Subvenciones a entidades de protección animal

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Financiar a entidades de protección animal para actuaciones relacionadas con el bienestar y la protección animal en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades de protección animal que desarrollen su actividad en Zaragoza y sus barrios rurales,inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas.

Requisitos principales

  • Desarrollar actividad en Zaragoza y barrios rurales durante al menos 1 año.
  • Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas con antigüedad mínima de 1 año.
  • Estar al corriente de obligaciones fiscales.
  • Acreditar Plan de Igualdad si es obligatorio.

Plazos

Plazo de presentación:del 29/10/2024 al 19/11/2024

Duración del trámite

No especificado

Descripción

Resolución Provisional

Convocatoria 2024

El presente documento tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a conceder en régimen de concurrencia competitiva para la financiación a las entidades de protección animal en el año 2024,para que desde su capacidad de influencia,inviertan sus esfuerzos sociales en actuaciones relacionadas con el bienestar y la protección animal en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza para el periodo 2024 a 2027,aprobado por el Gobierno de Zaragoza el 11 abril de 2024,dentro de la Línea Estratégica nº 6:Medio Ambiente y Sostenibilidad.

MÁS INFORMACIÓN

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa

Requisitos

  • Desarrollar su actividad efectiva en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales,acreditada como mínimo de 1 año en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza con una antigüedad mínima de un año desde el momento de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Conforme al art. 60 del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana podrán optar a ser inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas:todas las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas,que se organicen democráticamente y que tengan como objetivos la defensa,el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio,cuyo ámbito de actuación comprenda en todo caso el término municipal o parte de éste y tengan en él su sede social o una delegación estable¿ en el término municipal de Zaragoza.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento,la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social,en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la correcta justificación de la subvención que se conceda.
  • Acreditar la disposición de un Plan de Igualdad en caso de ser obligatorio conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

Impresos relacionados

Normativas

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles,a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón,Sección Provincia de Zaragoza.

  • Publicadas en el BOPZ de:28/10/2024.
  • Plazo de presentación:del 29/10/2024 al 19/11/2024

Silencio Administrativo

NEGATIVO

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Documentación

Las Entidades presentarán su solicitud únicamente mediante instancia según Anexo I que se acompaña a estas bases y debidamente cumplimentada en todos sus campos,suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad o poder legal para ello,acompañada de la siguiente documentación:

1) EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA SUBVENCIÓN:(ANEXO I)

  • Instancia de solicitud de la subvención
  • Certificación del/la representante legal y de la composición de la Junta Directiva
  • Memoria General de la Entidad.
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar.
  • Ficha de Terceros:Certificación bancaria de titularidad de cuenta,en caso de no haberla aportado con anterioridad. (Descargar en:https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/39195).
  • Declaración de concurrencia de subvenciones
  • Cuando las entidades soliciten por primera vez subvención al Ayuntamiento deberán presentar:
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad.

2) EN EL MOMENTO DE JUSTIFICAR LA SUBVENCIÓN:(ANEXO II) (Documentación a presentar del 2 de enero al 29 de febrero de 2025)

  • La documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de valoración de la base undécima.

Proceso.

1) La solicitud

Esta convocatoria tiene tramitación exclusivamente electrónica.

Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza en la siguiente dirección: Registro General (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/11901 y deberán presentarse necesariamente acompañadas de los documentos que se indican en la convocatoria,digitalizados en formato PDF.

Se tendrá como no presentada la documentación que se haga llegar por medios diferentes al indicado en el apartado anterior,conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de necesitar alguna aclaración en relación a la documentación a presentar podrán solicitar la información a través de la siguiente dirección de correo electrónico :proteccionanimal@zaragoza.es.

2) La justificación

La documentación se presentará conforme a lo dispuesto en el apartado anterior realizándose unicamente según los modelos que figuran como Anexos a estas Bases.


Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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