Consiste en la devolución de la fianza que la Entidad titular de la póliza depositó al solicitar el alta en el servicio, al apoderado de la nueva entidad resultante de la fusionó, o en su caso, a la Entidad absorbente.
Dirigido a Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
a) En Todos los casos
b) Pólizas Domiciliadas:
c) Pólizas No Domiciliadas:
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Consiste en la devolución de la fianza depositada al solicitar el alta en el servicio, al titular de una póliza.
Dirigido a Personas Físicas
a) En todos los casos:
b) Pólizas domiciliadas:
c) Pólizas no domiciliadas:
a) Para recuperar el importe de la fianza en el momento de la solicitud, deberá personarse el titular de la póliza con la siguiente documentación:
b) Si dispone del justificante de pago de la fianza, pero solicita la devolución un representante del titular, deberá aportar el certificado bancario del código IBAN de una cuenta bancaria en la que figure, obligatoriamente, el titular de la póliza de agua. En ese caso, la devolución se realizará por transferencia bancaria en el plazo de 1 mes.
c) Si no se dispone del justificante del pago, deberá aportar:
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Reducción de un 10% en la tasa a pagar en usos domésticos, si el consumo se ha reducido comparando los dos últimos años.
Se aplica de oficio, no requiere solicitud.
Proyecto incluido en el II Catálogo Aragonés de Buenas Prácticas Ambientales del Gobierno de Aragón
Incentivo al ahorro de agua en usos domésticos y asimilados, reduciendo en un 10% la tarifa aplicable a los consumos de los recibos de un año, si comparando las lecturas de los dos años anteriores se ha producido una disminución mínima del consumo de un 10%.
Dirigido a Personas Físicas
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Permite reducir las cuotas a pagar por abastecimiento y saneamiento de agua a conjuntos de empresas que se abastecen a través de un único contador municipal.
Cuando se abastece a más de un usuario comercial o industrial a través de un único contador (contador totalizador), el precio que se aplica sobre los metros cúbicos consumidos es mayor que si se facturaran los consumos individuales por separado, puesto que la tarifa del agua es progresiva (a mayor consumo, más precio).
Este supuesto, suele ser habitual en polígonos industriales con vías y zonas privadas, grandes superficies comerciales, mercados, etc. Si se dan estas circunstancias, cabe la posibilidad de independizar los consumos de cada usuario, manteniendo el totalizador para facturar las diferencias que existan entre lo que marque éste y los consumos individuales acumulados, a consecuencia de fugas, consumos comunitarios o usos no controlados.
En el caso de Comunidades de Propietarios abastecidos a través de contador totalizador, consultar la aplicación de coeficiente colectivo .
Dirigido a Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
Para poder hacer efectiva la independización de consumos, es obligatorio cumplir los requisitos siguientes:
Está en función de las obras que deban hacer los solicitantes para adecuarse a los requisitos técnicos exigidos. La media se sitúa en seis meses, aproximadamente
La autorización se concede condicionada al cumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos, y puede ser revocada por resolución del órgano competente por incumplimiento de alguno de ellos, o por no adaptarse a las modificaciones tecnológicas que puedan exigirse.
En estos supuestos, una vez exista resolución expresa de la revocación, se procederá a facturar los consumos mediante el contador totalizador que ejercía la función de control de diferencias.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Dirección:
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Via Hispanidad, 20 (Planta B)
50009 Zaragoza
La autorización se concede condicionada al cumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos, y puede ser revocada por resolución del órgano competente por incumplimiento de alguno de ellos, o por no adaptarse a las modificaciones tecnológicas que puedan exigirse.
En estos supuestos, una vez exista resolución expresa de la revocación, se procederá a facturar los consumos mediante el contador totalizador que ejercía la función de control de diferencias.
Oficina de Gestión Tributaria
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Las instalaciones de fontanería en fincas nuevas deben de ser inspeccionadas por el Ayuntamiento de Zaragoza, para comprobar su adecuación a la normativa municipal, a partir de la "Comunicación de nueva instalación de suministros de agua" que debe emitir el profesional autorizado que haya efectuado la instalación.
Sin el informe favorable en el Acta de Inspección y la Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, no se permitirá la contratación de pólizas de suministro (Art. 21.2 OMECGIA).
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
Deberá abonarse la Tasa por establecimiento de punto de suministro que corresponda, debiendo aportar justificante de pago en la inspección.
a) El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón da traslado al Ayuntamiento de Zaragoza, quien contacta con el instalador y con el promotor de la obra para citarles a una inspección.
Si se tramita a través de Empresas colaboradoras, será el Titular de la instalación quien deberá remitir el ejemplar del Certificado de instalación, a la Oficina Municipal del Agua, con carácter previo a la inspección.
b) La inspección contemplará los ítems siguientes:
Comunicación de Nueva Instalación de Suministro. Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, o através de empresa colaboradora.
Oficina Municipal del Agua
Zentro Empresarial. Avda. Ranillas, 3 A, oficina 0A (Recinto Expo), Planta 0 - Zaragoza 50018
Si se modifica o repara la instalación interior de abastecimiento de una vivienda o local, que afecte al contador de propiedad municipal, debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza, para que se efectúe la inspección preceptiva.
- Cuando se quiere modificar o reparar una instalación interior de abastecimiento que afecte al contador de propiedad municipal, es necesaria la rotura de los precintos que impiden su manipulación, para lo que es necesaria la correspondiente autorización de desprecinto.- Además, si se quiere modificar el calibre del contador, debe solicitarse la autorización expresa del Ayuntamiento a través de expediente.- Una vez terminada la intervención, debe darse cuenta al Ayuntamiento de Zaragoza, para que se efectúe la inspección preceptiva.
