Inscripción en el Censo de Asociaciones Juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de la Comunitat Valenciana (IVAJ).
-
¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Inscripción en el Censo de Asociaciones Juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de la Comunitat Valenciana (IVAJ).
Objeto del trámite
Regular la inscripción de entidades de base asociativa en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud en la Comunitat Valenciana.
-
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Pueden solicitar la inscripción los representantes de las asociaciones y entidades que se relacionan:
1.- Asociaciones juveniles cuyos miembros tengan entre 12 y 30 años, ambas edades incluidas. Sus federaciones, confederaciones y uniones.
2.- Asociaciones de alumnado universitario y no universitario, y sus federaciones, confederaciones y uniones cuyas personas asociadas sean jóvenes.
3.- Las secciones, áreas, departamentos y organizaciones juveniles de otras entidades sociales, como asociaciones de carácter general, secciones juveniles de partidos políticos, sindicatos, asociaciones de consumidores, culturales, deportivas, festivas, de juventud empresaria o de confesiones religiosas, y sus federaciones, confederaciones y uniones)
4.- Las entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro, entendidas como las asociaciones no juveniles legalmente constituidas, en cuyos estatutos se contemple de forma clara y explícita que entre sus fines sociales existe el de llevar a cabo, de manera continuada, programas y actuaciones dirigidos de forma exclusiva a personas jóvenes. Asimismo, más de la mitad de la junta directiva tendrá que estar compuesta por personas jóvenes.
5.- Los grupos de jóvenes, coordinadoras y colectivos que no estando constituidos como asociación de acuerdo con la legislación vigente, promuevan actividades con carácter temporal relacionadas con la competencia del IVAJ en materia de juventud.Requisitos
Es necesario que previamente estén inscritas en el Registro competente, según proceda.
-
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante todo el año.
-
¿Qué documentación se debe presentar?
- Solicitud de inscripción en el Censo.
- Declaración responsable.
- Resolución de inscripción de la entidad en el Registro Estatal o Autonómico de Asociaciones, según proceda.
. En el caso de secciones juveniles de partidos políticos, resolución de inscripción en el registro del Ministerio del Interior.
. En el caso de entidades constituidas según el Derecho Canónico, resolución de inscripción en el registro de Entidades religiosas del Ministerio de Justicia.
. En el caso de ramas juveniles dependientes de sindicatos, certificado del depósito de los estatutos sindicales en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
. En caso de otras entidades de base asociativa, certificado de inscripción en el registro oficial competente.
- NIF de la entidad.
- Estatutos de la entidad visados por el Registro oficial competente.
- Acta de constitución de la entidad, acompañada de la composición de los órganos provisionales de gobierno.
- Certificado del secretario de la entidad acreditativo de la actual composición de la Junta Directiva.Impresos asociados
-
¿Cómo se tramita?
Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
-
¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=17184
Tramitación
Las entidades o personas interesadas deberán presentar telemáticamente la solicitud mediante certificado electrónico reconocido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (www.accv.es) o DNI electrónico y acceder a los apartados "Por internet" o "¿Cómo se tramita telemáticamente?", siguiendo estas instrucciones:
1. Pestaña "Debe saber": " breve explicación de cada uno de los pasos que ha de pasar para completar el proceso de
solicitud. Comenzar.
2. Pestaña "Rellenar":
- clicad sobre "Formulario datos generales". Rellenarlo y "Envía".
- clicad sobre "Sección de Formularios" - "Envía" - "Continuar"
3. Pestaña "Documentar":
- Clicad sobre "SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO DE ASOCIACIONES JUVENILES Y ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS A LA JUVENTUD". - "Descargar plantilla". Debe descargársela a su ordenador, rellenarla, FIRMARLA y posteriormente anexarla ("Anexa").
- Haced lo mismo con el documento " DECLARACIÓN RESPONSABLE".
- "Otros documentos", para adjuntar más documentación. Título del documento (no olvide rellenarlo)
- Seleccionar - Anexa
- Continuar
4. Pestaña "Pagar" (no se debe realizar ningún pago) - Continuar
5. Pestaña "Registrar" - Registra -
Información complementaria
Obligaciones
Son, además, datos de inscripción obligada respecto de las asociaciones y entidades aprobadas legalmente incluidas
en el Censo Juvenil los siguientes:
a) Las modificaciones que se produzcan en la composición de los órganos directivos y de los consejos responsables.
b) Las modificaciones estatutarias, una vez autorizadas por el Ministerio del Interior.
c) la disolución de la asociación o entidad.
Las asociaciones y entidades inscritas en este censo presentarán la memoria anual de sus actividades a lo largo del
mes de enero del año siguiente en el IVAJ. -
Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Orden de 10 de noviembre de 1983, de la conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento para la elaboración del Censo de Asociaciones Juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud en la Comunidad Autónoma Valenciana (DOGV nº 134 de 8/12/1983).
- Real Decreto 397/1988. de 22 de abríl. por el que se regula la lnscripción registral de Asociaciones juveniles (BOE nº 102 de 28 de abril de 1988).
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación (BOE nº 73 de 26/03/2002).
- Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5900, de 25/11/2008).
- Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud (DOCV nº 8168, de 13/11/2017).Lista de normativa
Ver Orden de 10 de noviembre de 1983.
Ver Real Decreto 397/1988, de 22 de abril.
Ver Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Catalu ña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922