Padrón: Alta de menores
Información Rápida
Objetivo
Permite registrar a un menor en el padrón municipal,acreditando su residencia en el municipio.
¿Quién puede solicitarlo?
Padres,madres o tutores legales del menor.
Requisitos principales
- Residir en el municipio la mayor parte del año.
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de TRES MESES.
Descripción
El padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos. Los residentes tienen el deber de empadronarse en el término municipal donde residan y de comunicar las variaciones de los datos de su inscripción. El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
IMPORTANTE Es obligación de todos los vecinos comunicar al Ayuntamiento las variaciones de sus circunstancias personales,en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio (art. 68 RD 1690/1986,del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).
El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio y realizar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación,conocimiento y comprobación de los datos consignados en su solicitud durante el plazo de TRES MESES desde la fecha en que ha sido formulada. Dicho plazo es el máximo para resolver el empadronamiento,según lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las omisiones o falsedades producidas en las hojas de inscripción padronal,así como el incumplimiento de las demás obligaciones dimanantes de los preceptos relativos al empadronamiento serán sancionadas,conforme a lo dispuesto en la legislación de régimen local y normativa padronal.
Requisitos
- Residir en el municipio la mayor parte del año.
Impresos relacionados
- [M001] - Padrón Municipal:Declaración responsable para el empadronamiento de menores,con un solo progenitor,cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y no existe Resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia. (https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Padron-M001.pdf)
- [M002 bis]:Declaración responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor,con autorización o Resolución judicial que atribuye la guarda y custodia compartida e indica el lugar de empadronamiento (https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Padron-M002-bis.pdf)
- [M002] - Padrón Municipal:Declaración responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor,cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial,y el solicitante tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva. (https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Padron-M002.pdf)
- [M003] - Declaración conjunta o acuerdo en relación con menores para la inscripción o el cambio de domicilio de menores no emancipados en el Padrón municipal de habitantes. (https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Padron-M003.pdf)
Normativas
- Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985,de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 1690/1986,de 11 de julio,por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 29 de abril de 2020,de la Subsecretaría,por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020,de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal,actualizada a 8 de abril de 2023.
Formas de tramitación
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Oficina de Relaciones con la Ciudadanía (ORC,Plaza del Pilar)
- Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 14:00 h (excepto festivos)
- Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h
- SIN CITA PREVIA
En las Juntas Municipales y Juntas Vecinales
Documentación
- Documentación acreditativa de la identidad.
- Documentación acreditativa de la representación.
- Documentación acreditativa del domicilio.
Se presentará original y copia de todos los documentos,excepto del documento de identidad del representado (en caso de actuar por representación) y del autorizante (en los casos en que se requiera autorización).
Proceso
1. En la Oficina de Relaciones con la Ciudadanía,sita en la Plaza del Pilar,18. SIN CITA PREVIA. (Consulte horarios en el apartado "Lugar de presentación").
2. En las Juntas Municipales y Juntas Vecinales,SIN CITA PREVIA de 9:30 a 13:30. Si desea acudir CON CITA PREVIA de 8:30 a 9:30 puede solicitarla:
- En línea ó
- Por teléfono (consulte teléfono de la Junta deseada en el enlace a las Juntas en el apartado "Lugar de presentación).
Preguntas Frecuentes
Los que están directamente relacionados con la gestión del padrón municipal son los siguientes Trámites
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.