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
a) Si no se modifica el calibre del contador, seguir el procedimiento de desprecinto de contadores.
b) Tras notificar la finalización de la obra, el inspector municipal contactará con el titular de la póliza para concretar fecha de inspección de la instalación.
c) La inspección contemplará los ítems siguientes:
d) Las incidencias detectadas, de las que quedará constancia en el acta, deberán ser subsanadas por el titular de la póliza en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección.
e) El titular de la póliza, será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables, así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve, a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón, por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.
Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Cuando se quiere modificar,reparar o sustituir una batería de contadores, suele ser necesario retirar los contadores de su ubicación. Una vez terminada la intervención, el profesional autorizado que haya fectuado la obra ha de emitir un Certificado de Instalación para que se efectúe las inspecciones preceptivas, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento administrativo para la puesta en servicio de las instalaciones de suministro de agua.
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
Según Ordenanza Fiscal nº 24.25.
a) La empresa instaladora autorizada facilitará al Ayuntamiento un Certificado de Instalación, en el modelo normalizado por la Diputación General de Aragón en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria y Turismo.(Consulte el apartado de Normativa).
b) El Ayuntamiento procederá a la inspección de los ítems siguientes:
c) Las incidencias detectadas, de las que quedará constancia en el acta, deberán ser subsanadas por el instalador presente en la inspección en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección.
d) El instalador responsable de la subsanación de las deficiencias, será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables, así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve, a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón, por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.
Lugar de Presentación:
a) Si procede comunicación a la Comunidad Autónoma: Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo del Gobierno de Aragón. Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas
b) En el resto de los supuestos: Gestión de Aguas de Aragón, S.A. C/ Comuneros de Castilla, 1. Local (esquina con Pº Echegaray y Caballero). Tel. 976 293 840. De lunes a viernes de 8,30 a 13,30 y de 15,30 a 18,30 h.
1. SOLICITUD DE DESPRECINTO DE CONTADORES Consulte el procedimiento
2. CERTIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón.
Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
En aquellos casos en que el contador de agua se encuentra dentro de la vivienda o local y el usuario del servicio está ausente, se ponen a su disposición varios procedimientos para que el propio abonado pueda tomar la lectura y remitirla al Ayuntamiento de Zaragoza
En aquellos casos en que el contador de agua se encuentra dentro de la vivienda o local y el usuario del servicio está ausente, se facilita una tarjeta de respuesta comercial para que el propio abonado pueda tomar la lectura y remitirla al Ayuntamiento de Zaragoza con el fin de que no se acumulen consumos y la facturación sea homogénea. También permite controlar que no se han producido consumos irregulares o desproporcionados en la finca que aconsejen una revisión de la instalación particular.La tarjeta de respuesta comercial se introduce por debajo de la puerta y, si ello no es posible, se deposita en el buzón del abonado para evitar riesgos de robo.
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
La información deberá facilitarse, por cualquiera de los medios dispuestos al efecto, en el plazo máximo de 5 días a partir de la fecha que conste en la tarjeta de respuesta comercial. Si se remite la información con posterioridad, no puede asegurarse que surta efecto para la facturación.Si el dato facilitado no se considerara correcto, se informará al abonado explicando las causas del rechazo y dando indicaciones para la correcta toma de lectura.
INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO
Teléfono: 976 398611
Enviando la tarjeta de respuesta comercial con la indicación de los metros cúbicos que marca el contador. Esta tarjeta es franqueada en el destino.
Oficina Municipal del Agua
Zentro Empresarial. Avda. Ranillas, 3 A, oficina 0A (Recinto Expo), Planta 0 - Zaragoza 50018
Las intervenciones del Ayuntamiento en la instalación del abonado para colocar, retirar, o realizar tareas de mantenimiento de los contadores adscritos a las pólizas de abastecimiento, pueden provocar averías a través de las cuales se produzcan pérdidas de agua.En esos casos, debe ponerse en contacto con los servicios técnicos lo antes posible para que reparar la avería y subsanar los desperfectos que pudieran haber ocasionado.
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
Según Ordenanza Fiscal nº 24.25. (ver apartado de Normativa).
INICIAR TRÁMITE SIN CERTIFICADO
Teléfono: 976 293 840
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Se siguen girando recibos a nombre del titular de la póliza y exigiéndose su pago, mientras no se desmonte el contador o se produzca un cambio de titular.
Esta problemática se produce con mayor frecuencia en los supuestos siguientes:
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Comunidad de Propietarios, Empresas, Asociaciones, Centros Educativos, Clubes Deportivos, Entidades Sociales
Algunas sugerencias:
Una vez presentada la reclamación correspondiente, el plazo de resolución está en función del número de gestiones a realizar (número de propietarios y usuarios distintos que haya habido); las dificultades para acceder y desmontar el contador; y de la diligencia de los afectados en facilitar los datos y realizar los trámites necesarios.Por término medio, el plazo de resolución se sitúa en tres meses.Caso de ser necesaria devolución de ingresos, el plazo máximo se sitúa en seis meses
a) Si no ha habido usuarios posteriores al reclamante:
b) Si han existido usuarios posteriores al reclamante :
c) En todos los casos el hecho de no haber solicitado la baja en el servicio, se considera infracción por incumplimiento de las obligaciones contraídas (art. 106 c. de la OMECGIA) y, por lo tanto, puede ser objeto de expediente sancionador.
d) En ningún caso la presentación de reclamación supone la paralización del procedimiento recaudatorio, caso de que existan recibos impagados.
Instancia modelo general en la que describa las circunstancias que hayan concurrido en su caso y solicite que el Ayuntamiento cumplimente la baja que solicitó y regularice los recibos emitidos desde esa fecha, acompañada de la siguiente documentación:
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071