Ayuntamiento de Zaragoza

  • DESCRIPCIÓN

    Consiste en la devolución de la fianza que la Entidad titular de la póliza depositó al solicitar el alta en el servicio, al apoderado de la nueva entidad resultante de la fusionó, o en su caso, a la Entidad absorbente.

    • Es de aplicación a pólizas dadas de alta con anterioridad a marzo de 1994.
    • Si la fecha de alta de su póliza es posterior a 1994, pinche aquí.

    Dirigido a Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Requisitos

    a) En Todos los casos

    • Haber solicitado la baja y haber precintado el contador para impedir los consumos.
    • Tener pagados todos los recibos.
    • La devolución de la fianza no podrá solicitarse en los siguientes casos:
      • a) Cuando corresponda a una póliza vinculante en un traslado de póliza.
      • b) Cuando corresponda a una póliza subrogada.

    b) Pólizas Domiciliadas:

    • Tener pagados todos los recibos, hasta el precinto del contador.

    c) Pólizas No Domiciliadas:

    • Se exige tener pagados todos los recibos, incluido el de liquidación.

    Normativas

    Plazo Presentación

    • a) Pólizas Domiciliadas: A partir del mismo día en que se precinte el contador.
    • b) Pólizas No Domiciliadas: A partir de la fecha de pago del último recibo (el que incluye la lectura de baja).

    Plazo Resolución

    • a) Si han aportado el justificante de pago de la fianza y los datos de la cuenta de abono, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo de una semana desde la recepción de la solicitud en el órgano gestor.
    • b)Si falta alguno de estos datos, la devolución se efecturá en el plazo máximo de un mes.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Por Correo

    DOCUMENTACIÓN:
    • a) Solicitud expresa mediante escrito o instancia modelo general. En cualquier caso, es imprescindible hacer constar dirección de notificación y teléfono de contacto.
    • b) El justificante de pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
    • c) En su defecto, un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
    • d) Copia de la Escritura Pública o del documento privado en el que conste la fusión o absorción de la Sociedad.
    • e) El certificado bancario del código IBAN de la cuenta donde se desea que el Ayuntamiento ingrese los derechos de conexión de acometida a devolver, en la que figure, obligatoriamente, la entidad resultante de la fusión o absorción. En caso contrario, el abono en cuenta no se efectuará.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Consiste en la devolución de la fianza depositada al solicitar el alta en el servicio, al titular de una póliza.

    • El alta en el servicio de abastecimiento de agua debe de ser con anterioridad a marzo de 1994.
    • Si la fecha de alta de su póliza es posterior a 1994, consulte aquí.

    Dirigido a Personas Físicas

    Requisitos

    a) En todos los casos:

    • Haber solicitado la baja y haberse precintado el contador para impedir los consumos.
    • Tener pagados todos los recibos.
    • La devolución de la fianza no podrá solicitarse en los siguientes casos:
      • a) Cuando corresponda a una póliza sujeta a un traslado de póliza.
      • b) Cuando corresponda a una póliza subrogada.

    b) Pólizas domiciliadas:

    • Tener pagados todos los recibos, hasta el precintado del contador.

    c) Pólizas no domiciliadas:

    • Se exige tener pagados todos los recibos, incluido el de liquidación.

    Normativas

    Plazo Presentación

    • a) Pólizas domiciliadas: Se puede solicitar la devolución transcurridos 10 días naturales desde que se precintó el contador.
    • b) Pólizas No domiciliadas: A partir de la fecha de pago del último recibo (el que incluye la lectura de baja).

