Inicio de actividad (X547)

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Autorización para la puesta en funcionamiento de actividades clasificadas según el Reglamento de Actividades Molestas,Insalubres,Nocivas y Peligrosas (RAMINP).

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que deseen iniciar una actividad clasificada.

Requisitos principales

  • Licencia de Actividad y/o Instalación sujeta al RAMINP o Licencia Ambiental Clasificada.
  • Cumplir con las normativas aplicables.

Duración del trámite

Procedimiento simplificado:1 mes. Procedimiento abreviado:2 meses. Declaración responsable:efectos desde la presentación.

Inicio de actividad

Son las autorizaciones de puesta en funcionamiento para el ejercicio de actividades clasificadas por el Reglamento de Actividades Molestas,Insalubres,Nocivas y Peligrosas (R.A.M.I.N.P.).

Descripción del trámite

Actividades:son Instalaciones,establecimientos,actividades,industrias o almacenes públicos o privados. La licencia de puesta en funcionamiento consiste en la autorización municipal necesaria para los establecimientos en los que se ejerza una actividad,una vez realizadas las correspondientes instalaciones de acuerdo con la licencia de Actividad o Instalación concedida,cuando la misma se halla sujeta al Reglamento de Actividades Molestas,Insalubres,Nocivas y Peligrosas (RAMINP). A través de esta licencia el Ayuntamiento comprueba que las instalaciones y obras realizadas se ajustan al proyecto aprobado.

Requisitos

Para toda clase de actividades que,por sus características,son calificadas como Molestas,Insalubres,Nocivas y Peligrosas siendo requisito necesario y previo para obtener la licencia de inicio de actividad el tener concedida licencia de Actividad y/o Instalación sujeta al RAMINP o Licencia Ambiental Clasificada sujeta a la Ley 7/2006,de 22 de junio,de Protección Ambiental de Aragón.

Impresos relacionados

Normativas

Pago

Autoliquidación de la Tasa según al Ordenanza Fiscal nº 13,epígrafe B.8.B.3 ó B.8.C.9

Plazo de Resolución

Las solicitudes de Inicio de actividad con carácter previo al comienzo del ejercicio de las actividades sujetas a licencia ambiental de actividades clasificadas,se tramitarán de acuerdo a los procedimientos simplificado,abreviado y declaración responsable:

  • Procedimiento simplificado,plazo máximo 1 mes:Cuando precisen informe del Servicio Prevención de incendios,siempre que no estén sujetas a evaluación de impacto ambiental o autorización ambiental integrada.
  • Procedimiento abreviado,plazo máximo 2 meses:Siempre que estén sujetas a evaluación de impacto ambiental o autorización ambiental integrada.
  • Declaración responsable,producirán los efectos desde el día de su presentación:Cuando no precisen informe del Servicio Prevención de incendios

Formas de tramitación

Presencial en Información Municipal de Urbanismo,Vía Hispanidad,20 50071. Horario:8,30 a 13,30 h. (lunes a viernes). En verano (del 24 junio al 13 septiembre):8,30 a 11,30h. Atención Técnica:con CITA PREVIA. Teléfonica:976 721075 (8,30 a 13,30).

Documentación

  1. Instancia-formulario normalizada (Modelo 440 o 450).
  2. Fotocopia del NIF/DNI
  3. Copia del documento de ingreso de la autoliquidación de la Tasa por Apertura / Actividad de la Ordenanza Fiscal nº 13,epígrafe B.8.B.3 ó B.8.C.9
  4. Acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional.
  5. Declaración,(en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad,que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad,o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).

Proceso

  1. Cumplimentar la solicitud (modelo 440 ó 450)
  2. Entrega de la documentación.
  3. Se le comunica la resolución por correo al solicitante.

Preguntas Frecuentes


Preguntas frecuentes


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