Comunicación de accidentes - ARENA

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los agentes de la autoridad y titulares de las vías comunicar información sobre accidentes de tráfico con víctimas al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.

¿Quién puede solicitarlo?

Agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y control del tráfico, titulares de las vías, comunidades autónomas con competencias en tráfico y administraciones locales pertenecientes a dichas comunidades.

Requisitos principales

  • Ser agente de la autoridad o titular de la vía.
  • Disponer de los datos del accidente de tráfico con víctimas.
  • En caso de usar Web Services, contar con certificado electrónico y desarrollar la aplicación cliente.

Plazos

Cuando en el accidente se haya producido al menos un fallecido o un herido con traslado al hospital, los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y el control del tráfico deberán remitir al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico, en el menor tiempo posible y, en todo caso, en el plazo máximo de veinticuatro horas desde que haya ocurrido, el formulario de accidentes de tráfico con víctimas cumplimentado con los datos de suministro rápido que se indican en el anexo II.C de la Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, de los que disponga. Cuando se trate de un accidente con víctimas en el que no se dé alguna de las circunstancias contempladas en el apartado anterior, el plazo para remitir el formulario de accidentes de tráfico con víctimas con los datos de suministro rápido, será de diez días naturales desde la fecha en que haya tenido lugar el accidente. En todo caso, el formulario totalmente cumplimentado deberá remitirse en un plazo no superior a un mes desde la fecha del accidente. Durante ese plazo podrá ir enviándose aquella información de la que se vaya teniendo conocimiento hasta su total cumplimentación.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del método de acceso y la complejidad del accidente.

Información adicional

Es obligatorio notificar cualquier accidente con al menos un fallecido o un herido que haya tenido que ser atendido médicamente.

Resumen

Este servicio permite a los agentes de la autoridad y titulares de las vías comunicar accidentes de tráfico con víctimas al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.

¿Quién puede usar este servicio?

  • Agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y control del tráfico (Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales).
  • Titulares de las vías para remitir modificaciones o correcciones sobre la infraestructura.
  • Comunidades autónomas con competencias en tráfico.
  • Administraciones locales pertenecientes a comunidades autónomas con competencias en tráfico.

Cómo hacerlo

Acceso al servicio

Se puede acceder a través de:

Notificación de accidentes

Existen dos alternativas para notificar accidentes a través de ARENA:

  1. Integración a través de Web Services (WS): Recomendado para entidades que registran muchos accidentes. Requiere desarrollo de una aplicación cliente y certificado electrónico. Es necesario tener instalada la clave pública actualizada de los certificados electrónicos de los dominios TRAFICO o SEDE.
  2. Aplicación web ARENA2: Aplicación web sencilla para el envío y notificación de accidentes, útil para ayuntamientos con pocos accidentes. Acceso mediante usuario y contraseña.

Proceso de alta en ARENA

Acceso a través de Web Service:

  1. Solicitar acceso a través del Formulario de Peticiones e Incidencias de la DGT.
    • Autenticarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    • Seleccionar "ACCIDENTES" en “Categoría” y “(AREN) Registro de Accidentes de tráfico” en “Subcategoría”.
    • Indicar que se solicita el alta en el servicio y describir detalladamente los datos de la entidad.
    • Adjuntar documentación útil (límite de 2MB por fichero).
  2. El alta se realizará en un entorno de pruebas. Para acceder a producción, se debe realizar al menos un alta y un cierre de accidente de cada tipo de gravedad en el entorno de pruebas.

Acceso a través de la aplicación web ARENA2:

  1. Contactar vía Registro Electrónico (SIR) o correo electrónico con la Jefatura u Oficina de Tráfico correspondiente.
  2. Solicitar el alta en la aplicación web ARENA a través del formulario.
  3. El personal técnico tramitará la solicitud y enviará las claves de acceso (usuario y contraseña).

Para solicitar nuevos usuarios o realizar modificaciones, rellenar la plantilla y enviarla a la Jefatura u Oficina de Tráfico.

Ayuda

Incidencias y dudas

Recursos adicionales

Coste

El trámite es gratuito para todas las Administraciones.

Normativa

Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.


Preguntas frecuentes

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