Comunicación previa de Apertura (X546)

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite la apertura de actividades no clasificadas y cambios de titularidad,excluyendo actividades clasificadas y espectáculos públicos.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que deseen abrir una actividad no clasificada o realizar un cambio de titularidad.

Requisitos principales

  • Solicitud en modelo 430
  • NIF o DNI
  • Acreditación de representación (si aplica)
  • Declaración o copia del alta en el IAE
  • Copia de la autoliquidación de la Tasa de apertura

Duración del trámite

Plenos efectos desde la presentación completa de la documentación.

Información adicional

Las comunicaciones previas que se sometan a la instrucción 1/2022 deberán de ir acompañadas del informe sustantivo de idoneidad emitido por el Colegio correspondiente.

Comunicación previa de Apertura (X546)

Este procedimiento resulta aplicable a las actividades sometidas al anexo V de la Ley de Prevención y Protección ambiental de Aragón de 2014 y las descritas en la Ley 12/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios,quedando excluidas las actividades clasificadas,y las sujetas a la ley 11/2005 de 28 de diciembre,reguladora de los espectáculos públicos,actividades recreativas y establecimientos públicos de la comunidad autónoma de Aragón.

Se incluyen también en este procedimiento los cambios de titularidad de cualquier actividad.

Supuestos:

  • 2.1- Actividades sometidas a la aplicación del Código Técnico de la Edificación (Memoria A1). Esta Memoria se aplica a los usos comerciales,administrativos y de cualquier índole excluidos los establecimientos industriales.
  • 2.2-Actividades sometidas a la aplicación del Real decreto 2267/2004,de 3 de diciembre,por el que se aprueba el reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (Memoria A2).
  • 2.3- Esta memoria se aplica a las comunicaciones previas,que soliciten un domicilio social,con la limitación de 10 m² para el ejercicio de la actividad en la vivienda del titular (Memoria A3)
  • 2.4- Las solicitudes de cambio de titularidad (Memoria A4)

Documentación a presentar:

3.1. Documentación a presentar para los supuestos 2.1,2.2 y 2.3 del apartado anterior:

  • Solicitud en modelo 430 con los datos de identificación de la parte solicitante y dirección de notificación (Número,piso,letra,código postal,teléfono,fax,referencia catastral)
  • Etiqueta o en su defecto fotocopia del NIF o del DNI
  • Acreditación de representación tanto a título particular,profesional o legal (nombramiento de administrador o apoderado para las entidades con personalidad jurídica S.A.,S.L.) o documento de constitución de la sociedad civil o de la comunidad de bienes.
  • Declaración (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad,que recogerá el epígrafe (s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad,o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ¿ AEAT)
  • Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa de apertura de la Ordenanza Fiscal 13 ( epígrafe 8.C.2. ) y en el caso del supuesto 2.3 ( implantación de domicilio social ) se aplicará el epígrafe 8.C.4 .
  • Memoria técnica certificada A1,A2,A3 con la documentación requerida en cada una de ellas:planos,fotos,etc.
  • Ficha justificativa de la Ordenanza de ruidos y vibraciones de 2001

3.2. Documentación a presentar para el supuesto 2.4 del apartado anterior:

  • Solicitud en modelo 430 con los datos de identificación de la parte solicitante y dirección de notificación (Número,piso,letra,código postal,teléfono,fax,referencia catastral)
  • Etiqueta o en su defecto fotocopia del NIF o del DNI
  • Acreditación de representación tanto a título particular,profesional o legal (nombramiento de administrador o apoderado para las entidades con personalidad jurídica S.A.,S.L.) o documento de constitución de la sociedad civil o de la comunidad de bienes.
  • Declaración (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad,que recogerá el epígrafe (s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad,o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ¿ AEAT)
  • Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa de apertura de la Ordenanza Fiscal 13 ( epígrafe 8.C.3 ).
  • Escrito de cesión del título habilitante previo suscrito por el cedente y cesionario.

Notas:

Las comunicaciones previas de apertura y comunicaciones previas por cambio de titularidad que se sometan a la instrucción 1/2022 deberán de ir acompañadas del informe sustantivo de idoneidad emitido por el Colegio correspondiente que haya suscrito el convenio correspondiente con el Ayuntamiento de Zaragoza.

Clasificación de solicitantes del procedimiento:

Personas Físicas: art. 14.1 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:podrán elegir en todo momento si se comunican con la Administración a través de medios electrónicos o no,salvo que estén obligadas a ello. El medio elegido podrá ser modificado en cualquier momento.

Personas Jurídicas: art. 14.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:En todo caso,y al menos,están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídicas.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación. obligatoria,para los trámites que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional,En todo caso,se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes presenten a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los/as empleados/as de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público,en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Formas de presentación (art. 16.4 Ley 39/2015,de 1 de octubre,de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Presencial:en el* Servicio de Información y Atención al Ciudadano* (Vía Hispanidad,nº 20),exclusivamente para las personas físicas que soliciten comunicación previa.

Otras formas de presentación:

  • En el registro electrónico de la Administración y Organismo al que se dirijan,así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Se presentará en formato digital de forma preferente por las personas jurídicas,en el caso de la comunicación previa.
  • En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • En cualquier otro que establezcan olas disposiciones vigentes.

Desde el 1.02.2019 los SUJETOS OBLIGADOS A RELACIONARSE CON MEDIOS ELECTRÓNICOS CON LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS,conforme al art. 14 de la Ley 39/ 2015,que son:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria,para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso,dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Formas de tramitación

Por internet

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos,siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite,cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo lasInstrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela,preferiblemente en formato PDF,y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana",es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional,si la hubiera.
  • A continuación,se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud,se requerirá al interesado para que,en el plazo de** diez días** subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,con indicación de que,si así no lo hiciera,se tendrá por desistido de su petición.
Procedimiento

Presencial

Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Urbanismo)


Preguntas frecuentes


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