Padrón: Comprobación periódica de la residencia (extranjeros sin obligación de renovar)

Actualizado el 18 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Comprobar periódicamente la residencia en el municipio de ciudadanos de la UE y otros extranjeros sin obligación de renovar su inscripción padronal.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos de la Unión Europea,del Espacio Económico Europeo,Suiza,familiares de comunitarios con tarjeta de residencia o personas con autorización de residencia de larga duración.

Requisitos principales

  • Ser ciudadano de la UE,EEE,Suiza o tener Tarjeta de Régimen Comunitario o Autorización de Residencia de Larga duración.
  • Residir en el municipio la mayor parte del año.

Duración del trámite

El Ayuntamiento tiene un plazo máximo de TRES MESES para resolver el empadronamiento.

Padrón:Comprobación periódica de la residencia (extranjeros sin obligación de renovar)

El padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.

La inscripción en el Padrón municipal de ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega,Islandia,Liechtenstein y Suiza),ciudadanos con tarjeta de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia de larga duración está sujeta a comprobación periódica de la residencia en el municipio.

La no confirmación de la residencia en el municipio supondrá la baja por caducidad de la inscripción.

IMPORTANTE

Es obligación de todos los vecinos comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales,en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio (art. 68 RD 1690/1986,del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio y realizar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación,conocimiento y comprobación de los datos consignados en su solicitud durante el plazo de TRES MESES desde la fecha en que ha sido formulada. Dicho plazo es el máximo para resolver el empadronamiento,según lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las omisiones o falsedades producidas en las hojas de inscripción padronal,así como el incumplimiento de las demás obligaciones dimanantes de los preceptos relativos al empadronamiento serán sancionadas,conforme a lo dispuesto en la la legislación de régimen local y normativa padronal.

Requisitos

  • Ser ciudadano de la UE,de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia,Liechtenstein,Noruega),Suiza o,sin pertenecer a los anteriores,tener Tarjeta de Régimen Comunitario (por ser familiares de comunitarios) o tener Autorización de Residencia de Larga duración.
  • Residir en el municipio la mayor parte del año.

Impresos relacionados

Normativas

Formas de tramitación

Presencial

Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Relaciones con la Ciudadanía (ORC,Plaza del Pilar)

  • Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
  • Horario
  • Lunes a viernes de 8:30 a 14:00 h (excepto festivos)
  • Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h
  • SIN CITA PREVIA

También en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales

Documentación

Si comparece personalmente:

  • Documento acreditativo de su identidad (original y copia).
  • Modelo M008

Si comparece a través de representante:

  • Original y copia del documento de identidad del representante.
  • Modelo M008 bis.
  • Copia del documento de identidad del representado.
  • Acreditación de la representación (Poder otorgado ante notario español,apoderamiento efectuado ante Letrado de la Administración de Justicia por comparecencia personal en cualquier oficina judicial o electrónica en la correspondiente Sede judicial electrónica,o acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente).

Documentación acreditativa de la identidad.

Los impresos específicos se pueden obtener en esta página,en el apartado Impresos relacionados.

Proceso

1. En la Oficina de Relaciones con la Ciudadanía,sita en la Plaza del Pilar,18. SIN CITA PREVIA. (Consulte horarios en el apartado "Lugar de presentación").

2. En las Juntas Municipales y Juntas Vecinales, SIN CITA PREVIA de 9:30 a 13:30. Si desea acudir CON CITA PREVIA de 8:30 a 9:30 puede solicitarla:

  • En línea ó
  • Por teléfono (consulte teléfono de la Junta deseada en el enlace a las Juntas en el apartado "Lugar de presentación").

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.