Obras Menores sujetas a Licencia (X014)

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite realizar obras menores que afecten al exterior de edificios catalogados o en entornos de BIC/BCPCA,requiriendo informe de patrimonio.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que deseen realizar obras menores en edificios o conjuntos urbanos catalogados.

Requisitos principales

  • Instancia-formulario normalizada (Modelo 450).
  • Fotocopia DNI / CIF y acreditación de representación.
  • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e ICIO.
  • Memoria / descripción de la actuación a realizar.
  • Presupuesto detallado por partidas.

Duración del trámite

No especificado,depende de la tramitación y la obtención del informe de patrimonio.

Información adicional

Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación.

Obras Menores

Son obras caracterizadas por su escasa entidad económica y por su sencillez técnica,que les exime de la necesidad de proyecto técnico,dirigidas a la simple reparación,decoración,ornato o cerramiento.

En ningún caso las obras menores suponen alteración del volumen o de la superficie construida,del uso objetivo,de la estructura portantela distribución interior,las condiciones de habitabilidad o seguridad de los elementos comunes del inmueble,el número de viviendas o locales que lo integran,su diseño exterior o sus características arquitectónicas.

Las obras menores se pueden tramitar como Comunicación Previa,Declaración Responsable o Licencia:

  • COMUNICACIÓN PREVIA / MODELO 430. (Si no se requiere EBSS ni Dirección Técnica; no utilizan andamios o vallas; No obras de mejora de accesibilidad / No aire acondicionado / No reparación de instalaciones comunes/...)
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE / MODELO 440. (obras de mejora de la accesibilidad,retejados,reparación o sustitución puntual de pluviales o vertidos,aire acondicionado,cerramientos de fincas y solares,obras con vallas y andamios,elementos auxiliares en vía pública,¿)
  • LICENCIA / MODELO 450. (Obras menores en exterior de edificios o conjuntos urbanos catalogados por el P.G.O.U.,edificios declarados Bien de Interés Cultural y sus entornos)

Licencia

En todo aquello que afecte al exterior de la escena urbana del Centro Histórico,elementos protegidos de inmuebles catalogados o los entornos de BIC y BCPCA,las obras menores descritas en los procedimientos de comunicación previa o declaración responsable no podrán tramitarse por dichos procedimientos,sino que requerirán de licencia en cuya tramitación se emitirá informe de patrimonio por la Unidad de Patrimonio Histórico Artístico del Servicio de Inspección.

Todas aquellas obras menores que se realicen en interiores,patios de manzanas o de luces,o zonas no visibles desde la vía pública,a excepción de las cubiertas,de los edificios situados en BIC,BCPCA,el Centro Histórico de Zaragoza o sus entornos protegidos,o en inmuebles que formen parte del Catálogo de Edificios y Conjuntos de Interés del Anexo VII del Plan general de Ordenación Urbana de Zaragoza pero que no afecten a elementos expresamente protegidos en las catalogaciones ni al exterior de los inmuebles se exceptúan de su remisión a informe de patrimonio histórico-artístico pudiendo ser tramitadas mediante declaración responsable o comunicaciones previas,según acuerdo de Comisión Municipal de Patrimonio de 14/05/2021.

Impresos relacionados

Normativas

Pago

  • Tasa según Ordenanza Fiscal 13,salvo sujetos obligados a relacionarse con la Administración de forma telemática.
  • Impuesto sobre Construcciones,Instalaciones y Obras (3,87 % del presupuesto presentado de la obra sin IVA) según Ordenanza Fiscal 10.

Plazo de Resolución

Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho,desde el día de su presentación,sin perjuicio de las facultades de comprobación,control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación; transcurrido este plazo se entienden caducadas,salvo que el interesado solicite prórroga o aplazamiento para la ejecución de las obras interrumpiendo el cómputo del plazo.

Este procedimiento concluirá con la resolución quedando enterado de la declaración,trasladando al interesado un documento descriptivo de las mismas.

Formas de tramitación

Por internet

  • Por Internet

  • Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

  • Documentación

  • Instancia-formulario normalizada (Modelo 450).

  • Fotocopia DNI / CIF y acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional. En caso de Comunidades de Propietarios,acta acreditativa del nombramiento del representante de la misma.

  • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e ICIO (Ordenanzas fiscales 10 y 13).

  • Memoria / descripción de la actuación a realizar.

  • Presupuesto detallado por partidas,incluyendo materiales y mano de obra y costes de referencia.

  • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En caso de ventanas fotografías interiores y exteriores,(con las persianas subidas) además,diseño/croquis de las ventanas nuevas especificando materiales y color.

  • Estudio Básico de Seguridad y Salud en aquellas obras con andamio o base de trabajo a más de 2 metros de altura,según R.D. 1627/1997

  • Proceso.

  • Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes pasos:

  1. Que documentación tiene que enviar:
  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.
  1. Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general,en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
  • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional,si la hubiera,y pulse la opción Enviar.

  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".

  • Procedimiento

  • Manual de Tramitación

Presencial

  • Presencial

  • Lugar de Presentación

  • Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Urbanismo)

  • Direccion:Vía Hispanidad,20 50071

  • informacionurbanismo@zaragoza.es

  • 976 721075

  • Horario

  • Presencial:8,30 a 13,30 h. (lunes a viernes)

  • Atención Técnica: con CITA PREVIA

  • Teléfonica:976 721075 (8,30 a 13,30). En verano (del 24 junio al 13 septiembre):8,30 a 11,30h.

  • informacionurbanismo@zaragoza.es

  • Documentación

  • Proceso sólo para las personas físicas.

  • Instancia-formulario normalizada (Modelo 450).

  • Fotocopia DNI / CIF y acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional. En caso de Comunidades de Propietarios,acta acreditativa del nombramiento del representante de la misma.

  • Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa e ICIO (Ordenanzas fiscales 10 y 13).

  • Memoria / descripción de la actuación a realizar.

  • Presupuesto detallado por partidas,incluyendo materiales y mano de obra y costes de referencia.

  • Fotografía en color de la zona de actuación (excepto en interior de viviendas). En caso de ventanas fotografías interiores y exteriores,(con las persianas subidas) además,diseño/croquis de las ventanas nuevas especificando materiales y color.

  • Estudio Básico de Seguridad y Salud en aquellas obras con andamio o base de trabajo a más de 2 metros de altura,según R.D. 1627/1997


Preguntas frecuentes


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