Licencia de actividades circunstanciales: castañas, churros, gorros, bandoleras, roscones, palmas, rosquillas y flores.
Información Rápida
Objetivo
Permite la ocupación del dominio público para ejercer actividades de venta ambulante de temporada o circunstanciales,como castañas,churros,gorros,roscones,palmas,rosquillas y flores.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas mayores de edad que cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Ser persona física y mayor de edad.
- No incurrir en causa de prohibición de contratar con las Administraciones Públicas.
- Estar al corriente de pago de los tributos municipales.
- Solvencia profesional (Registro de Empresarios de Comercio o cooperativa).
- Alta en el IAE.
Plazos
15 días hábiles a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Provincia (del 11 de julio a 31 de julio).
Duración del trámite
No especificado.
Descripción
Tradicionalmente ha venido desarrollándose en la ciudad de Zaragoza la ocupación del dominio público al objeto de ejercer diversas actividades de venta ambulante,que como actividades circunstanciales,puestos circunstanciales y puestos de temporada se caracterizan por la temporalidad inferior al año y desarrollarse en puestos o instalaciones desmontables y en lugares y fechas variables.
Por tanto tendrán la calificación de puestos de temporada aquellos que se autoricen para actividades o ventas de productos propios de determinadas épocas del año (castañas y churrerías portátiles),con duración superior a diez días y que no excederá de seis meses,entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo. Sin instalaciones permanentes.
Asimismo se consideran puestos circunstanciales,aquellas actividades desarrolladas en las inmediaciones de la Plaza de Toros y Campo de fútbol de la Romareda,se realicen los días de corrida o competición y consistan en la venta de chucherías,caramelos,cacahuetes,así como viseras y banderolas y demás elementos propios de tales espectáculos.
Finalmente se definen como actividades circunstanciales las que se autoricen para plazo no superior a diez días,sean fijas o sin puesto y sin posibilidad de prórroga.
Dichas actividades,puestos circunstanciales y de temporada,están sujetas,a la regulación contenida en la ley 4/2015,de 25 de marzo,de Comercio de Aragón y la Ordenanza Reguladora de Actividades Comerciales e industriales en Terrenos Públicos,aprobada por Ayuntamiento Pleno el 26 de marzo de 1981(BOP de 10 de junio de 1981),especialmente a lo referente al Capítulo IV del Título II.
Son objeto del presente Decreto las siguientes actividades:
A.- PUESTOS DE TEMPORADA:
- A.1. CASTAÑAS,del 1 de octubre de 2024 al 31 de marzo de 2025.
- A.2. CHURRERÍAS PORTÁTILES,del 1 de noviembre de 2024 al 31 de marzo de 2025.
B.- PUESTOS CIRCUNSTANCIALES de GORROS y BANDEROLAS,los días de corrida de toros o competición en la temporada 2024/25.
C.- ACTIVIDADES CIRCUNSTANCIALES
- C.1- Venta de roscones con motivo de las festividades de San Valero (27,28 y 29 de enero de 2025),San Blas (2,3 y 4 de febrero de 2025) y Santa Águeda (4 y 5 de febrero de 2025).
- C.2- Venta de palmas y adornos propios de la festividad del Domingo de Ramos,con motivo de ésta (del 7 al 13 de abril de 2025).
- C.3- Venta de rosquillas con ocasión de San Antonio (10,11,12 y 13 de junio de 2025) y San Nicolás (5,6,7 y 8 de diciembre de 2024).
- C.4- Venta de flores con motivo de Todos los Santos,del 27 de octubre al 1 de noviembre de 2024,ambos incluidos.
MÁS INFORMACIÓN
- En el Decreto ,en el apartado Normativas
Requisitos
Los requisitos y las condiciones necesarias para concurrir para la obtención de las licencias son las siguientes:
- a) Ser persona física y mayor de edad.
- b) No incurrir en causa de prohibición de contratar con las Administraciones Públicas.
- c) En el caso de extranjeros,estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo.
- d) Estar al corriente de pago de los tributos municipales exigidos para esa modalidad de venta.
- e) Solvencia profesional mediante la inscripción en el Registro General de Empresarios de Comercio y Establecimientos Mercantiles/ pertenencia a cooperativa de trabajo asociado.
- f) Alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas (IAE).
- g) Alta en la Seguridad Social y justificante de pago de las cotizaciones en el régimen especial de trabajadores autónomos o,en caso de pertenecer a una cooperativa,en el régimen general.
Impresos relacionados
- Actividades Circunstanciales en dominio público con puesto desmontable:Solicitud
- Actividades Circustanciales en dominio público con puesto desmontable:Declaración jurada.
- Comunicación Sanitaria de Establecimientos y/o Actividades No permanentes o Ambulantes de Alimentación o de Establecimientos de Temporada
Normativas
- Decreto de 10 de julio de 2024 sobre la Venta Ambulante,Actividades Circunstanciales,Puestos Circunstanciales y Puestos de Temporada. (Castañas,churros,gorros y banderolas,roscones,palmas,rosquillas y flores). (2024-2025)
- Ordenanza Reguladora de Actividades Comerciales e Industriales en Terrenos Públicos
Plazo de Presentación
El plazo de presentación será de 15 días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia
- Publicado en el BOPZ n.º 157 de 10 de julio de 2024
- Plazo de solicitudes:del 11 de julio a 31 de julio (ambos incluidos)
Silencio Administrativo
NEGATIVO
Formas de tramitación
Por internet
Por Internet
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Oficina de Registro Seminario
- Direccion: Vía Hispanidad,20 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
- Direccion: Pza. del Pilar,18 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos)
- Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.
Documentación
Consulte Proceso de Solicitud y Documentación necesaria,en el apartado Quinto del Decreto.
Proceso
Los interesados en obtener autorización para las actividades licitadas,definidas en el Acuerdo SEGUNDO del presente Decreto,deberán presentar la solicitud en el *Registro Genera*l de la Corporación o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,con la documentación que figura en el Anexo I.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.