    Plazo Resolución

    • a) Si se persona el titular de la póliza y ha aportado el justificante de pago de la fianza, la devolución es inmediata.
    • b) Si se persona un representante del titular de la póliza y ha aportado el justificante de pago de la fianza y el certificado bancario del código IBAN de la cuenta de abono del titular, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo máximo de 1 mes.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    a) Para recuperar el importe de la fianza en el momento de la solicitud, deberá personarse el titular de la póliza con la siguiente documentación:

    • Justificante del pago de la fianza, consistente en el contrato que en su día se suscribió mecanizado con el justificante de pago (es decir, con el sello de Tesorería o Depositaria).
    • D.N.I. original del titular de la póliza.

    b) Si dispone del justificante de pago de la fianza, pero solicita la devolución un representante del titular, deberá aportar el certificado bancario del código IBAN de una cuenta bancaria en la que figure, obligatoriamente, el titular de la póliza de agua. En ese caso, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo de 1 mes.

    c) Si no se dispone del justificante del pago, deberá aportar:

    • Solicitud de devolución por escrito cumplimentando modelo específico de instancia a recoger en el lugar de presentación.
    • Un recibo de la póliza de la que se solicita la devolución de fianza.
    • El certificado bancario del código IBAN de una cuenta bancaria donde efectuar el abono del importe de la fianza, en la que figure, obligatoriamente, el titular de la póliza de abastecimiento.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Reducción de un 10% en la tasa a pagar en usos domésticos, si el consumo se ha reducido comparando los dos últimos años.
    Se aplica de oficio, no requiere solicitud.
    Proyecto incluido en el II Catálogo Aragonés de Buenas Prácticas Ambientales del Gobierno de Aragón

    Incentivo al ahorro de agua en usos domésticos y asimilados, reduciendo en un 10% la tarifa aplicable a los consumos de los recibos de un año, si comparando las lecturas de los dos años anteriores se ha producido una disminución mínima del consumo de un 10%.

    Dirigido a Personas Físicas

    Requisitos

    • 1. El consumo comparado de los dos años anteriores, entendiendo cada año como el tiempo que media entre cuatro lecturas consecutivas, haya experimentado una disminución mínima del 10%.
    • 2. No se haya solicitado la baja con anterioridad al 31 de diciembre del segundo año a comparar.
    • 3. El alta de la póliza sea anterior al 1 de enero del primer año a comparar.
    • 4. Se disponga de todas las lecturas, bien por toma directa o facilitada por el usuario a través de los medios puestos a su disposición. A los efectos de considerar que se dispone de todas las lecturas, se desecharán aquellas en las que se haya producido alguna incidencia que afecte al consumo o su medición: escape, bajo consumo justificado, contador antiguo, error en lectura anterior, error en lectura enviada por el abonado, contador parado, etc.
    • 5. El consumo anual en cualquiera de los años a comparar no podrá ser inferior a 37 m³/año.
    • 6. El titular de la póliza sea Comunidad de Propietarios de viviendas o persona física, no fallecida, empadronada en Zaragoza y, en ambos casos, con domicilio fiscal en Zaragoza y correctamente identificado en la Base de Datos Fiscal.
    • 7. El titular ha de tener domiciliados todos los tributos municipales de cobro periódico de los que sea titular, así como estar al corriente de pago de cualquier exacción municipal (art. 18.1h de la Ordenanza Fiscal General Tributaria).
    • 8. La póliza ha de tener domiciliados los recibos.

    Normativas

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Permite reducir las cuotas a pagar por abastecimiento y saneamiento de agua a conjuntos de empresas que se abastecen a través de un único contador municipal.

    Cuando se abastece a más de un usuario comercial o industrial a través de un único contador (contador totalizador), el precio que se aplica sobre los metros cúbicos consumidos es mayor que si se facturaran los consumos individuales por separado, puesto que la tarifa del agua es progresiva (a mayor consumo, más precio).

    Este supuesto, suele ser habitual en polígonos industriales con vías y zonas privadas, grandes superficies comerciales, mercados, etc. Si se dan estas circunstancias, cabe la posibilidad de independizar los consumos de cada usuario, manteniendo el totalizador para facturar las diferencias que existan entre lo que marque éste y los consumos individuales acumulados, a consecuencia de fugas, consumos comunitarios o usos no controlados.

    En el caso de Comunidades de Propietarios abastecidos a través de contador totalizador, consultar la aplicación de coeficiente colectivo .

