Bienes Funerarios: Renuncia (Cementerio Municipal de Torrero). Trámites y servicios. Ayuntamiento de Zaragoza
Información Rápida
Objetivo
Permite a los titulares de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Torrero renunciar a sus derechos sobre el mismo.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares del derecho de uso privativo de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Torrero.
Requisitos principales
- Ser titular del derecho de uso del bien funerario.
- Presentar la documentación requerida.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la correcta presentación de la documentación y la complejidad del caso.
Resumen
Este trámite permite a los titulares de un derecho de uso sobre un bien funerario en el Cementerio Municipal de Torrero renunciar a dicho derecho. La renuncia puede ser total o parcial. Si hay restos en la unidad de enterramiento, la renuncia implica su traslado a la fosa común, a menos que se indique lo contrario.
Lo que necesitas
- Documentación:
- Instancia normalizada con datos del titular (DNI/NIE o NIF) y la ubicación exacta del bien funerario (manzana-cuadro/fila-número).
- Si aplica, documento de representación (familiar, allegado o empresa funeraria).
- Declaración de renuncia firmada por todos los titulares (o parte, si es renuncia parcial).
- Autorización para la exhumación y traslado de restos a la fosa común, si aplica.
Cómo hacerlo
Por Internet:
- Prepara la documentación requerida en formato digital (PDF).
- Accede al trámite online a través de este enlace (requiere certificado digital o Cl@ve).
- Completa el formulario online con tus datos y adjunta la documentación.
- Firma la solicitud electrónicamente y guarda el justificante.
Presencialmente:
- Reúne la documentación requerida.
- Presenta la documentación en:
- Registro de Gerencia de Urbanismo (Vía Hispanidad, 20).
- Oficina de Registro Seminario (Vía Hispanidad, 20).
- Oficina de Registro Plaza del Pilar (Pza. del Pilar, 18).
- Registros de Juntas Municipales y Vecinales (Juntas Municipales y Juntas Vecinales).
Después de hacerlo
- Si la documentación está completa, se emitirá una resolución de admisión de la renuncia.
- Si la documentaci ón está incompleta, se te requerirá para que la completes.
- En caso de renuncia parcial, se dará audiencia al resto de los titulares durante 30 días.
Ayuda
- Preguntas Frecuentes: Consulta la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes.
Preguntas frecuentes
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