Padrón Municipal de Habitantes: Alta de menores

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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DESCRIPCIÓN

El padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año. El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre sus persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.

A efectos padronales se considera mayor de edad con 16 años cumplidos. Los menores de 16 años no pueden inscribirse solos en un domicilio. Deberá inscribirse, al menos, con una persona mayor de edad.

IMPORTANTE

Es obligación de todos los vecinos comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales, en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en le padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio (art. 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio y realizar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos consignados en su solicitud durante el plazo de TRES MESES desde la fecha en que ha sido formulada. Dicho plazo es el máximo para resolver el empadronamiento, (art. 42.3 Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de RJ y PAC).

Las omisiones o falsedades producidas en las hojas de inscripción padronal, así como el incumplimiento de las demás obligaciones dimanantes de los preceptos relativos al empadronamiento serán sancionadas con multa, conforme a lo dispuesto en la la legislación de régimen local y normativa padronal.

Dirigido a Personas Físicas

Requisitos

  • Ser menor de 16 años (a efectos padronales, el mayor de 16 años puede actuar sin representante)
  • Residir en el municipio la mayor parte del año.
  • Debe se representado por quien ostente su patria potestad o tutela.

Normativas

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Presencial

PROCESO:

Cita Previa

Es aconsejable, si va a realizar el trámite en la Oficina de Relaciones con el Ciudadano (ORC), y en las Las Juntas Municipales de Actur-Rey Fernado, Casco Histórico, Centro, Delicias, El Rabal , La Almozara, Las Fuentes, San José, Torrero, Universidad y Junta Vecinal de Monzalbarba.

Puede solicitar la Cita previa:

DOCUMENTACIÓN:

A) Impreso de Solicitud de trámites en relación con menores.

B) Declaración responsable en relación con menores.

C) Documentos de identidad del menor y de su representante (Original y Copia).

Representante:

  • Españoles: DNI, Pasaporte o permiso de conducir.
  • Extranjeros comunitarios (o asimilados): NIE / Pasaporte o carta de identidad de su país de origen, en vigor.
  • Extranjeros no comunitarios: NIE / Pasaporte, en vigor.

Menor / es de 16 años:

  • DNI / NIE / Pasaporte
  • Libro de Familia
  • Certificación de nacimiento de Registro Civil

D) Documentación Acreditativa de la representación

  • Sentencia de separación, divorcio, tutela o adopción.
  • Autorización gubernativa del país de origen
  • Resolución de guarda, o acogimiento preadoptivo
  • Autorización de DGA, en el supuesto de adopción internacional

E) Impresos de Autorización

  • Si en la vivienda figura alguien empadronado, deberá aportarse autorización de una persona mayor de edad inscrita en la misma, que sea el propietario, posea contrato de alquiler o de uno de los servicios de suministro (electricidad, agua, gas, telefonía fija), junto con la documentación acreditativa de su identidad (copia y original del DNI / NIE / tarjeta de residencia / pasaporte.
  • Si la vivienda es colectiva, la autorización debe ir sellada y firmada por el representante legal adjuntando copia de su NIF/CIF.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Oficina de Relaciones con los Ciudadanos (ORC, Plaza del Pilar)
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721232, 1233, 1069
  • Horario:
    • Lunes a Jueves de 8,30 a 14,30 h.
    • Viernes de 8,30 a 14,30 h. y de 16,00 a 18,30 h.

    Aconsejable Cita Previa:

    Tarjeta Ciudadana

    • Solicitud: de 09 h. a 14,30 h. y de 16 h. a 18,30 h. (miércoles, jueves y viernes)
    • Recogida: de 09 h. a 14,30 h.

Oficina de Relaciones con los Ciudadanos (ORC, Edificio Seminario)
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • Tfno: 010 (desde fuera de Zaragoza: 976 721234)
  • Horario:
    • Lunes a Jueves de 8,30 a 14,30 h. y de 16,00 a 18,30 h.
    • Viernes de 8,30 a 14,30 h.

    Necesaria la Cita Previa:

    Tarjeta Ciudadana

    • Solicitud: de 08,30 h. a 14,30 h. y de 16 a 18,30 h. (lunes y martes)
    • Para recoger la Tarjeta: de 09 h. a 18,30 h. (en el mostrador de Información, excepto julio y agosto: de 08,30 a 14,30h)

También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Unidad de Estadística y Gestión de Padrón de Población
C/ Domingo Miral, 3 - Zaragoza 50009

  • Tfno: 976721777,1783
  • Fax: 976 721789
  • Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 13,30 h.

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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