Plusvalía. Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Exenciones Subjetivas.
DESCRIPCIÓN
El Artículo 105.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales dispone que están exentos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, los incrementos de valor correspondientes cuando la obligación de satisfacer dicho impuesto recaiga sobre las siguientes personas o entidades:
- El Estado, las Comunidades Autónomas y Entidades locales a las que pertenezca el municipio, así como los organismos autónomos del Estado y las Entidades de Derecho Público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas de dichas entidades locales.
- El municipio de la imposición y demás entidades locales integradas o en las que se integre dicho Municipio, así como sus respectivas entidades de derecho público de análogo carácter a los Organismos Autónomos del Estado.
- Las Instituciones que tengan el carácter de benéficas o benéfico - docentes.
- Las entidades gestoras de la Seguridad Social, y las Mutualidades de Previsión Social, reguladas por la ley 30/1995 de 8 de Noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
- Los titulares de concesiones administrativas revertibles respecto de los terrenos afectos a las mismas.
- La Cruz Roja Española.
- Las personas ó entidades a cuyo favor se haya reconocido la exención en Tratados o Convenios Internacionales.
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Empresas
Requisitos
La declaración será presentada por los sujetos pasivos. Se distingue entre:
- Actos inter-vivos (compra-venta, donaciones, permutas, etc.).
- Actos por causa de muerte.
El derecho de exención habrá de referirse siempre a la persona o entidades sobre la que recaiga el impuesto.
Normativas
- Ordenanza Fiscal nº 9: Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (2018-2019) (documento pdf)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Pago
No hay obligación de pago.
Plazo Presentación
- Actos inter-vivos: el plazo para declarar es de 30 días hábiles a contar desde la fecha de otorgamiento del documento público.
- Actos por causa de muerte: seis meses prorrogables a solicitud del sujeto pasivo conforme a determinadas reglas.
FORMAS DE TRAMITACIÓN
Presencial
DOCUMENTACIÓN:
- Impreso de Autoliquidación. Deberá consignarse en la casilla correspondiente del impreso de la autoliquidación la disposición legal o el artículo de la Ordenanza que ampara el beneficio de la exención.
- Documento en el que conste el acto o contrato que origina la imposición, fotocopia del cual quedará en poder de la administración
- El declarante deberá probar el supuesto de hecho de la norma cuyas consecuencias invoca a su favor.
En el caso de entidades benéficas o benéfico-docentes, deberá aportarse la oportuna calificación del Ministerio de Educación y Ciencia o del Ministerio de Interior.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Unidad de Plusvalia
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 724554, 4561, 3434, 3435
- Fax: 976 721766
- Horario:
- Atención presencial: de lunes a viernes de 8,30 a 13h.
- Atención telefónica: de lunes a viernes de 8,30 a 10,30h
Impresos relacionados
- Autoliquidación Transmisiones Lucrativas : Herencias y Donaciones (PV-101) (documento pdf)
- Autoliquidación Transmisiones Onerosas (PV-100) (documento pdf)
- Impreso de Comunicación de la Transmisión. (PV-102) (documento pdf)
- Modelo de Representación para actuaciones relativas a la Gestión de Tributos Municipales (documento pdf)
Órgano Gestor
Sección Plusvalía
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 724554, 4561, 3434, 3435
- Fax: 976 721766
- Horario:
- Atención presencial: de lunes a viernes de 8,30 a 13h.
- Atención telefónica: de lunes a viernes de 8,30 a 10,30h
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Antonio Leyva, 87, Zaragoza
Tel. 976 726 096
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL DELICIAS
Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza
Tel. 976 726 058
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
María Zambrano, 56, Zaragoza
Tel. 976 726 085
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza
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Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza
Tel. 976 726 024
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO
San Pablo, 37, Zaragoza
Tel. 976 721 482
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Pza. Mayor, 2, Zaragoza
Tel. 976 726 062 / 60
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Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza
Tel. 976 726 104
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Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO
Calle del Pilón, 147, Zaragoza
Tel. 976 328 241
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza
Tel. 976 724 588
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.
JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA
Viñedo Viejo, 1, Zaragoza
Tel. 976 726 007
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.