Bienes Funerarios : Concesión (Cementerio Municipal de Torrero). Trámites y servicios. Ayuntamiento de Zaragoza
Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Objetivo
Obtener el derecho de uso exclusivo de un bien funerario en el Cementerio Municipal de Torrero por 49 años.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas.
Requisitos principales
- Ser mayor de edad o estar legalmente representado.
- Identificar claramente la unidad funeraria que se desea.
- Aportar la documentación requerida.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la correcta presentación de la documentación.
Resumen
Este trámite permite solicitar el derecho a usar de forma exclusiva un espacio en el Cementerio Municipal de Torrero (nichos, columbarios, etc.) por un período de 49 años.
Lo que necesitas
- Documentos requeridos:
- Instancia normalizada con datos del solicitante y la unidad funeraria.
- Copia del DNI/NIE/Pasaporte o CIF del solicitante.
- Si no es el titular anterior, autorización del mismo o justificante de haber transcurrido tres meses desde el vencimiento de la concesión anterior.
- Escrito de representación (si aplica).
- Justificante de pago de la tasa de concesión.
- Impreso de domiciliación bancaria de la tasa de mantenimiento (si se desea domiciliar).
- Costes: El importe de la concesión y la tasa de tramitación se establecen en la Ordenanza Fiscal nº 19.
Cómo hacerlo
- Por internet:
- Reúne la documentación necesaria en formato digital (PDF preferiblemente).
- Accede al trámite online a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza con certificado digital o Cl@ve: Iniciar trámite con certificado o Cl@ve
- Completa el formulario online y adjunta la documentación.
- Firma la solicitud electrónicamente y obtén el justificante.
- Presencialmente:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la documentación en el Registro de la Gerencia de Urbanismo (Vía Hispanidad, 20), en la Oficina de Registro Plaza del Pilar (Pza. del Pilar, 18), en la Oficina de Registro Seminario (Vía Hispanidad, 20) o en las Juntas Municipales y Juntas Vecinales.
Después de hacerlo
- Si la documentación está completa, se emitirá la resolución de la concesión.
- Si falta documentación, se requerirá al solicitante para que la complete en un plazo de 10 días. De no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.
Ayuda
Preguntas frecuentes
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