Declaración / Licencia Urbanística y de Apertura (T414 en formato digital ó X414 en formato papel)
Información Rápida
Objetivo
Permite realizar obras de acondicionamiento y apertura de locales,requiriendo una Declaración Responsable o Licencia Urbanística según el caso.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que deseen realizar obras de acondicionamiento y apertura de locales en Zaragoza.
Requisitos principales
- Cumplir con la normativa urbanística vigente.
- Presentar la documentación técnica requerida.
- Realizar el pago de las tasas correspondientes.
Duración del trámite
3 meses (en el caso de Licencia).
Declaración / Licencia Urbanística y de Apertura
Este procedimiento resulta aplicable a las obras de acondicionamiento previstas en el artículo 227.2.b del Texto refundido de la ley urbanística de Aragón (TRLUA),y cuya actividad no está sometida ni a la Ley de Prevención y Protección Ambiental de Aragón de 2014,ni a la Ley 11/2005.
También se incluye el acondicionamiento de locales sin uso.
Las obras objeto de este procedimiento son:
- Obras de ampliación,modificación,reforma,rehabilitación o demolición sobre los edificios existentes que no produzcan una variación esencial de la composición general exterior,la volumetría,la envolvente global o el conjunto del sistema estructural,ni tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
- Renovación de las instalaciones en la construcción
Las actividades sometidas a este procedimiento son:
- Las descritas en el Anexo V de la Ley Protección y Prevención Ambiental de Aragón de 2014.
- Las descritas en la Ley 12/2012,de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios.
Tanto la intervención urbanística como el uso (la apertura) será objeto de una única resolución con base al artículo 231 del TRLUA.
Los Títulos Habilitantes de Naturaleza Urbana (Declaración responsable o Licencia) de este procedimiento no precisan de licencia de control solicitada por el ciudadano.
Más información
SUPUESTOS
- Declaración Responsable Urbanística y apertura:
Este procedimiento resulta de aplicación a las obras de adecuación o reforma de locales o edificaciones existentes en las que se desarrollen actividades no sometidas a la Ley 11/2014 ni a la ley 11/2005,y cuyos edificios no estén en entorno BIC o catalogados.
- Licencia Urbanística y apertura:
Este procedimiento resulta de aplicación a las obras de adecuación o reforma de los locales o edificaciones existentes en los que se desarrollan actividades no sometidas a la Ley 11/2014 ni a la ley 11/2005,y cuyos edificios estén en BIC o que afecten a los elementos protegidos de los edificios catalogados.
DOCUMENTACIÓN
NOTAS
- Los proyectos de acondicionamiento o reforma no precisan el visado colegial con base al Real Decreto 1000/2010.
- Las legalizaciones se realizarán por el supuesto que proceda con base al apartado 2 (DR o licencia) y cuya documentación técnica será la mismo que la previsto en tales casos. En este caso se incluirá el certificado final de obra.
- La Instrucción 1/2022,que consta publicada en la página web,resulta de aplicación al supuesto 2.1,siendo necesario presentar el informe sustantivo de idoneidad.
Impresos relacionados
- Acreditación de representación
- Autoliquidación en línea:Tasa de Apertura y Actividad.
- Declaración de no estar dado de alta en el IAE
- Guía de Contenidos para Proyecto - Licencia Urbanística y de Apertura
- Hoja estadística de Edificacion y Vivienda
Normativas
- Código Técnico de la Edificación
- Decreto 131/2006
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2014
- LEY 11/2014
- Normas UNE de obligado cumplimiento incluidas en normativa técnica de seguridad industrial.
Pago
Tasa urbanística de apertura de actividad. Ordenanza Fiscal n.13.(Únicamente en el caso de cambio de titularidad)
Plazo de Resolución
En el caso del supuesto previsto en el apartado 2.2 (Licencia),el plazo de resolución será de 3 meses (art. 21.3 de la Ley 39/2015 y 238.3 del TRLUA)
Silencio Administrativo
POSITIVO
Recursos que proceden
- Recurso de Reposición
- Recurso extraordinario de Revisión
- Recurso Contencioso-Administrativo
Formas de tramitación
Por internet
Iniciar trámite con certificado o Cl@ve
Presencial
Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Urbanismo)
Preguntas Frecuentes
- ¿Puedo conocer las licencias de obra y derribo concedidas el año pasado en mi distrito?
- ¿Cuáles son los requisitos (persona física) para solicitar una licencia de apertura de un comercio minorista de menos de 2.500 m2?
- ¿Cuáles son los requisitos (persona física) para solicitar una licencia de apertura de un local de uso administrativo?
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.