Cambio de Titularidad de Licencias de Funcionamiento de actividades sujetas a la Ley 11/2005, Reguladora de los Espectáculos Públicos , Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en la Comuni

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar el cambio de titularidad de una Licencia de Funcionamiento para actividades sujetas a la Ley 11/2005,sin modificar la actividad existente. Este trámite requiere una comunicación previa a la administración.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que deseen cambiar la titularidad de una licencia de funcionamiento.

Requisitos principales

  • Que la actividad a desarrollar sea la misma.
  • Que no se realicen obras.
  • Que no se hayan modificado las condiciones de la licencia.
  • Que no se hayan modificado las instalaciones.

Duración del trámite

Desde el día de su presentación.

Descripción

Solicitud del cambio de titularidad de una Licencia de Funcionamiento exigida para el ejercicio de las actividades recogidas en la Ley Urbanística de Aragón y sujetas a la Ley 11/2005,Reguladora de los Espectáculos Públicos,Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón,sin modificación de la actividad.

Los cambios de titularidad de actividades con licencia,comunicación o declaración en vigor están sujetas a comunicación previa.

La comunicación previa es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad,de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992,de 23 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Impresos relacionados

Pago

Tasa según Ordenanza Fiscal nº 13.

Plazo de Resolución

Las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad,desde el día de su presentación,sin perjuicio de las facultades de comprobación,control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

Formas de tramitación

Presencial

Información Municipal de Urbanismo

  • Vía Hispanidad,20 50071
  • informacionurbanismo@zaragoza.es
  • Atención presencial
  • 976 721074
  • Horario
  • Presencial:8,30 a 13,30 h. (lunes a viernes). En verano (del 24 junio al 13 septiembre):8,30 a 11,30h.
  • Atención Técnica: con CITA PREVIA
  • Teléfonica:976 721075 (8,30 a 13,30).
  • Registro de Urbanismo:08:30 a 13:30 h. En verano (del 24 junio al 13 septiembre):8,30 a 13 h.
  • Ingresos urbanísticos (caja):de 8,30 a 13 h.
  • informacionurbanismo@zaragoza.es

Documentación

  1. Instancia-formulario normalizada.
  2. Fotocopia del NIF/DNI
  3. Acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional.
  4. Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa (Ordenanza Fiscal 13).
  5. Declaración,(en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad,que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará),incluyéndolo en el apartado correspondiente del impreso de solicitud (modelo 430) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad,o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
  6. Comunicación,por escrito,del titular de la licencia (o autorización de puesta en funcionamiento) y del nuevo solicitante de la transmisión de la misma e incluirá declaración en la que se manifieste no haber realizado cambios ni modificaciones respecto a la licencia concedida. Esta comunicación podrá realizarse:mediante comparecencia de ambos ante funcionario de esta Gerencia de Urbanismo,mediante documento notarial; mediante reconocimiento de firma en entidad bancaria o mediante cualquier otro medio admitido en Derecho. En caso de que no se comunique,ambos serán responsables solidarios de los daños que puedan derivarse de su actuación (art. 151 del R.B.A.S.O.)
  7. Certificado del seguro de responsabilidad civil emitido conforme al art. 4 del Anexo I del Decreto Autonómico 13/09 reglamento que regula los Seguros de Responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos.

Proceso

  1. Cumplimentar el impreso de Comunicación Previa (modelo 430)
  2. Autoliquidación de la Tasa
  3. Entrega de documentación en los Negociados de Información y Atención al Ciudadano
  4. Notificación de la resolución al solicitante.

Preguntas Frecuentes


Preguntas frecuentes


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