Compensaciones al Sector de la Hostelería de Zaragoza por las pérdidas sufridas en el ejercicio 2020

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Compensar a los sectores de la hostelería de Zaragoza por la disminución del volumen de operaciones sufridas en el año 2020 con respecto al año 2019 debido a la pandemia COVID-19.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas,jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividades económicas en el sector de la hostelería en Zaragoza.

Requisitos principales

  • Desarrollar actividades económicas.
  • Tener un establecimiento en Zaragoza con alta en el IAE antes del 15 de marzo de 2020.
  • Acreditar actividad en alguno de los CNAE09:5510,5520,5590,5610,5621,5629,5630 y 9329.
  • Haber reducido el volumen de operaciones anual en al menos un 20% en 2020 respecto a 2019.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Plazos

Plazo de presentación:del 29 de abril al 13 de mayo de 2022 (ambos inclusive). Plazo de subsanación:del 2 al 8 de junio de 2022.

Duración del trámite

No especificado.

Compensaciones al Sector de la Hostelería de Zaragoza por las pérdidas sufridas en el ejercicio 2020

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud,tramitación y concesión de las subvenciones a determinados sectores afectados por las consecuencias de la pandemia del COVID-19 en la ciudad de Zaragoza.

La finalidad de la misma es compensar a determinados sectores económicos especialmente afectados por las consecuencias de la pandemia COVID-19 en Zaragoza,por la disminución del volumen de operaciones sufridas en el año 2020 con respecto al año 2019. Particularmente se compensará a todos aquellos que acrediten su actividad en alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE09):5510,5520,5590,5610,5621,5629,5630 y 9329.

Podrán solicitar una única subvención las personas físicas,las personas jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividades económicas y cumplan los requisitos establecidos al respecto en estas bases reguladoras,con independencia del número de establecimientos que tengan radicados en la ciudad de Zaragoza.

MÁS INFORMACIÓN

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en estas bases quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sean personas físicas,personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica,que desarrollen actividades económicas.

b) Que tengan algún establecimiento o instalación en la ciudad de Zaragoza en situación de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE),con fecha anterior al día 15 de marzo de 2020,que acredite su actividad en alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE09):

  • 5510 Hoteles y alojamientos similares.
  • 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
  • 5590 Otros alojamientos. Únicamente hostales y pensiones.
  • 5610 Restaurantes y puestos de comida.
  • 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.

c) Que el volumen de operaciones anual,declarado,según el modelo 390 en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2020 se haya reducido al menos un 20% con respecto al del ejercicio 2019.

d) Que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración Municipal,Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,así como con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

Pago

El pago de la ayuda se realizará,una vez adoptada la resolución de concesión de la ayuda,por la Consejería de Economía,Innovación y Empleo,sin que sea necesaria ninguna justificación adicional.

Plazo de Presentación

Las solicitudes,junto con la documentación exigida para participar en el presente procedimiento habrán de presentarse a partir del día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza de las bases de la convocatoria de ayudas,y por un plazo de 15 días naturales.

  • Publicado en el BOPZ nº 94,de 28 de abril de 2022.
  • Plazo de presentación:del 29 de abril al 13 de mayo de 2022 (ambos inclusive)

Silencio Administrativo

NEGATIVO

Subsanaciones

Las subsanaciones de documentación se presentarán electrónicamente,a través de la Carpeta Ciudadana y en el expediente correspondiente al presente procedimiento,entre el 2 y el 8 de junio,ambos inclusive. Las presentadas DESPUÉS DEL DÍA 8 DE JUNIO SERÁN DESESTIMADAS.

Acceso a la información sobre subsanaciones


Preguntas frecuentes


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