    Dirigido a Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Requisitos

    Para poder hacer efectiva la independización de consumos, es obligatorio cumplir los requisitos siguientes:

    • a) La independización ha de ser, inexcusablemente, para todos los usuarios de los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua abastecidos a partir de un determinado contador totalizador. Si uno sólo de los usuarios no está de acuerdo, no puede solicitarse la independización.
    • b) Las instalaciones individuales han de adecuarse a la normativa vigente y a las especificaciones concretas de los servicios técnicos municipales.
    • c) Ha de domiciliarse el cobro de los recibos.
    • d) Ha de mantenerse o, en su caso, contratar un contador totalizador para facturar las diferencias que hubiere entre éste y la suma acumulada de los contadores divisionarios.

    Normativas

    Plazo Resolución

    Está en función de las obras que deban hacer los solicitantes para adecuarse a los requisitos técnicos exigidos. La media se sitúa en seis meses, aproximadamente

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    Plazo de validez

    La autorización se concede condicionada al cumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos, y puede ser revocada por resolución del órgano competente por incumplimiento de alguno de ellos, o por no adaptarse a las modificaciones tecnológicas que puedan exigirse.

    En estos supuestos, una vez exista resolución expresa de la revocación, se procederá a facturar los consumos mediante el contador totalizador que ejercía la función de control de diferencias.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Por Correo

    Dirección:
    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Via Hispanidad, 20 (Planta B)
    50009 Zaragoza

    PROCESO:

    Plazo de validez

    La autorización se concede condicionada al cumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos, y puede ser revocada por resolución del órgano competente por incumplimiento de alguno de ellos, o por no adaptarse a las modificaciones tecnológicas que puedan exigirse.

    En estos supuestos, una vez exista resolución expresa de la revocación, se procederá a facturar los consumos mediante el contador totalizador que ejercía la función de control de diferencias.

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Oficina de Gestión Tributaria
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 724545
    • Fax: 976 721766
    • Horario:
      • De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Las instalaciones de fontanería en fincas nuevas deben de ser inspeccionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza, para comprobar su adecuación a la normativa municipal, a partir de la "Comunicación de nueva instalación de suministros de agua" que debe emitir el profesional autorizado que haya efectuado la instalación.

    Sin el informe favorable en el Acta de Inspección y la Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, no se permitirá la contratación de pólizas de suministro (Art. 21.2 OMECGIA).

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Normativas

    Pago

    Deberá abonarse la Tasa por establecimiento de punto de suministro que corresponda, debiendo aportar justificante de pago en la inspección.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    a) El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón da traslado al Ayuntamiento de Zaragoza, quien contacta con el instalador y con el promotor de la obra para citarles a una inspección.

    Si se tramita a través de Empresas colaboradoras, será el Titular de la instalación quien deberá remitir el ejemplar del Certificado de instalación, a la Oficina Municipal del Agua, con carácter previo a la inspección.

    b) La inspección contemplará los ítems siguientes:

    • Comprobación de la existencia de contador de obra y su baja.
    • Comprobar la existencia o no de dobles baterías para abastecer a viviendas.
    • Confirmar la existencia de depósito o depósitos de regulación e indicar su capacidad. (Nº depósitos y capacidad total de almacenaje).
    • Homologación de la batería y comprobación de certificado.
    • Dimensión de batería en función de superficie comercial.
    • Identificación de los puntos de consumo, según criterios municipales o criterios previamente acordados con promotor. Controlar contador de incendios y de servicios comunes (piscina, riego, etc.).
    • Marcaje de la batería y cuadro resumen.
    • Concordancia del número de tomas y su identificación, con los datos de la "Comunicación de nueva instalación de suministro de agua". y con los puntos de consumo.
    • La ausencia de puentes y el precintado de todas las tomas.
    • La existencia de válvulas antirretorno en el punto de alimentación y en el resto de instalaciones que lo requieran (calibres iguales o superiores a 30 mm.).
    • La adecuación del cuarto de contadores:
      • Independiente de otros suministros (gas y electricidad).
      • Dimensiones.
      • Ventilación.
      • Llave normalizada.
      • Desagüe.
      • Punto de luz.
      • Que no existan elementos ajenos al servicio de abastecimiento.
    • Preinstalación para toma centralizada de lecturas: punto de lectura en fachada, instalación de conexiones entre cuarto de contadores en fachada, punto de toma de lectura en cuarto de contadores.
    • En totalizadores: Correcta ubicación del contador; Características del armario, monolito u hornacina; Disponibilidad de llave normalizada; Accesibilidad para lectura; Preinstalación para contadores divisionarios.
    DOCUMENTACIÓN:

