Recurso Extraordinario de Revisión
Información Rápida
Objetivo
Permite recurrir actos administrativos firmes cuando hay error de hecho,documentos esenciales nuevos,documentos falsos o prevaricación.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas.
Requisitos principales
- Que se recurra un acto firme en vía administrativa.
- Que concurra alguna de las circunstancias legales.
- Que se interponga en el plazo legal.
Plazos
4 años por error de hecho; 3 meses desde conocimiento de documentos o firmeza de sentencia.
Duración del trámite
3 meses
Descripción
Mediante el presente recurso se pueden recurrir los actos firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Que al dictar el acto se haya incurrido en error de hecho,que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
- Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que,aunque sean posteriores,evidencien el error de la resolución recurrida.
- Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme,anterior o posterior a aquella resolución.
- Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación,cohecho,violencia,maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
Los requisitos que deben cumplirse para poder presentar dicho recurso son:
- Que se recurra un acto firme en vía administrativa.
- Que concurra alguna de las circunstancias mencionadas en el apartado anterior.
- Que se interponga en el plazo legalmente establecido.
El recurso se deberá interponer dentro del plazo de 4 años siguientes a la fecha de la resolución impugnada,cuando se hubiere incurrido en error de hecho,que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. En los demás casos,el plazo será de 3 meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.
Requisitos
Procedimiento de carácter horizontal,común a todas las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento
Normativas
- Ley 11/2007,de 22 de junio,de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- LEY 7/1999,de 9 de abril,de Administración Local de Aragón.
Plazo de Resolución
3 meses
Silencio Administrativo
NEGATIVO
Recursos que proceden
Recurso Contencioso-Administrativo
Formas de tramitación
Por internet
Por Internet
Iniciar trámite con certificado o Cl@ve
Documentación
- Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
- Acreditación de representación (en su caso)
- Fotocopia del CIF
Proceso.
Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes pasos:
- Que documentación tiene que enviar:
- Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador.
- Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.
- Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general,en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
- Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional,si la hubiera,y pulse la opción Enviar.
- A continuación,se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta"
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Oficina de Registro Seminario
- Direccion:Vía Hispanidad,20 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
- Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos)
- Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.
También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales
Documentación
- Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
- Acreditación de representación (en su caso)
- Fotocopia del CIF
Proceso
- Presentar el escrito en los Registros Municipales
- Adjuntar la documentación requerida
Por correo
Correo
Dirección
Registro General y Desarrollo Procedimental/Oficina de Relaciones con los Ciudadanos Pza. del Pilar,18,Planta B - Zaragoza 50003
Documentación
- Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
- Acreditación de representación (en su caso)
- Fotocopia del CIF
Proceso
- Enviar por correo el Recurso junto con la documentación requerida
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.