Solicitud de Declaración de Interés Ciudadano

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar la declaración de Interés Ciudadano para entidades inscritas en el Censo Municipal que cumplan los requisitos.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades ciudadanas,federaciones o uniones inscritas más de dos años en el censo municipal.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas por más de dos años.
  • Tener fines estatutarios de interés social.
  • Tener funcionamiento democrático.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Plazos

Actualización de documentos antes del 1 de marzo de cada año.

Duración del trámite

No especificado

Descripción

Las entidades declaradas de Interés Ciudadano deberán presentar todos los años,antes del 1 de marzo,la actualización de los documentos presentados para su obtención. La falta de presentación podrá dar lugar a la pérdida de esta Declaración.

Procedimiento de Solicitud de declaración de Interés Ciudadano por parte de las entidades ciudadanas,federaciones y uniones inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas,que tengan fines estatutarios de interés social y funcionamiento democrático y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Requisitos

Podrán solicitar la declaración de Interés Ciudadano las entidades ciudadanas,federaciones o uniones que lleven inscritas más de dos años en el censo municipal de entidades ciudadanas. Esta declaración podrá ser de carácter vecinal,ambiental,deportivo,cultural,social y otras análogas con arreglo al tipo de actividad que desarrolle la entidad.

Impresos relacionados

Plazo de Presentación

Tramitación de solicitudes en cualquier momento siempre que cumplan los requisitos establecidos. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Órganos Territoriales y de Participación Ciudadana aprobado en sesión del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 28 de julio de 2005,el Reglamento Orgánico del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza y la ley 57/2003 de Modernización del Gobierno Local.

Silencio Administrativo

NEGATIVO

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Documentación

La entidad solicitante incorporará a tal solicitud una memoria suscrita por el Presidente y el Secretario relativa a:

  • Número de socios,personas físicas,que integran la Asociación o conjunto de asociaciones.
  • Beneficiarios de los servicios o actividades que realiza la entidad y los requisitos establecidos para recibir sus atenciones o prestaciones.
  • Medios personales y materiales de que dispone la entidad.
  • Las actividades desarrolladas en los dos últimos años.
  • Resultados obtenidos.
  • Nivel o grado de cumplimiento de los fines estatutarios.

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo lasInstrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional,si la hubiera.
  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud,se requerirá al interesado para que,en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,con indicación de que,si así no lo hiciera,se tendrá por desistido de su petición.

Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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