Subvenciones de Cooperación al Desarrollo y Emergencia humanitaria

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Financiar proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria llevados a cabo por ONGDs,administraciones locales de países en desarrollo y entidades de la ONU.

¿Quién puede solicitarlo?

ONGD legalmente constituidas,administraciones locales de países en desarrollo y entidades que representan a agencias de la ONU.

Requisitos principales

  • Ser una ONGD legalmente constituida.
  • Ser una administración local de un país en desarrollo.
  • Ser una entidad que represente a agencias de la ONU.

Plazos

Plazo de presentación:del 1 al 26 de julio de 2024.

Duración del trámite

Variable,según proyecto.

Descripción

El Ayuntamiento de Zaragoza,como expresión de la solidaridad de la población zaragozana con los pueblos más desfavorecidos,sostiene una política pública de Cooperación al Desarrollo,de la que el instrumento más importante,por el volumen de recursos destinados,son las subvenciones que,desde 1992 y de manera ininterrumpida,ha concedido,mediante convenios y convocatorias públicas.

Es objeto de las presentes bases regular la Convocatoria de Subvenciones de Cooperación al Desarrollo y Situaciones de Ayuda Humanitaria del Ayuntamiento de Zaragoza para el año 2024,en régimen de concurrencia competitiva.

Dichas subvenciones corresponden a la línea estratégica n.º 2 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza 2024-27,aprobada su actualización para esta anualidad por acuerdo de Gobierno de Zaragoza de 11 de abril de 2024.

MÁS INFORMACIÓN:

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa

Requisitos

Pueden ser beneficiarias de subvención:

  • ONGD legalmente constituidas,de modo individual o asociadas entre sí.
  • Administraciones locales de los países en desarrollo.
  • Entidades que representan a agencias o programas de las Naciones Unidas y a organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional.

Normativas

Plazo de Presentación

Se establece un plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOPZ.

  • Publicadas en el BOPZ nº 147,de 28.06.2024
  • Plazo de presentación: del 1 al 26 de julio de 2024

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet

Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Documentación

  • La solicitud debe incorporar la documentación preceptiva que enumera la base 18ª. Aquella documentación que sea igual para todos los proyectos de una entidad sólo deberá aportarse en uno de ellos,haciendo referencia a la misma en los restantes.
  • Consulte Documentación necesaria

Proceso.

1. SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN

Plazo:

  • Publicadas en el BOPZ nº 147,de 28.06.2024
  • Plazo de presentación: del 1 al 26 de julio de 2024

Para la correcta presentación de la subvención puedes consultar:Guía para la Solicitud

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Solicitud

2. COMUNICACIÓN DE INICIO DEL PROYECTO

La entidad subvencionada deberá comunicar la fecha efectiva de inicio del proyecto o las circunstancias que impidan iniciarlo en el plazo de un mes posterior a la transferencia de los fondos,de acuerdo con la Base 22ª.

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Comunicación de Inicio

3. MODIFICACIONES (adecuaciones y reformulaciones)

La entidad subvencionada deberá informar de cualquier circunstancia que pudiera afectar al desarrollo del proyecto y de las modificaciones que se pretendan introducir en la realización del mismo,de acuerdo con la Base 24ª.

Para la correcta presentación de la subvención puedes consultar:Guía para las Modificaciones

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo:Modificaciones

4. INFORME DEL SEGUIMIENTO DEL PROYECTO

La presentación del Informe de seguimiento es obligatoria para los proyectos de la convocatoria de 2023.

  • 1ER INFORME SEGUIMIENTO al 7º MES del comienzo el proyecto:Todos los proyectos cuya duración exceda los 10 meses.
  • 2º INFORME DE SEGUIMIENTO al 13º MES del comienzo del proyecto:Si el proyecto dura más de 15 meses.

Se deberá incorporar la documentación que enumera la Base 27ª.

Para la correcta presentación del Informe de Seguimiento puedes consultar: Guía para el Seguimiento

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo:Informe Seguimiento

5. INFORME FINAL DEL PROYECTO

Una vez finalizado el proyecto,incluidas todas las ampliaciones autorizadas,se presentará la justificación de la subvención en el plazo máximo de tres meses. La presentación del Informe Final debe incorporar la documentación que enumera la Base 31ª.

Para la correcta presentación del Informe Final puedes consultar:Guía para la Justificación

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo:Informe Final


Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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