    Comunicación de Nueva Instalación de Suministro. Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, o através de empresa colaboradora.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:
    • Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
      Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
      Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas.
    • También a través de Empresas Colaboradoras

    Órgano Gestor

    Oficina Municipal del Agua
    Zentro Empresarial. Avda. Ranillas, 3 A, oficina 0A (Recinto Expo), Planta 0 - Zaragoza 50018

    • Tfno: - 976 293 840 (General)
      - 976 200 800 (Contratación)
      - 976 398 611 (Contestador automático lectura contador)
    • Fax: 976 294 638
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,00 a 20,00 h.
      • Sábados: de 8,30 a 13,30 h

  • DESCRIPCIÓN

    Si se modifica o repara la instalación interior de abastecimiento de una vivienda o local, que afecte al contador de propiedad municipal, debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza, para que se efectúe la inspección preceptiva.

    - Cuando se quiere modificar o reparar una instalación interior de abastecimiento que afecte al contador de propiedad municipal, es necesaria la rotura de los precintos que impiden su manipulación, para lo que es necesaria la correspondiente autorización de desprecinto.- Además, si se quiere modificar el calibre del contador, debe solicitarse la autorización expresa del Ayuntamiento a través de expediente.- Una vez terminada la intervención, debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza, para que se efectúe la inspección preceptiva.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Normativas

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    a) Si no se modifica el calibre del contador, seguir el procedimiento de desprecinto de contadores.
    b) Tras notificar la finalización de la obra, el inspector municipal contactará con el titular de la póliza para concretar fecha de inspección de la instalación.
    c) La inspección contemplará los ítems siguientes:

    • Altura a la que se ha instalado el contador.
    • Accesibilidad para lectura.
    • Capacidad de manipulación para mantenimiento y sustitución.
    • La existencia de válvulas antirretorno en el punto de alimentación y en el resto de instalaciones que lo requieran (calibres iguales o superiores a 30 mm.).
    • La adecuación a las ordenanzas municipales aplicables de cualquier otro elemento del sistema de abastecimiento que sea objeto de modificación, reparación o sustitución.

    d) Las incidencias detectadas, de las que quedará constancia en el acta, deberán ser subsanadas por el titular de la póliza en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección.
    e) El titular de la póliza, será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables, así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve, a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón, por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.

    DOCUMENTACIÓN:
    • 1. Solicitud de desprecinto de contadores
    • 2. Comunicación de modificación de instalación de suministros: Sólo en el caso de modificar el calibre del contador. Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
    Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
    Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Cuando se quiere modificar,reparar o sustituir una batería de contadores, suele ser necesario retirar los contadores de su ubicación. Una vez terminada la intervención, el profesional autorizado que haya fectuado la obra ha de emitir un Certificado de Instalación para que se efectúe las inspecciones preceptivas, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento administrativo para la puesta en servicio de las instalaciones de suministro de agua.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Normativas

    Pago

    Según Ordenanza Fiscal nº 24.25.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    a) La empresa instaladora autorizada facilitará al Ayuntamiento un Certificado de Instalación, en el modelo normalizado por la Diputación General de Aragón en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria y Turismo.(Consulte el apartado de Normativa).
    b) El Ayuntamiento procederá a la inspección de los ítems siguientes:

    • Homologación de la batería y comprobación de certificado.
    • Dimensión de batería en función de superficie comercial.
    • Identificación de los puntos de consumo, según criterios municipales o criterios previamente acordados con el instalador.
    • Marcaje de la batería y cuadro resumen.
    • Concordancia del número de tomas y su identificación, con los datos del Certificado de Instalación. y con los puntos de consumo.
    • Correcta instalación de los contadores desmontados en sus posiciones.
    • La existencia de válvulas antirretorno en el punto de alimentación y en el resto de instalaciones que lo requieran (calibres iguales o superiores a 30 mm.).
    • La adecuación a las ordenanzas municipales aplicables de cualquier otro elemento del sistema de abastecimiento que sea objeto de modificación, reparación o sustitución.

