Agua. Aplicación coeficiente 'K1' a empresas
Información Rápida
Objetivo
Aplicación de un coeficiente que modifica la tasa a pagar por el vertido de aguas residuales de empresas,en función de su potencial contaminante.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas con actividades comerciales e industriales dadas de alta en el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua.
Requisitos principales
- Estar dado de alta en el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua.
- Desarrollar una actividad comercial o industrial.
- En caso de solicitar modificación del coeficiente,aportar los análisis pertinentes.
Duración del trámite
Variable,depende de la realización de análisis y la tramitación interna.
Descripción
Coeficiente en función del potencial poder contaminante del vertido,que incrementa la tasa a pagar. Se aplica de oficio en función del tipo de actividad,y puede modificarse a la baja siguiendo el procedimiento indicado.
Aplicación de coeficiente multiplicador,cuyo valor está en función de la naturaleza del vertido industrial,estableciéndose a tal efecto tres grupos de actividad (A,B y C),relacionadas en el Anexo XVI:"Determinación de los factores K!,K" y F" de la Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad en la Gestión Integral del Agua (OMECGIA),en función del potencial poder contaminante de las distintas actividades económicas (tóxicos y grasas),clasificadas por su epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas.Se aplica sobre la cuota bruta a pagar,dando lugar a la "cuota corregida".Su valor es la unidad para las actividades encuadradas en el grupo "A"; 1,2 para las actividades encuadradas en el grupo "B"; y 1,3 para las actividades encuadradas en el grupo "C". Afecta exclusivamente a la tarifa de saneamiento de aguas residuales.
Condiciones de Aplicación:
- a) Su aplicación se produce de oficio a las actividades comerciales e industriales que se dan de alta en el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua.Si el abastecimiento se produce a través de contador totalizador,el valor del coeficiente "K1" aplicable será el que corresponda a la mayoría de las actividades abastecidas a través del totalizador.
- b) Una empresa encuadrada en un grupo determinado puede cambiar de grupo aportando los análisis pertinentes tal y como se indica en el procedimiento de modificación.
Normativas
- Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua
- Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua
- Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua
- Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza
- Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024
Formas de tramitación
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Oficina de Registro Seminario
- Direccion:Vía Hispanidad,20 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
- Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos)
- Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.
Proceso
1. Solicitud por escrito al Instituto Municipal de la salud Pública (IMSP),Cmno. Cogullada,s/n,tlfno. 976 726068,indicando:
- Nombre y apellidos o denominación social del solicitante.
- Dirección.
- Persona de contacto y teléfono.
- Fuentes de abastecimiento y/o saneamiento con indicación del nº de póliza (agua de red general,pozo,canal superficial,etc.).
- Cual es la actividad que desarrolla la empresa,con indicación del epígrafe o epígrafes de IAE que le correspondan.
- Qué coeficientes quieren modificarse ("K1","F",o ambos).
2. El IMSP informa sobre las determinaciones analíticas que deben efectuarse en función de los datos aportados por el solicitante.
3. Los análisis solicitados pueden realizarse de dos formas:
- a) Por el Ayuntamiento,aplicándose en este caso el Precio Público establecido en la Ordenanza Fiscal.
- b) A través de mediciones y/o análisis efectuados por profesionales responsables y contando para ello con las garantías suficientes,sin perjuicio de las comprobaciones que realicen los servicios municipales.Ese Análisis de parte,se entrega por Registro General.
4. Una vez comprobado por el IMSP el valor del coeficiente K1,se cita al solicitante para cumplimentar impreso por el que solicita que se aplique ese nuevo valor,dándose traslado de la solicitud al Servicio de Gestión Tributaria.
Por teléfono
Teléfono
976 726068
Proceso
Solicitud al Instituto Municipal de la Salud Pública (IMSP),Cno. Cogullada s/n,Tfn. 976 726068,indicando:
- Nombre y apellidos o denominación social del solicitante.
- Dirección.
- Persona de contacto y teléfono.
- Fuentes de abastecimiento y/o saneamiento con indicación del nº de póliza (agua de red general,pozo,canal superficial,etc.).
- Cual es la actividad que desarrolla la empresa,con indicación del epígrafe o epígrafes de IAE que le correspondan.
- Qué coeficientes quieren modificarse ("K1","F",o ambos). El resto de los pasos presencialmente
Preguntas frecuentes
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