Funcionamiento de establecimientos públicos (X548)
Información Rápida
Objetivo
Comprobar que la construcción o reforma y las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado. Contempla actividades sujetas a la Ley 11/2005 y el Catálogo de establecimientos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas.
Requisitos principales
- Cumplir con la normativa vigente.
- Presentar la documentación requerida.
- Abonar la tasa correspondiente.
Duración del trámite
El plazo máximo para la resolución del procedimiento simplificado es de 1 mes.
Descripción
La licencia de apertura tendrá por objeto comprobar que la construcción o la reforma y las instalaciones se ajustan íntegramente a las previsiones del Proyecto previamente aprobado por el Ayuntamiento.
Contempla las actividades y establecimientos sujetos a la Ley 11/2005 y Catálogo de establecimientos (Decreto200/2006,de 7 de noviembre)
Tipología:
- Actividades sujetas a la Ley 11/2005 y al Catálogo de establecimientos (Decreto 220/2006,de 7 de noviembre).
- Las actividades contempladas en el Anexo VII,art. d)1 de la Ley 7/2006 de Protección Ambiental,modificado por el Decreto 74/2011,de 22 de marzo,(actividades de hostelería,siempre que su potencia mecánica instalada no supere los 25 Kw,su superficie sea inferior a 250 m2 y sin equipo de de sonido)
Deberá tenerse en cuenta además la normativa sobre Distancias Mínimas y Zonas Saturadas en el termino municipal de Zaragoza.
Las obras e instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico aprobado y las condiciones señaladas en la licencia o autorización.
Cuando,se trate de introducir modificaciones sustanciales en el proyecto presentado,el interesado deberá solicitar nueva licencia,con arreglo a los mismos requisitos que para su otorgamiento (supuestos en el art. 150 del Reglamento de Bienes,Actividades,Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón (RBASO).
La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta,bajo su responsabilidad,que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio,que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable .
Están sujetas a declaración responsable la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos,actividades recreativas y establecimientos públicos,incluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.
Se tramitarán por el procedimiento simplificado la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos,actividades recreativas y establecimientos públicos,excluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.
Impresos relacionados
- Acreditación de representación
- Autoliquidación en línea:Tasa de Apertura y Actividad.
- Certificado de cumplimiento de la ordenanza de Ruidos y Vibraciones
- Certificado final de obra y de instalacion
- Certificado Instalación Eléctrica de Baja Tensión
Normativas
- Ordenanza Fiscal nº 13:Tasas por prestación de Servicios Urbanísticos
- Ordenanza Municipal de Distancias Minimas y Zonas Saturadas para Actividades Reguladas en la Ley 11/2005,de Espectaculos Públicos,Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ordenanza Municipal de Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)
- Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Zaragoza
- Ordenanza para la protección contra Ruidos y Vibraciones en el término municipal de Zaragoza
Pago
Tasa Urbanística de apertura y actividad. Ordenanza Fiscal nº 13.
Plazo de Resolución
El plazo máximo para la resolución del procedimiento simplificado es de 1 mes.
Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad,desde el día de su presentación,sin perjuicio de las facultades de comprobación,control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.
Silencio Administrativo
POSITIVO
Recursos que proceden
- Recurso de Reposición
- Recurso Contencioso-Administrativo
Formas de tramitación
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Urbanismo)
- Direccion:Vía Hispanidad,20 50071
- informacionurbanismo@zaragoza.es
- 976 721075
- Horario
- Presencial:8,30 a 13,30 h. (lunes a viernes)
- Atención Técnica: con CITA PREVIA
- Teléfonica:976 721075 (8,30 a 13,30). En verano (del 24 junio al 13 septiembre):8,30 a 11,30h.
- informacionurbanismo@zaragoza.es
Documentación
- Instancia-formulario normalizada (Modelo 440 ó 450).
- Fotocopia del NIF/DNI
- Acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional.
- Justificación de pago electrónico o copia de Documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa por Apertura y Actividad (Ordenanza Fiscal nº 13)
- Declaración,(en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad,que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad,o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
Proceso
- Presente la solicitud en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida.
- En el momento de la presentación de la solicitud,se verificará la documentación aportada,dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación,notificándose el resultado,con acuse de recibo,al solicitante. Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud,se requerirá al interesado para que,en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,con indicación de que,si así no lo hiciera,se tendrá por desistido de su petición,previa Resolución y Notificación.
- Remisión del expediente al Servicio de Disciplina Urbanística.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.