Agua » Devolución

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Gestionar la devolución de la fianza o los derechos de conexión de acometida del servicio de agua en Zaragoza.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de pólizas de agua,sus representantes o herederos.

Requisitos principales

  • Haber dado de baja el servicio o realizado un cambio de titular.
  • No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento.
  • Cumplir con los requisitos específicos según el tipo de devolución (fianza o derechos de conexión).

Duración del trámite

Variable,dependiendo del tipo de procedimiento (rápido o normal).

Devolución de Derechos de Conexión de Acometida

Quiero solicitar la Devolución rápida de los Derechos de Conexión de Acometida,pero he extraviado el recibo original que sirve como justificante del pago.

Si se ha extraviado,consultar previamente la posibilidad de devolución rápida en el teléfono de la Oficina del Agua:976 293 840

Trámites relacionados

No sé si al solicitar el alta en el servicio deposité fianza o aboné derechos de conexión de acometida

NUESTRO CONSEJO

  • El interés de conocer si Ud. depositó fianza o abonó derechos de conexión de acometida se debe a que el procedimiento de "devolución de fianza" es distinto al de "devolución de derechos de conexión de acometida".
  • Para saber si Ud. depositó fianza o abonó derechos de conexión de acometida,deberá fijarse en la fecha de solicitud de su póliza.
  • Si la fecha de solicitud es anterior al 1 de marzo de 1.994,Ud. depositó fianza.
  • Si la fecha de solicitud es posterior al 1 de marzo de 1.994,Ud. abonó derechos de conexión de acometida.
  • Recuerde que si Ud. hizo una "subrogación" al solicitar el alta,la fecha de solicitud que debe tener en cuenta es la de la póliza anterior,en la que Ud. se subrogó,puesto que al subrogarse no tuvo que pagar ni fianza ni derechos de conexión de acometida en su póliza actual.
  • Si Ud. solicitó uno o varios "traslados de póliza",pueden darse dos situaciones:
  • Si el primer traslado lo hizo sobre una póliza cuya fecha de solicitud era anterior al 1 de enero de 1.994,Ud. tendrá vigentes fianza y derechos de conexión de acometida.
  • Si el primer traslado lo hizo sobre una póliza cuya fecha de solicitud era posterior al 1 de enero de 1.994,sólo tendrá vigentes los derechos de conexión de la primera póliza (póliza vinculante) y todos los traslados habrán estado exentos de derechos de conexión de acometida.
  • Si no encuentra su póliza de abastecimiento actual,o los antecedentes de subrogación o traslado de póliza,puede llamar al teléfono de información fiscal 976 723773,en horario de lunes a viernes,de 8,30 a 14 horas y le informarán de su situación.

LO QUE DICE LA NORMATIVA APLICABLE a) El alta en el servicio llevará consigo,con carácter general,la exigencia de los "derechos de conexión de acometida". Su importe viene regulado en la "Tarifa nº 1,General",incluida en el ANEXO 1 y podrán hacerse efectivos en el momento de formalizar la póliza de suministro o bien a través de un cargo en cuenta bancaria del titular mediante liquidación emitida en la primera facturación que se efectúe (artº 16.1,de la Ordenanza Fiscal nº 24.25). b) Si se acogió a la opción de "subrogación" al solicitar el alta en el servicio,Ud. no abonó fianza o derechos de conexión de acometida,al quedar subsistentes los de la póliza anterior (artº 11,de la Ordenanza Fiscal nº 24.25). c) No podrá solicitarse la "devolución de los derechos de conexión de acometida" (o fianza,en su caso) abonados por el titular de la póliza,en los siguientes casos (artº 16.6,de la Ordenanza Fiscal nº 24.25):

  • Póliza anterior,para los supuestos de subrogación contemplados en el artº 11.
  • Cuando el titular de la póliza se acoja a la fórmula de "traslado de póliza".

Trámites relacionados

Paso a formar parte de una Sociedad Civil o Mercantil y aporto un local o vivienda con póliza de abastecimiento a mi nombre.

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Quiero solicitar la Devolución de los Derechos de Conexión de Acometida que el Ayuntamiento me facturó al solicitar el Alta en el servicio

Puede solicitarla a través de los trámites relacionados debajo.

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Quiero solicitar la devolución de la fianza que deposité al solicitar el alta en el servicio

LO QUE DICE LA NORMATIVA APLICABLE Las personas que al contratar el servicio municipal de abastecimiento de agua hubieran depositado fianza o abonado derechos de conexión podrán solicitar su devolución,a partir de la fecha de solicitud de baja,si se cumplen los requisitos siguientes: a) Desmontaje o precinto del contador,si el caso así lo precisa. b) No tener deuda pendiente con este Ayuntamiento.

NUESTRO CONSEJO Asegúrese de realizar correctamente los trámites de la baja definitiva en el servicio o del cambio de titular. En caso contrario,además de no obtener la devolución solicitada,seguirán emitiéndose recibos a su nombre. Si Ud. tiene domiciliado el pago,recuerde que el último recibo se cargará en su cuenta bancaria tres meses después de la baja.

Puede consultar:Ordenanza Fiscal nº 24.25

Trámites relacionados

Mi empresa ha sido absorbida por otra.

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Mi empresa ha cambiado de denominación y de C.I.F.,aunque sigue desarrollando la misma actividad

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Preguntas frecuentes


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