dar de alta al organismo.
- Solicitar autorización para acceder a los servicios de la DGT:
- Una vez dado de alta en la plataforma, rellenar el formulario web del CAID, seleccionando "Servicios de Intermediación" y adjuntando la documentación necesaria para la solicitud del acceso al procedimiento de consulta.
- Revisión de la solicitud por la DGT:
- Si la solicitud es correcta, la DGT autorizará el acceso y el CAID informará al organismo.
- Si hay algún problema, la DGT solicitará la subsanación a través del CAID.
Documentación necesaria:
La documentación varía según el organismo solicitante y el servicio de acceso a datos solicitado. Se diferencia entre procedimientos sancionadores y no sancionadores:
- Procedimientos no sancionadores:
- Formulario de solicitud de acceso.
- Plantilla Excel PID rellena con los procedimientos solicitados, servicios y normativa aplicable.
- (Para CCAA) Convenio firmado con MINAEYTD.
- (Para Entidades Locales) Documento de adhesión al convenio de su CCAA con el MINAEYTD.
- Procedimientos sancionadores:
- Formulario de solicitud de acceso.
- Plantilla Excel PID rellena con los procedimientos solicitados, servicios y normativa aplicable.
- (Para Entidades Locales) Documento de adhesión al convenio PMSBAE de su CCAA con Función Pública.
- Consulta de vehículos UE (o europeos) por infracción de tráfico
- Formulario de solicitud de acceso.
- Anexo I Obligación de datos.
- Anexo II Instrucción Eucaris Anualmente se deberá enviar este anexo durante el mes de enero del año siguiente a la dirección incidencias.correos@dgt.es para su envío a la Comisión Europea en cumplimiento de la directiva.
Ayuda
- Contacto:
- Para incidencias o dudas sobre la PID, contactar con el soporte a través del formulario de atención de incidencias del CAID.
- Recursos adicionales:
- Documentación de ayuda PID
- Altas e Incidencias en el PID
- Plantilla Excel - PID
- Formulario de Solicitud Acceso – PID
- Anexo I - Obligación de datos
- Anexo II - Instrucción Eucaris
- Recursos para la migración de ATEX a la PID
- Plataforma de Intermediación de Datos del CTT
- Catálogo de Servicios de la PID
- Federación Española de Municipios y Provincias