    c) Las incidencias detectadas, de las que quedará constancia en el acta, deberán ser subsanadas por el instalador presente en la inspección en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección.
    d) El instalador responsable de la subsanación de las deficiencias, será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables, así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve, a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón, por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.
    Lugar de Presentación:
    a) Si procede comunicación a la Comunidad Autónoma: Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo del Gobierno de Aragón. Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
    Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
    Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas
    b) En el resto de los supuestos: Gestión de Aguas de Aragón, S.A. C/ Comuneros de Castilla, 1. Local (esquina con Pº Echegaray y Caballero). Tel. 976 293 840. De lunes a viernes de 8,30 a 13,30 y de 15,30 a 18,30 h.

    DOCUMENTACIÓN:

    1. SOLICITUD DE DESPRECINTO DE CONTADORES Consulte el procedimiento
    2. CERTIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
    Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
    Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    En aquellos casos en que el contador de agua se encuentra dentro de la vivienda o local y el usuario del servicio está ausente, se ponen a su disposición varios procedimientos para que el propio abonado pueda tomar la lectura y remitirla al Ayuntamiento de Zaragoza

    En aquellos casos en que el contador de agua se encuentra dentro de la vivienda o local y el usuario del servicio está ausente, se facilita una tarjeta de respuesta comercial para que el propio abonado pueda tomar la lectura y remitirla al Ayuntamiento de Zaragoza con el fin de que no se acumulen consumos y la facturación sea homogénea. También permite controlar que no se han producido consumos irregulares o desproporcionados en la finca que aconsejen una revisión de la instalación particular.La tarjeta de respuesta comercial se introduce por debajo de la puerta y, si ello no es posible, se deposita en el buzón del abonado para evitar riesgos de robo.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Normativas

    Plazo Presentación

    La información deberá facilitarse, por cualquiera de los medios dispuestos al efecto, en el plazo máximo de 5 días a partir de la fecha que conste en la tarjeta de respuesta comercial. Si se remite la información con posterioridad, no puede asegurarse que surta efecto para la facturación.Si el dato facilitado no se considerara correcto, se informará al abonado explicando las causas del rechazo y dando indicaciones para la correcta toma de lectura.

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    Por Teléfono

    Teléfono: 976 398611

    DOCUMENTACIÓN:
    • Nombre y apellidos o razón social del titular de la póliza
    • Dirección finca
    • Nº póliza
    • Teléfono de contacto
    • Fecha de la toma de lectura
    • Lectura que marca el contador (números en negro)

    Por Correo

    PROCESO:

    Enviando la tarjeta de respuesta comercial con la indicación de los metros cúbicos que marca el contador. Esta tarjeta es franqueada en el destino.

    Órgano Gestor

    Oficina Municipal del Agua
    Zentro Empresarial. Avda. Ranillas, 3 A, oficina 0A (Recinto Expo), Planta 0 - Zaragoza 50018

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 294 638
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,00 a 20,00 h.
      • Sábados: de 8,30 a 13,30 h

  • DESCRIPCIÓN

    Las intervenciones del Ayuntamiento en la instalación del abonado para colocar, retirar, o realizar tareas de mantenimiento de los contadores adscritos a las pólizas de abastecimiento, pueden provocar averías a través de las cuales se produzcan pérdidas de agua.En esos casos, debe ponerse en contacto con los servicios técnicos lo antes posible para que reparar la avería y subsanar los desperfectos que pudieran haber ocasionado.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Normativas

    Pago

    Según Ordenanza Fiscal nº 24.25. (ver apartado de Normativa).

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Por Internet

    INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO

    Por Teléfono

    Teléfono: 976 293 840

    PROCESO:
    Atención al público: AGUAS ZARAGOZA. Comuneros de Castilla nº 1.
    Pza. Antonio Beltrán Martínez nº 1, 7ª, Puertas A y B
    Tlfno: 976 200800
    Lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 y de 15,30 a 18,30 h. Sábados de 8,30 a 13,30 h.
    DOCUMENTACIÓN:
    • Nombre y apellidos o razón social del titular de la póliza.
    • N.I.F. o C.I.F.
    • Dirección finca.
    • Teléfono de contacto.

