IBI: División de recibo de IBI por cotitularidad

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los cotitulares de un inmueble dividir el recibo del IBI para recibir recibos individuales en el futuro.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquiera de los cotitulares de un inmueble.

Requisitos principales

  • Ser cotitular de un inmueble.
  • Que las cuotas resultantes sean superiores a 6€.
  • No estar en régimen de gananciales (si aplica).
  • Solicitar la división antes del inicio del periodo ejecutivo.

Duración del trámite

No especificado

Descripción

Procedimiento para la inscripción en el padrón de IBI de la división del recibo entre cotitulares de cara a la emisión de recibos individuales en futuros ejercicios.

Requisitos

  • Podrán solicitar la división del recibo del IBI cualquiera de las personas que figuren como cotitulares en un mismo inmueble,siempre y cuando las cuotas resultantes de todos los recibos divididos sean superiores a 6 €.
  • Cuando se trate de un bien inmueble en una unidad conyugal en régimen de ganancial,no se podrá realizar la división del recibo entre los cónyuges.
  • La división no se aplicará para ejercicios anteriores a aquel en que se realice la solicitud (es decir,con deudas en periodo ejecutivo).
  • Una vez concedida la división de recibos no será necesario renovar la solicitud para años posteriores,mientras no se modifiquen las condiciones de titularidad y los porcentajes catastrales.
  • Los recibos divididos no podrán ser objeto de domiciliación ni se podrán acoger al Sistema Especial de Pago (SEP).

Formas de tramitación

Por internet

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Preguntas frecuentes


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