Padrón: Altas. Trámites y servicios. Ayuntamiento de Zaragoza
Información Rápida
Objetivo
Inscribirse en el padrón municipal de Zaragoza para acreditar la residencia y poder acceder a los servicios municipales.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que viva en Zaragoza la mayor parte del año.
Requisitos principales
- Vivir en Zaragoza la mayor parte del año.
Duración del trámite
El trámite es inmediato en la mayoría de los casos.
Resumen
Este trámite se realiza TOTALMENTE de manera PRESENCIAL en las ubicaciones indicadas.
El padrón es el registro de habitantes de Zaragoza. Es importante inscribirse y mantener los datos actualizados, ya que sirve como prueba de residencia. Tienes derecho a acceder a tus datos y corregirlos si es necesario.
Es obligatorio informar al Ayuntamiento sobre cualquier cambio en tus datos personales. El Ayuntamiento puede solicitar documentación adicional para verificar tu domicilio y tiene hasta tres meses para comprobar la información proporcionada. Proporcionar información falsa o no registrarse en el padrón puede acarrear sanciones.
Lo que necesitas
- Requisitos:
- Vivir en Zaragoza la mayor parte del año para poder empadronarse.
Cómo hacerlo
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Paso a paso del proceso:
- Acude a la Oficina de Relaciones con la Ciudadanía (Plaza del Pilar, 18) sin cita previa. Consulta los horarios en la sección "Lugar de presentación".
- También puedes ir a las Juntas Municipales y Vecinales sin cita previa de 9:30 a 13:30. Si prefieres ir con cita previa de 8:30 a 9:30, puedes solicitarla:
- En línea
- Por teléfono (consulta el número de la Junta en el enlace a las Juntas en la sección "Lugar de presentación").
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Documentación:
- Debes presentar los documentos de identidad de todas las personas que se van a empadronar y los documentos que demuestren que la vivienda es su residencia habitual. Si inscribes a menores o representas a otra persona, deberás presentar la documentación correspondiente.
- Documentación acreditativa de la identidad
- Documentación acreditativa de la representación.
- Documentación acreditativa del domicilio.
- Se debe presentar el original y copia de todos los documentos, excepto del documento de identidad del representado (si actúas en su nombre) y del autorizante (si se requiere autorización).
Ayuda
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Contacto:
- Observatorio de Estadística Municipal
- C/ Domingo Miral, 1 - 50009
- Teléfonos: 976 721777, 1640
- Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 13:30
- Observatorio de Estadística Municipal
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Recursos adicionales:
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Normativas:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, actualizada a 8 de abril de 2023.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.