Recurso Extraordinario de Revisión

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite recurrir actos administrativos firmes cuando hay error de hecho,documentos esenciales nuevos,documentos falsos o prevaricación.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas.

Requisitos principales

  • Que se recurra un acto firme en vía administrativa.
  • Que concurra alguna de las circunstancias legales.
  • Que se interponga en el plazo legal.

Plazos

4 años por error de hecho; 3 meses desde conocimiento de documentos o firmeza de sentencia.

Duración del trámite

3 meses

Descripción

Mediante el presente recurso se pueden recurrir los actos firmes en vía administrativa cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  • Que al dictar el acto se haya incurrido en error de hecho,que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
  • Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que,aunque sean posteriores,evidencien el error de la resolución recurrida.
  • Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme,anterior o posterior a aquella resolución.
  • Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación,cohecho,violencia,maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

Los requisitos que deben cumplirse para poder presentar dicho recurso son:

  • Que se recurra un acto firme en vía administrativa.
  • Que concurra alguna de las circunstancias mencionadas en el apartado anterior.
  • Que se interponga en el plazo legalmente establecido.

El recurso se deberá interponer dentro del plazo de 4 años siguientes a la fecha de la resolución impugnada,cuando se hubiere incurrido en error de hecho,que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. En los demás casos,el plazo será de 3 meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.

Requisitos

Procedimiento de carácter horizontal,común a todas las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento

Normativas

Plazo de Resolución

3 meses

Silencio Administrativo

NEGATIVO

Recursos que proceden

Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet

Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Documentación

  • Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
  • Acreditación de representación (en su caso)
  • Fotocopia del CIF

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes pasos:

  1. Que documentación tiene que enviar:
  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.
  1. Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general,en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
  • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional,si la hubiera,y pulse la opción Enviar.
  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta"

Presencial

Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Registro Seminario

  • Direccion:Vía Hispanidad,20 50071
  • Horario
  • Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.

Oficina de Registro Plaza del Pilar

  • Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
  • Horario
  • Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos)
  • Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.

También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales

Documentación

  • Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
  • Acreditación de representación (en su caso)
  • Fotocopia del CIF

Proceso

  • Presentar el escrito en los Registros Municipales
  • Adjuntar la documentación requerida

Por correo

Correo

Dirección

Registro General y Desarrollo Procedimental/Oficina de Relaciones con los Ciudadanos Pza. del Pilar,18,Planta B - Zaragoza 50003

Documentación

  • Escrito de interposición de Recurso Extraordinario de Revisión
  • Acreditación de representación (en su caso)
  • Fotocopia del CIF

Proceso

  • Enviar por correo el Recurso junto con la documentación requerida

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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