Comunidad de Madrid

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      57227

      ¿Qué es? >

    • Procedimiento que regula la justificación de las subvenciones concedidas a la financiación de formación, dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados, y que los centros o entidades formativas están obligados justificar, tanto la acción formativa como los gastos generados.

      ¿Qué necesitas presentar? >

      ¿Cómo lo solicito? >


    • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir

      a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

      Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid


      Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

      Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

      Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

      b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

      Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
      de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

      Normativa Aplicable >


    • * Orden 2838/2012, de 8 de marzo, por la que se regula la justificación de subvenciones destinadas a la financiación de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados (BOCM nº 85, de 10 de abril).

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

      D. G. de Formación

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..

      Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Información relacionada

  • Finalizado Inicio: 21 mayo 2016 | Fin: 21 enero 2017



    Referencia 561672


    Promoción que comprende entradas dobles, para ti y el acompañante que quieras llevar.
    Con la entrada podrás disfrutar de una visita guiada y una actividad en taller. La visita suele durar dos horas.

    Más Información

    • Calendario
      - Visitas: sábados desde el 14 de mayo de 2016 al 21 de enero de 2017 (consultar enlace de Más Información)
      - Inscripciones: abierto plazo Inscríbete.

      Requisitos

      - Jóvenes entre 14 y 30 años que posean el Carné Joven de la Comunidad de Madrid.

      Programación

      Exposiciones 2016:

      Realistas de Madrid: 14 de mayo
      Wyeth: Andrew y Jamie en el estudio: 21 de mayo / 18 de junio
      Caravaggio y los pintores del Norte: 25 de junio / 16 de julio / 10 de septiembre
      Caillebotte, pintor y jardinero: 23 de julio / 17 de septiembre / 22 de octubre
      Renoir y la intimidad: 29 de octubre / 19 de noviembre / 10 de diciembre
      Bulgari. Pasión por Roma: 3 de diciembre / 14 de enero / 21 de enero

      Lugar

      Museo Thyssen-Bornemisza
      Paseo del Prado, 8.
      Madrid

      Precio

      Gratuito

      Inscripciones

      Debes completar el formulario con tus datos y seleccionar la exposición y fecha que más te interese. Antes de la cita te recordaremos la fecha y te indicaremos cuál es la hora de tu visita.

      Las plazas se asignarán por orden de recepción de solicitudes.

      Órgano responsable
    • Consejería de Educación y Juventud

      D.G de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte

    Información relacionada

    Solicitar más información >

    • ¿Qué es? >


    • Enfermedad producida por un parásito que se transmite por la picadura de un mosquito infectado por el parásito, el flebotomo o mosca de la arena.
    • None
      Formas de Presentación

      - Cutánea
      - Visceral
      Síntomas
      - Cutánea: Presencia de una o más lesiones ulceradas en la piel que se desarrollan después de semanas o meses de la picadura. Generalmente son indoloras, pero pueden ser dolorosas cuando se infectan. Normalmente curan, incluso sin tratamiento, aunque pueden durar meses o años y dejar cicatrices.
      - Visceral: Es la más grave y afecta a varios órganos internos, habitualmente el bazo, el hígado y la médula ósea. Generalmente los síntomas son fiebre y pérdida de peso, acompañados de un aumento del tamaño del hígado y el bazo. También pueden alterarse los análisis de sangre (anemia, etc.).
      Prevención
      La mejor forma de disminuir el riesgo de leishmaniasis es evitar las picaduras del mosquito-flebotomo, tanto en casa como fuera de casa.
      Puede obtener toda la información pinchando en el siguiente enlace .