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

  • DESCRIPCIÓN

    Se siguen girando recibos a nombre del titular de la póliza y exigiéndose su pago, mientras no se desmonte el contador o se produzca un cambio de titular.

    Esta problemática se produce con mayor frecuencia en los supuestos siguientes:

    • Instalación en mal estado.
    • Rescisión contrato de alquiler y entrega de llaves al propietario.
    • Negativa del nuevo inquilino o propietario a dejar desmontar el contador.
    • Desahucio.
    • Disolución, fusión y absorción de empresas.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales

    Requisitos

    Algunas sugerencias:

    • Si su problema de titularidad es reciente, intente contactar con el usuario actual del servicio o con el propietario y regularicen la situación de mutuo acuerdo (efectuar cambio de titular y abonar los recibos pendientes o pagados erróneamente por el titular de la póliza). Evitarán tanto intereses de demora como el riesgo de que se instruya expediente sancionador.
    • Si Ud. es propietario de una finca en alquiler, asegúrese siempre de que el suministro de agua está a nombre del inquilino.
    • Si su reclamación es consecuencia de una notificación de embargo del Servicio de Recaudación Municipal, consulte primero con el órgano gestor, para determinar si es posible la paralización del embargo en tanto se resuelva el expediente de reclamación.

    Normativas

    Plazo Resolución

    Una vez presentada la reclamación correspondiente, el plazo de resolución está en función del número de gestiones a realizar (número de propietarios y usuarios distintos que haya habido); las dificultades para acceder y desmontar el contador; y de la diligencia de los afectados en facilitar los datos y realizar los trámites necesarios.Por término medio, el plazo de resolución se sitúa en tres meses.Caso de ser necesaria devolución de ingresos, el plazo máximo se sitúa en seis meses

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    a) Si no ha habido usuarios posteriores al reclamante:

    • Si el desmontaje del contador no se realizó por causas ajenas al reclamante, procederá la anulación de todos los recibos pendientes desde la fecha de solicitud de baja hasta el desmontaje del contador o, en su caso, la devolución de las cantidades abonadas no prescritas.
    • Si el desmontaje no se pudo efectuar por causas imputables al reclamante, le serán exigibles todos los recibos pendientes hasta el momento en que pueda desmontarse el contador.

    b) Si han existido usuarios posteriores al reclamante :

    • Se aplicarán los criterios anteriores hasta la fecha de ocupación de la finca por el usuario siguiente.
    • Serán anulables los recibos con consumos realizados por usuarios posteriores.
    • Si el reclamante ha venido pagando los recibos periódicos emitidos, y ha habido usuarios posteriores, tendrá derecho a la devolución de los importes abonados no prescritos.

    c) En todos los casos el hecho de no haber solicitado la baja en el servicio, se considera infracción por incumplimiento de las obligaciones contraídas (art. 106 c. de la OMECGIA) y, por lo tanto, puede ser objeto de expediente sancionador.

    d) En ningún caso la presentación de reclamación supone la paralización del procedimiento recaudatorio, caso de que existan recibos impagados.

    DOCUMENTACIÓN:

    Instancia modelo general en la que describa las circunstancias que hayan concurrido en su caso y solicite que el Ayuntamiento cumplimente la baja que solicitó y regularice los recibos emitidos desde esa fecha, acompañada de la siguiente documentación:

    • Nota simple del Registro de la Propiedad respecto a los propietarios de la finca en cuestión desde la fecha en que se solicitó la baja hasta el momento de presentar la reclamación.
    • Caso de estar sometido a procedimiento de embargo en vía de apremio, copia de la notificación remitida por el Servicio de Recaudación Municipal.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

    Órgano Gestor

    Unidad de Tasas y Precios Públicos
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 72 4567,4558,3449
    • Fax: 976 721766
    • E-mail: aguas@zaragoza.es
    • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13h.

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