Alta de las Ayudas para Cargas Familiares
Información Rápida
Objetivo
Proporcionar atenciones y cuidados a personas o unidades de convivencia con niños menores de 12 años que no pueden cubrir sus necesidades debido a una urgencia o causa sobrevenida.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas o unidades de convivencia con niños menores de 12 años en situación de urgencia o causa sobrevenida que les impida cubrir sus necesidades de atención.
Requisitos principales
- Tener niños menores de 12 años a cargo.
- Encontrarse en una situación de urgencia o causa sobrevenida.
- No poder cubrir las necesidades de atención por medios propios.
Duración del trámite
Máximo 3 meses
Descripción
Consiste en la prestación temporal de una serie de atenciones y/o cuidados de carácter personal,psicosocial y excepcionalmente doméstico,a las personas y/o unidades de convivencia en su domicilio o fuera de él y se encuentren en una situación en la que no puedan cubrir por sus propios medios las necesidades de atención de alguno de los miembros de la unidad,con niños menores de 12 años y haya una urgencia o causa sobrevenida en la demanda del servicio.
Impresos relacionados
Normativas
Plazo de Resolución
Recibirá la contestación a su petición en el plazo máximo de 3 meses
Silencio Administrativo
NEGATIVO
Recursos que proceden
- Recurso de Reposición
- Recurso Contencioso-Administrativo
Formas de tramitación
Presencial
Lugar de Presentación
Centros Municipales de Servicios Sociales (vea listado)
Documentación
- Copia del DNI o NIE y original.
- Copia de la Tarjeta Sanitaria y original.
- Copia del Libro de Familia o documento similar,y original.
- Declaración jurada de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia; la cual se cotejará obligatoriamente con los informes obtenidos de la Agencia Tributaria.
- Copia del Certificado de Discapacidad,emitido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y original,soló para las personas que lo dispongan.
- Informe médico extendido por el sistema público de salud,para el Servicio de SAD,TELEASISTENCIA y CARGAS FAMILIARES de personas mayores,sea o no dependientes,al objeto de valorar la necesidad y prioridad del servicio,así como de cumplimentar lo establecido en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
Proceso
- Pedir Cita previa en el Centro Municipal de Servicios Sociales correspondiente.
- Completar la solicitud y entregarla en el centro correspondiente.
- Aportar la documentación requerida
- Firma de la solicitud del servicio y de la aceptación de las condiciones del mismo.
Preguntas Frecuentes
- No sé qué es mejor para mi situación,¿el servicio de Teleasistencia o el de Ayuda a Domicilio? Ambos servicios atienden situaciones de merma de autonomía,pero tienen algunas diferencias. En el Servicio de ayuda a domicilio,la persona solicitante recibe una ayuda presencial en casa para realizar determinadas tareas cotidianas. En el de Teleasistencia,se realiza un seguimiento telefónico de la situación de la persona solicitante y atiende,de manera urgente,situaciones de emergencia. Para poder optar a cualquiera de estos dos servicios,se necesita pedir cita en el Centro Municipal de Servicios Sociales donde valorarán la situación concreta del caso que se plantee.
Se puede consultar la red de Centros Municipales de Servicios Sociales
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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