Tramitación de certificados de eficiencia energética de edificios de nueva construcción (Certificado de eficiencia energética del proyecto y Certificado de eficiencia energética del edificio terminado)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Plazo indefinido 
  • Referencia


    62776
  • ¿Qué es?


    Tramitación, renovación o actualización de certificados de eficiencia energética correspondientes a edificios de nueva construcción, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  • ¿Quién puede?

    Este procedimiento básico es de aplicación en:

    a) Edificios de nueva construcción.

    Se excluyen del ámbito de aplicación:

    a) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
    b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
    c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
    d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
    e) Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

    El certificado de eficiencia energética del proyecto contiene información sobre las características energéticas y la calificación de eficiencia energética del proyecto de ejecución, y será suscrito por técnico competente, según lo establecido en el Real Decreto 235/2013, de 5 abril.

    El certificado de eficiencia energética del edificio terminado supone la conformidad de las características energéticas y la calificación de eficiencia energética obtenida por el proyecto de ejecución con la del edificio terminado., y será suscrito por técnico competente, según lo establecido en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.

     
    Tanto el certificado de eficiencia energética del proyecto como el certificado de eficiencia energética de edificio terminado deben presentarse por el propietario o promotor.

  • ¿Qué necesitas presentar?


    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.

    2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

  • Tramitación


    1º Abono de la tasa correspondiente (sólo en el caso del certificado de edificio terminado).Para ampliar la información sobre la tasa a pagar por vivienda, vivienda unifamliar u otros consultar el siguiente enlace:

    Registro, renovación y actualización de certificados de eficiencia energética de edificios o partes de edificios nuevos ya terminados.

    2º Presentación telemática de la documentación requerida en este procedimiento ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.
    3º Revisión de la documentación y, en su caso, requerimiento de subsanación de defectos.
    4º Si en el plazo de un mes a partir de la comunicación del certificado de eficiencia energética o de la subsanación de las deficiencias no se recibe comunicación en contrario, se entenderá que la comunicación o subsanación ha sido correcta y se dará por terminado el procedimiento y cumplimentada la obligación establecida en el artículo 5.6 del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.
    5º Una vez aprobado el expediente se podrá descargar la Etiqueta de eficiencia energética en el siguiente enlace.


    Para proceder a la descarga de la etiqueta se deberá introducir el Número de Registro de Entrada que se puede consultar en el apartado  “Situación de mis expedientes”, en la columna derecha de esta ficha.
    Ver en el apartado de Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha, el Manual de uso para dicha tramitación.
    * Consulta de expediente
    Se podrá realizar la consulta de la situación del expediente en el apartado “Situación de mis expedientes”, en la columna derecha de esta ficha.

  • Presentación de solicitudes


    La presentación de la solicitud y documentación adjunta se hará por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, para lo que es necesario:

    1.Disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    2.Tener en cuenta las especificaciones de configuración y software,pinche aquí.

    3.Leer el Manual de Uso para el Registro telemático de certificados de eficiencia energética de edificios en la Comunidad de Madrid, pinche aquí.


    Tras realizar esas comprobaciones, se seguirán los siguientes pasos:

    1.  Acceder a la aplicación para el Registro telemático de certificados de eficiencia energética de edificios en la Comunidad de Madrid pinche aquí.
    2. Seleccionar el tipo de solicitud que se quiere presentar en el sistema.
    3. Introducir los datos solicitados, guardar y enviar.
    4. Firmar la solicitud que recoge los datos introducidos utilizando el certificado electrónico.
    (Con un único certificado electrónico no es posible presentar varias solicitudes de forma simultánea. Es necesario esperar a que se finalice el proceso para presentar una nueva solicitud).
    5. Adjuntar el fichero PDF correspondiente al certificado de eficiencia energética, previamente firmado por el técnico competente, y el fichero PDF del justificante del abono de la tasa correspondiente en el caso de edificios terminados.

    6. Adjuntar el Informe de Evaluación Energética del Edificio en formato electrónico (XML)

    7. Firmar los datos de la solicitud y la remisión del/os fichero/s adjunto/s, confirmando el certificado electrónico, que deberá coincidir con el NIF del propietario o del representante.

    8. Descargar el justificante de presentación del certificado en el Registro.


    En el proceso, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

    Si el usuario ha grabado algún dato de la solicitud, el sistema permite salir del sistema y continuar posteriormente la presentación.Cuando el usuario acceda nuevamente al sistema tendrá la opción de recuperar la solicitud pendiente de presentación.

    También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica.

    Se podrá hacer la presentación de forma presencial únicamente en aquellos casos en que se justifique debidamente ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas la imposibilidad de su presentación telemática. En estos casos, la presentación, junto con la justificación indicada en el párrafo anterior, se hará de preferencia en el Registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en la calle Cardenal Marcelo Spínola, nº 14, de Madrid. También podrá presentarse en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, 3, y Plaza de Chamberí, 8), en cualquiera otra de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado, en los Registros de los Ayuntamientos que han suscrito a tal efecto el correspondiente Convenio y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

  • Normativa aplicable



    * Real Decreto 235/2013, de 5 de abril,  por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios (texto consolidado).
    * Orden de 14 de junio de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se crea el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº146, de 21 de junio).
    * Resolución de 19 de julio de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publican los modelos de impresos correspondientes a la presentación de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios (BOCM nº 200, de 23 de agosto)
    * Resolución de 21 de enero de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan los modelos de impresos correspondientes a la presentación de certificados de eficiencia energética de edificios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 37 de 13 de febrero)
      Órgano responsable
    • Consejería de Economía, Empleo y Hacienda
      D. G. de Industria, Energía y Minas

    Gestión


    Oficinas de la administración

    Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

    Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

    Tel. 914382275

    D.G. de Industria, Energía y Minas

    Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

    Tel. 915802100

    Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

    Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

    Tel. 917208002

    Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

    Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

    Tel. 913925526

    D.G. de Trabajo

    Calle Princesa 5, 28008, Madrid

    D.G. de Administración Local (CABRERA)

    Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

    Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

    Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

    D.G. de Vivienda y Rehabilitación

    Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

    Tel. 915804474

    D.G. de Transportes

    Calle Orense 60, 28020, Madrid

    Tel. 915802898

    D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

    Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

    D.G. de Función Pública

    Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

    D.G. de Emergencias

    Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

    Tel. 914207642

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    Expansión
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