Bienes Funerarios: Renuncia (Cementerio Municipal de Casetas). Trámites y servicios. Ayuntamiento de Zaragoza

Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Casetas renunciar a su derecho de uso.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares del derecho de uso privativo de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Casetas.

Requisitos principales

  • Ser titular del derecho de uso del bien funerario.
  • Presentar la documentación requerida.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la complejidad del caso y la correcta presentación de la documentación.

Resumen

Este trámite permite a los titulares de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Casetas renunciar a su derecho de uso. La renuncia puede ser total o parcial. Si hay restos en la unidad de enterramiento, y no se indica lo contrario, la renuncia implica su exhumación y traslado a la fosa común.

Lo que necesitas

  • Documentación:
    • Instancia normalizada con identificación del titular (DNI/NIE/NIF), domicilio para notificaciones e identificación clara de la unidad funeraria (MANZANA-CUADRO/FILA-NUMERO) y nombres de las personas inhumadas.
    • Escrito de representación (si aplica).
    • Declaración de renuncia firmada por todos los titulares (o parte, en caso de renuncia parcial).
    • Autorización para exhumación y traslado de restos a la fosa común (si aplica).

Cómo hacerlo

  1. Presentación de la solicitud:
    • Online: A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, utilizando certificado digital o Cl@ve: Iniciar trámite con certificado o Cl@ve
    • Presencialmente: En las oficinas de registro:
      • Oficina de Registro Seminario (Vía Hispanidad, 20)
      • Junta Vecinal Casetas (Pza. del Castillo, 7)
      • Oficina de Registro Plaza del Pilar (Pza. del Pilar, 18)
      • Registro Gerencia de Urbanismo (Vía Hispanidad, 20)
  2. Revisión de la documentación: Si la documentación está incompleta, se requerirá su subsanación.
  3. Tramitación (en caso de renuncia parcial): Se dará audiencia al resto de titulares durante 30 días.
  4. Resolución: Si la documentación está completa, se emitirá un documento aprobatorio de renuncia.

Después de hacerlo

  • Una vez aprobada la renuncia, el Ayuntamiento gestionará la unidad funeraria según corresponda.
  • Si hay restos, se procederá a su exhumación y traslado a la fosa común, salvo que se indique otro destino.

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