      Órgano Responsable >

      Información Complementaria >

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      ¿Qué es? >


    • Enfermedad producida por un parásito que se transmite por la picadura de un mosquito infectado por el parásito, el flebotomo o mosca de la arena.
    • None
      Formas de Presentación

      - Cutánea
      - Visceral
      Síntomas
      - Cutánea: Presencia de una o más lesiones ulceradas en la piel que se desarrollan después de semanas o meses de la picadura. Generalmente son indoloras, pero pueden ser dolorosas cuando se infectan. Normalmente curan, incluso sin tratamiento, aunque pueden durar meses o años y dejar cicatrices.
      - Visceral: Es la más grave y afecta a varios órganos internos, habitualmente el bazo, el hígado y la médula ósea. Generalmente los síntomas son fiebre y pérdida de peso, acompañados de un aumento del tamaño del hígado y el bazo. También pueden alterarse los análisis de sangre (anemia, etc.).
      Prevención
      La mejor forma de disminuir el riesgo de leishmaniasis es evitar las picaduras del mosquito-flebotomo, tanto en casa como fuera de casa.
      Puede obtener toda la información pinchando en el siguiente enlace .

      Órgano Responsable >

      Información Complementaria >

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      ¿Qué es? >


    • Enfermedad producida por un parásito que se transmite por la picadura de un mosquito infectado por el parásito, el flebotomo o mosca de la arena.
    • None
      Formas de Presentación

      - Cutánea
      - Visceral
      Síntomas
      - Cutánea: Presencia de una o más lesiones ulceradas en la piel que se desarrollan después de semanas o meses de la picadura. Generalmente son indoloras, pero pueden ser dolorosas cuando se infectan. Normalmente curan, incluso sin tratamiento, aunque pueden durar meses o años y dejar cicatrices.
      - Visceral: Es la más grave y afecta a varios órganos internos, habitualmente el bazo, el hígado y la médula ósea. Generalmente los síntomas son fiebre y pérdida de peso, acompañados de un aumento del tamaño del hígado y el bazo. También pueden alterarse los análisis de sangre (anemia, etc.).
      Prevención
      La mejor forma de disminuir el riesgo de leishmaniasis es evitar las picaduras del mosquito-flebotomo, tanto en casa como fuera de casa.
      Puede obtener toda la información pinchando en el siguiente enlace .

      Órgano Responsable >

      Información Complementaria >

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

  • Históricas cerradas

    Inicio: 10 octubre 2016 | Fin: 31 octubre 2016

    • Referencia


      1006653

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM: 7 de octubre de 2016
      * Proceso selectivo: Libre Designación.
      * Plazas convocadas: 1
      - Serv. Expropiaciones II. Nivel 26. Grupo A/B.
      (nº de puesto de trabajo 47650). Secretaría General Técnica. Subdirección General Actuaciones Administrativas.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
      Administrativo Común de las AAPP.

    • Calendario de actuaciones



      14/12/2016 Resolución de convocatoria
      Orden de 2 de diciembre de 2016 (BOCM nº 299, de 14 de diciembre)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo o quieran reingresar

      a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      Perfil:

      Experiencia en la elaboración de informes técnicos de valoración de parcelas rústicas y urbanas.
      Experiencia en la actuación como perito de la administración en expedientes de expropiación forzosa.
      Experiencia en organización de equipos de trabajo.
      Manejo del programa autocad.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      , ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal.)
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.

      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

    • Trámite no disponible, fuera de plazo.

      * Recogida

      Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
      Servicio de Personal de cada Consejería.
      Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de solicitudes y documentación:

      Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras (C/ Maudes, 17) o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      Secretaría General Técnica

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (1)

  • Históricas cerradas 
    Inicio: 07 octubre 2016  |  Fin: 28 octubre 2016
    • Referencia


      1006626

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM 

      6 de octubre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación (art. 55).
      * Plazas convocadas:1.
      - 1 Subdirector General de Inspección y Disciplina Urbanística. Nivel 30. Grupo: A.
      (nº puesto de trabajo 39602). Dirección General de Urbanismo. Subdirección General Inspección y Disciplina Urbanística.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
    • Calendario de actuaciones

      20/12/2016Resolución de convocatoria
      Resolución de 7 de diciembre de 2016 (BOCM nº 304, de 20 de diciembre)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
      * Perfil:
      Licenciado/a en derecho.
      Experiencia en tramitación de procedimientos administrativos.
      Experiencia en asesoramiento, apoyo y en coordinar actuaciones con otras administraciones públicas.
      Experiencia en la tramitación de expedientes sancionadores.
      Experiencia en la dirección, coordinación, organización y gestión de equipos de trabajo.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.
      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

