Permisos válidos para conducir en España
Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Objetivo
Informar sobre los permisos de conducir válidos en España, incluyendo los expedidos por la DGT, la UE/EEE y terceros países.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos de la UE/EEE y titulares de permisos de conducir de terceros países que cumplan con la normativa española.
Requisitos principales
- Permiso de conducir válido y en vigor.
- Cumplir con la edad mínima requerida en España para el permiso equivalente.
- En el caso de permisos de terceros países, no haber residido en España por más de seis meses.
Plazos
Para permisos de terceros países, el plazo máximo para utilizar el permiso extranjero es de 6 meses desde la adquisición de la residencia normal en España.
Duración del trámite
La validez del permiso depende de su fecha de caducidad y del cumplimiento de los requisitos legales.
Resumen
Esta página informa sobre qué permisos de conducir, además de los expedidos por la DGT, son válidos para circular en España.
Quién puede usar este servicio
- Ciudadanos de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
- Titulares de permisos expedidos en terceros países que cumplan con el artículo 21 del Reglamento General de Conductores.
Permisos válidos
- Permisos de la UE/EEE: Son válidos mientras estén en vigor.
- Permisos de terceros países: Deben cumplir el artículo 21 del Reglamento General de Conductores y los siguientes requisitos:
- Estar en vigor.
- El titular debe tener la edad mínima requerida en España para obtener un permiso español equivalente (edad requerida en España para la obtención del permiso español equivalente).
- No haber transcurrido más de seis meses desde que el titular estableciera su residencia normal en España.