Responsabilidad Patrimonial

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos reclamar una indemnización por daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica que haya sufrido daños como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

Requisitos principales

  • Haber sufrido un daño o lesión en sus bienes o derechos.
  • Que el daño sea consecuencia del funcionamiento de un servicio público.
  • Que no exista fuerza mayor o deber jurídico de soportar el daño.

Duración del trámite

Máximo 6 meses. Tramitación abreviada:1 mes.

Descripción

Se entiende por responsabilidad patrimonial de la Administración al reconocimiento del derecho a indemnización por las lesiones o los daños ocasionados a los ciudadanos en cualquiera de sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos,salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar.

Este procedimiento se iniciará y se regirá con carácter general por la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,cuya regulación incluye el procedimiento de reclamación de responsabilidad de éstas.

También serán de aplicación para el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial en que incurran las Administraciones Públicas cuando actúen en relaciones de Derecho privado.

Impresos relacionados

Normativas

Plazo de Resolución

Máximo de 6 meses. Tramitación abreviada:1 mes

Silencio Administrativo

NEGATIVO

Recursos que proceden

  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación

Por internet

Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Registro Seminario

  • Vía Hispanidad,20 50071
  • Horario:Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.

Oficina de Registro Plaza del Pilar

  • Pza. del Pilar,18 50071
  • Horario:Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos). Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.
Documentación
  • Comunicación de reclamación.
  • Fotocopia del NIF/DNI
  • Documento acreditativo de representación (si corresponde)
  • Documentación relacionada con el siniestro ocurrido,tales como informes médicos,atestados de accidentes,facturas,fotografías,etc.
Proceso
  • Presentar la reclamación en el Registro General y Desarrollo Procedimental
  • Adjunte la documentación requerida
  • En el caso de que se requiera nueva documentación,adjúntela.

Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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