Comunicación del conductor habitual

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas comunicar a la DGT quiénes son los conductores habituales de sus vehículos, facilitando la gestión de notificaciones y evitando trámites innecesarios.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas de alquiler o con grandes flotas de vehículos que conducen sus empleados de manera fija. La notificación debe hacerla el titular del vehículo o persona autorizada.

Requisitos principales

  • Consentimiento expreso del conductor habitual.
  • El conductor debe tener el permiso de conducir en vigor y adecuado para el vehículo.
  • El uso del vehículo por el conductor debe ser por un período mínimo de 30 días (3 días para vehículos de alquiler).

Duración del trámite

El alta es inmediata a través de la aplicación web. La integración por Web Services requiere un proceso de pruebas previo.

Información adicional

Es importante informar la baja del conductor habitual una vez finalizado el uso del vehículo.

Resumen

Este servicio permite a las empresas con flotas de vehículos o de alquiler comunicar a la DGT quiénes son los conductores habituales de sus vehículos. Esto facilita que las notificaciones se dirijan directamente al conductor habitual, siempre con su consentimiento.

Lo que necesitas

Cómo hacerlo

  1. Alta de un nuevo conductor habitual: Indica el conductor y el período de tiempo.
  2. Anotar la fecha de finalización: Informa cuándo deja de ser el conductor habitual.

Medios para acceder al servicio:

  • Aplicación Web: Con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Ideal para flotas pequeñas.
  • Web Services: Para empresas con grandes flotas que necesitan automatizar el proceso. Requiere desarrollo propio y la clave pública actualizada de los certificados electrónicos de los dominios TRAFICO o SEDE.

Proceso de alta en el servicio (Web Services):

  1. Contacta con la DGT a través del Formulario de Peticiones e Incidencias de la DGT.
  2. Selecciona "Registro de Vehículos" en “Categoría” y “(CAYC) Comunicación de arrendatario y conductor habitual” en “Subcategoría”.
  3. Indica el alta en el servicio, el tipo de integración (web o servicio web), CIF, razón social y domicilio social de la empresa.
  4. Realiza pruebas en el entorno de pruebas de la DGT antes de pasar al entorno de producción.

Cuándo comunicarlo

  • En general: Cuando el conductor vaya a utilizar el vehículo por períodos continuados superiores a 30 días.
  • Vehículos de alquiler: El plazo mínimo para poder anotar el conductor habitual será de 3 días.

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