Subvenciones en materia de juventud: convocatoria. Trámites y servicios. Ayuntamiento de Zaragoza

Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer apoyo económico a entidades que desarrollen actividades para jóvenes, como colonias y campamentos, fomentando su participación y desarrollo.

¿Quién puede solicitarlo?

Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos para jóvenes de 12 a 30 años (35 años para jóvenes con discapacidad).

Requisitos principales

  • Ser una asociación o entidad sin ánimo de lucro.
  • Presentar un proyecto de actividades para jóvenes de entre 12 y 30 años (35 años para jóvenes con discapacidad).
  • Cumplir con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Plazos

Plazo de presentación: del 29 de junio al 29 de julio de 2024.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La justificación económica debe presentarse hasta el 15 de febrero de 2025.

Resumen

Este trámite ofrece subvenciones para entidades que realicen colonias, colonias urbanas y campamentos para jóvenes de entre 12 y 30 años (hasta 35 años para jóvenes con discapacidad). El objetivo es impulsar proyectos juveniles, fomentar la participación, promover actividades y fortalecer el asociacionismo.

Lo que necesitas

  • Documentación requerida:
    • Proyecto detallado (S01)
    • Previsión económica de ingresos y gastos (S02)
    • Declaración responsable (S04)
    • Documentación adicional si ha habido cambios en la entidad (S03.1, S03.2, S03.3, S03.4, S03.5)
    • Justificantes de pagos de impuestos en caso de no autorizar la consulta al Ayuntamiento (S21, S22, S23, S24)

Cómo hacerlo

  1. Presentación de la solicitud:

    • A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, con certificado digital o Cl@ve.
    • Rellenar los datos del interesado y la instancia general.
    • Adjuntar la documentación obligatoria y, si es necesario, la documentación adicional.
  2. Justificación económica:

    • La justificación económica debe presentarse hasta el 15 de febrero de 2025.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Silencio administrativo: Negativo (la falta de respuesta se entiende como denegación).

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