      Normativa Aplicable >

        • * Orden de 27 de septiembre de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación (BOCM nº 240, de 6 de octubre).
          * Las Órdenes de convocatorias publicadas a partir del 3 de octubre de 2016 se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
      D. G. de Urbanismo y Suelo

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Solicitud
    Listados (1)

  • Históricas cerradas

    Inicio: 16 noviembre 2016 | Fin: 07 diciembre 2016

    • Referencia


      1028793

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM

      15 de noviembre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación (art. 55).
      * Plazas convocadas: 2.
      - Serv. Técnico II. Nivel 26. Grupo: A/B.
      (nº puesto de trabajo 1377). Dirección General de Urbanismo. Subdirección General Urbanismo.
      - Serv. Técnico I. Nivel 26. Grupo: A/B.
      (nº puesto de trabajo 39606). Dirección General de Urbanismo. Subdirección General Urbanismo.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
    • Calendario de actuaciones

      01/03/2017 Resolución de convocatoria
      Resolución de 16 de febrero de 2017 (BOCM nº 51, de 1 de marzo)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      * Perfil:

      Serv. Técnico II (nº puesto de trabajo 1377):

      - Titulación de arquitecto superior.
      - Experiencia en tramitación, seguimiento y elaboración de informes de los procesos de revisión y modificación del planeamiento urbanístico municipal general y de desarrollo.
      - Experiencia en tramitación, seguimiento y elaboración de informes en actuaciones en suelo no urbanizable.
      - Experiencia en asesoramiento a comunidades autónomas y ayuntamientos sobre temas urbanísticos.
      - Experiencia en dirección, coordinación, apoyo y gestión de equipos de trabajo.

      Serv. Técnico I (nº puesto de trabajo 39606):

      - Titulación de arquitecto superior.
      - Experiencia en tramitación, seguimiento y elaboración de informes de los procesos de revisión y modificación del planeamiento urbanístico municipal general y de desarrollo.
      - Experiencia en tramitación, seguimiento y elaboración de informes en actuaciones en suelo no urbanizable.
      - Experiencia en asesoramiento a comunidades autónomas y ayuntamientos sobre temas urbanísticos.
      - Experiencia en dirección, coordinación, apoyo y gestión de equipos de trabajo.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.
      5. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.
      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

      Normativa Aplicable >

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad

      D. G. de Urbanismo

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (1)

  • Históricas cerradas

    Inicio: 05 octubre 2016 | Fin: 26 octubre 2016

    • Referencia


      1006395

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM

      4 de octubre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación.
      * Plazas convocadas: 1
      - 1 Técnico de Apoyo. Nivel 28. Grupo A.
      (nº puesto de trabajo 24288). Dirección General Recursos Humanos.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
      Administrativo Común de las AAPP.
    • Calendario de actuaciones

      :

      22/12/2016 Resolución de convocatoria
      (BOCM nº 307, de 22 de diciembre)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      * Perfil:

      Experiencia en la elaboración de informes jurídicos en materia de personal.
      Experiencia en la gestión de personal.
      Licenciado/a en derecho.
      Experiencia en la coordinación de equipos de trabajo.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal.)
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.

      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

    • Trámite no disponible, fuera de plazo.

      *

      Recogida


      - Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
      - Servicio de Personal de cada Consejería.
      - Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de solicitudes y documentación:

      Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20) o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Educación y Juventud

      D. G. de Recursos Humanos

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (1)

  • Históricas cerradas

    Inicio: 10 septiembre 2016 | Fin: 27 septiembre 2016

    • Referencia


      932147

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM

      9 de septiembre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación.
      * Plazas convocadas: 1
      - 1 Técnico de Apoyo. Nivel 26. Grupo A/B.
      (nº puesto de trabajo 46474). Secretaría General Técnica. División de contratación.

    • Calendario de actuaciones


      09/12/2016 Resolución de convocatoria
      Orden 3788/2016, de 30 de noviembre (BOCM nº 293, de 9 de diciembre)
      (Ver listado en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      * Perfil:

      Licenciatura o Grado en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología.
      Experiencia en tramitación y gestión de contratos públicos.
      Experiencia en la gestión y tramitación de las fases contables de ingresos y gastos.
      Experiencia en participación en órganos colegiados.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal.)

