Inspección Técnica de la Actividad (ITA)

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comprobar que las actividades se realizan según las condiciones autorizadas y su adecuación a la legalidad ambiental,así como la eficacia de las medidas de prevención y corrección.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de actividades sometidas a licencia o presentación de comunicación previa o declaración responsable.

Requisitos principales

  • Cumplir con la Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU).
  • Realizar la actividad según las condiciones autorizadas.
  • Mantener las medidas de seguridad,higiene y salubridad.
  • Mantener las instalaciones en perfecto estado.

Duración del trámite

No especificado.

Descripción

La ITA es una inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos las actividades,con el fin de comprobar que:

  • a) Las actividades se realicen según las condiciones en que se hubiere autorizado o aprobado,comunicado o declarado su realización,así como su adecuación a la legalidad ambiental y que se siguen adoptando las medidas de seguridad,higiene y salubridad dispuestas con carácter general o que se especifiquen en la licencia o autorización,comunicación o declaración,manteniendo en todo momento los establecimientos e instalaciones en perfecto estado de funcionamiento.
  • b) Determinar la eficacia de las medidas de prevención y corrección que se hayan fijado en los distintos actos de control e intervención administrativa previa.

La norma municipal que regula la ITA es la Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)

Todos los titulares de actividades sometidas a licencia o presentación de comunicación previa o declaración responsable tienen la obligación de cumplir la ITA.

Descripción del trámite

Desde el 1.02.2019 los SUJETOS OBLIGADOS A RELACIONARSE CON MEDIOS ELECTRÓNICOS CON LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS,conforme al art. 14 de la Ley 39/ 2015,que son:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria,para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso,dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Impresos relacionados

Normativas

Formas de tramitación

Por internet

Por Internet

Iniciar trámite con certificado o Cl@ve

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes pasos:

  1. Que documentación tiene que enviar:
  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.
  1. Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general,en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
  • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional,si la hubiera,y pulse la opción Enviar.
  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".

PROCEDIMIENTO


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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