Excusas para el desempeño de cargos en las mesas electorales
Información Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos designados como Presidente o Vocal de una mesa electoral presentar excusas justificadas para no desempeñar dicho cargo.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos que han sido designados como Presidente o Vocal de una mesa electoral.
Requisitos principales
- Haber recibido el nombramiento acreditativo.
- Alegar una causa justificada según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Plazos
A partir del 4 de Mayo de lunes a viernes y en horario de 9 a 13,30 horas.
Duración del trámite
No especificado
Excusas para el desempeño de cargos en las mesas electorales
LOS CARGOS DE PRESIDENTE Y VOCAL DE LAS MESAS ELECTORALES SON OBLIGATORIOS. (Artículo 27 de la Ley orgánica del Régimen Electoral General) Quien ha recibido el nombramiento acreditativo para ejercer como Presidente o Vocal en las próximas Elecciones Locales y Autonómicas del día 28 de Mayo de 2023. Puede alegar excusas al desempeño de los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas electorales.
- Haber cumplido sesenta y cinco años.
- Encontrarse censado en otro municipio,
- Residir en el extranjero.
- Enfermedad.
- Ser militar o miembro de las Fuerzas de Seguridad y Policía en activo
- Causarse grave trastorno por razón de las cargas familiares
- Aquellas que la Junta Electoral Central ha considerado como tal en la interpretación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
La Junta,en todo caso,le devolverá contestación escrita; hasta el recibo de la misma seguirá vigente su nombramiento.
Impresos relacionados
Formas de tramitación
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
JUNTA ELECTORAL DE ZONA Av. José Atarés,89-97,Esc. B,Planta 0 Edificio Fueros de Aragón - Ciudad de la Justicia Tfno.:976 208 339 correo-e:alegaciones.jezz@justicia.aragon.es
Documentación
- Impreso de alegaciones
- Fotocopia del nombramiento de miembro de Mesa recibido
Se indica entre paréntesis la acreditación documental de la que deberá valerse.
- Haber cumplido sesenta y cinco años. (Fotocopia del D.N.l.)
- Encontrarse censado en otro municipio,(Certificación censal y de empadronamiento)
- Residir en el extranjero. (Contrato de trabajo,Certificado de Residencia Erasmus,etc.)
- Enfermedad. (Deberán aportar documentación médica suficientemente expresiva de la enfermedad que imposibilita la asistencia a la Mesa para,en su caso,poder ser constatada por facultativo designado por esta Junta Electoral.)
- Ser militar o miembro de las Fuerzas de Seguridad y Policía en activo (Fotocopia del carné profesional)
- Causarse grave trastorno por razón de las cargas familiares (Certificado de empadronamiento en el que conste toda la unidad familiar o Certificado de convivencia y Fotocopia del Libro de Familia; en caso de viajes,fotocopia del billete visible la fecha de su compra,etc.).
- Aquellas que la Junta Electoral Central ha considerado como tal en la interpretación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
Proceso
Las excusas deberán de presentarse a partir del día 4 de MAYO de lunes a viernes y en horario de 9 a 13,30 horas,acompañando a la instancia FOTOCOPIA del nombramiento de miembro de Mesa recibido.
Se podrá obtener este impreso además de desde este trámite en cualquier Junta de Distrito/Vecinal,en la Oficina de Relaciones con el Ciudadano (MOSTRADOR) sita en la Casa Consistorial en Plaza del Pilar o en la Junta Electoral de Zona
Preguntas frecuentes
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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