    ¿Cómo lo solicito? >

    • Trámite no disponible, fuera de plazo.

      * Solicitudes

      :

      * Recogida:

      - Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
      - Servicio de Personal de cada Consejería.
      - Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de solicitudes y documentación:

      Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20) o en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

      Normativa Aplicable >

        • * Orden 2820/2016, de 1 de septiembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por el procedimiento de Libre Designación (BOCM nº 216, de 9 de septiembre).

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Educación y Juventud

      Secretaría General Técnica

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (1)

  • Históricas cerradas

    Inicio: 29 noviembre 2016 | Fin: 21 diciembre 2016

    • Referencia


      1077694

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM

      28 de noviembre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación.
      * Plazas convocadas: 1
      - Técnico de Apoyo. Nivel 27. Grupo: A.
      (nº puesto de trabajo 61059). Dirección General Urbanismo. Subdirección General Urbanismo.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
    • Calendario de actuaciones

      01/03/2017 Resolución de convocatoria
      Orden 268/2017, de 21 de febrero (BOCM nº 51, de 1 de marzo)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      * Perfil:

      Experiencia en la tramitación y en la elaboración de informes de los procesos de revisión y modificación puntual del planeamiento urbanístico municipal, general y de desarrollo.
      Experiencia sobre autorizaciones y calificaciones en suelo no urbanizable, con seguimiento y apoyo a los mismos e impulso de los informes sectoriales preceptivos.
      Experiencia en asesoramiento, apoyo, coordinación y elaboración de estudios de viabilidad de propuestas de contenido urbanístico, formuladas por ayuntamientos, Comunidad de Madrid u otras instituciones.
      Experiencia en redacción de informes urbanísticos sobre adecuación al planeamiento de las actuaciones y proyectos promovidos por las administraciones públicas.
      Conocimiento a nivel especializado en materia urbanística.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.

      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad

      D. G. de Urbanismo

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (1)

  • Históricas cerradas

    Inicio: 07 diciembre 2016 | Fin: 29 diciembre 2016

    • Referencia


      1079059

    ¿Qué es? >

    • * Fecha de publicación en el BOCM

      5 de diciembre de 2016.
      * Proceso selectivo: Libre Designación.
      * Plazas convocadas: 1
      - Técnico de Apoyo. Nivel 26. Grupo: A/B.
      (nº puesto de trabajo 24202). Dirección General Urbanismo.
      * Normativa aplicable: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
    • Calendario de actuaciones


      09/02/2017 Resolución de la convocatoria
      Orden 115/2017, de 31 de enero (BOCM nº 34, de 9 de febrero)
      (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha)

    ¿Quién puede? >

    • 1. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en

      servicio activo

      o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
      2. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
      3. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.

      Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.

      * Perfil:

      Experiencia en el manejo con perfil de experto editor del programa de gestión de contenidos Fatwire Content Server, para publicación en internet.
      Experiencia en el manejo de la herramienta informática arcgis para la revisión y detección de errores de la cartografía digital (escala 1:10.000) y su adecuación a la base topográfica armonizada BTA+V.0.5. Experiencia en el manejo de la herramienta informática erdas para la corrección, georreferenciación y creación de mosaico de imágenes de satélite pléyades para la Comunidad de Madrid.
      Experiencia en el análisis, seguimiento y elaboración de informes sobre la navegación y funcionalidades del visor de oblicuas y visor 3d de la Comunidad de Madrid.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      (ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      2. Breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto.
      3. Certificado de Registro de Personal, que en el caso de los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación de puestos de trabajo en la Comunidad de Madrid, reservados a personal funcionario de carrera no docente, el interesado no tendrá ni que solicitarlo ni que aportarlo (consultar Certificado de Registro de Personal).
      4. En caso de que se soliciten plazas que se encuentren afectadas por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, recogidas en Anexo, los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al efecto en el apartado Gestión “impresos”, en la columna derecha de esta ficha.

      ** La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con los referidos puestos, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.

    ¿Cómo lo solicito? >

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad

      D. G. de Urbanismo

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

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