Comunicación del alta o rehabilitación de un vehículo hecho en la Jefatura Provincial de Tráfico

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Comunicación del alta o rehabilitación de un vehículo hecho en la Jefatura Provincial de Tráfico

Comunicación al Ayuntamiento a efectos del alta en el padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) de:

  • el alta de un vehículo nuevo
  • el alta de un vehículo que estaba en baja temporal
  • la rehabilitación de un vehículo que estaba en baja definitiva
que tiene que tramitar en la Jefatura Provincial de Tráfico .

No tiene que realizar ningún tipo de tramitación en el Ayuntamiento en estos casos, ya que el Ayuntamiento incorpora de manera automática los datos de Tráfico para que a fecha 1 de enero (fecha de devengo del impuesto) se apliquen los cambios efectuados durante el año anterior..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona física o jurídica que conste en el permiso de circulación como titular del vehículo que se ha dado de alta o rehabilitado o cualquier otra con su autorización expresa.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

El Ayuntamiento actualiza automáticamente sus bases de datos con los facilitados por Tráfico.

En caso de detectar que el año en que es titular del vehículo a fecha 1 de enero no le llegue el recibo para hacer el pago del IVTM, siguiendo las fechas indicadas en el Calendario del Contribuyente del apartado 'Información' de la Sede electrónica, puede realizar este trámite..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

POR INTERNET:
Requisitos
  • Haber presentado el alta del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

En caso de que no le llegue el recibo para hacer el pago del IVTM el año en que es titular del vehículo a fecha 1 de enero, puede aportar la documentación necesaria al departamento enviándola a través del correo electrónico tributs.contribuents@l-h.cat

Recuerde marcar la confirmación de lectura para tener constancia que se ha recibido el correo en el departamento.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o NIF de la persona jurídica, según el caso (fotocopia).
  • Documento de alta del vehículo sellado por la Jefatura Provincial de Tráfico (fotocopia).
PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • Haber presentado el alta del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

En caso de que no le llegue el recibo para hacer el pago del IVTM el año en que es titular del vehículo a fecha 1 de enero, puede presentar la documentación necesaria en la oficina indicada.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o NIF de la persona jurídica, según el caso (original).
  • Documento de alta del vehículo sellado por la Jefatura Provincial de Tráfico (fotocopia).
Impresos asociados
  • Oficina de Atención Tributaria

    C. Girona n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    Mapa

QUÉ PASA DESPUÉS

El primer año tiene que tramitar el IVTM para pagar los trimestres que falten para acabar el año según las instrucciones de la página web orgt.diba.cat. Recuerde indicar en el formulario que el municipio del trámite será 'L'Hospitalet de Llobregat'..

Al año siguiente de la matriculación, el IVTM lo pagará en el municipio donde ha matriculado el vehículo y se le notificará por correo o por publicación en el BOE.

TIEMPO DE RESPUESTA

Inmediato, en el momento de la comunicación.

NORMATIVA APLICABLE

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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Ã?rgano de Gestión Tributaria.

TRÁMITES RELACIONADOS


Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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